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Procedure of the simulation study

3.5 Maximum likelihood methodology

3.5.5 Procedure of the simulation study

Toda la malla institucional relativa a la previsión en los regímenes ibéricos se organiza y actúa dentro de un encuadramiento teórico y legal que, en la España franquista, se define por el Fuero del Trabajo y por el

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En una nota más breve que la anterior, João Pinto da Costa Leite (1905-1975) se convierte en uno de los hombres de confianza de Salazar, lo que se comprueba por el hecho de haber sido el ministro que estuvo más tiempo en funciones de toda la dictadura. Habiendo sido breve su paso por el Subsecretariado, deja, con todo, su marca en la definición del corporativismo del Estado Novo, en la obra: LEITE, 1936.

412 La excepción fue la Corporación de los Lanificios, creada en 1939. En 1956 fueron instituidas seis, en

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Fuero de los Españoles, principalmente, y en el Portugal salazarista por la Constituição de 1933 y por el Estatuto do Trabalho Nacional.

El primer documento, como hemos estado señalando, representa la fundación principal de la ideología y programa social franquistas, concretamente en las áreas del trabajo y concepción societaria, sobre la cual el naciente régimen de Franco quiere edificar un Nuevo Estado413. Aún en plena Guerra Civil, Franco anuncia en la ciudad de Salamanca un instrumento de promoción e equidad de los españoles, como objetivo central de la acción del nuevo régimen en marcha:

«El estudio y preparación de una carta de trabajo, en que vean nuestras clases un ordenamiento jurídico que asegure la producción y garantice las condiciones de vida de las clases obreras, al par de la normalidad en el desenvolvimiento de establecimientos industriales»414

El Fuero de Trabajo, que llega incluso a ser llamado de «Constitución social»415 aunque no poseyendo valor legislativo efectivo por motivo de ser una carta de principios, debería ser concretizado en la ley, a través de documentos reglamentarios. Por la redacción del Fuero de Trabajo quiere Franco dar una señal e inscribir la tradición católica, el nacional- sindicalismo, pero sobretodo la noción de justicia social, su justicia social, o sea, una justicia nacional y orientada por el poder político, en la primera línea de su acción y, en realidad, como instrumento al servicio del poder. Así se pregona «la justicia social, que es la obra orgullo de nuestro

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Más de un cuarto de siglo vuelto sobre el arranque del régimen, Franco rememora, y revisa, el contexto político en el que se había promulgado el Fuero del Trabajo, en lo que consideramos ser una tentativa de justificar la naturaleza fascista del documento: «Eran los tiempos, que ya muchos no pueden recordar, en que España se jugaba el todo por el todo en una lucha en la cual el enemigo de enfrente no era verdaderamente los españoles que combatían, sino las ideas y los intereses de las Internacionales que los aprisionaban. Había que dejar perfectamente claro por lo que se luchaba, que nosotros no lo hacíamos por una clase determinada o por una visión anticuada de la vieja España.» FRANCO, 22.11.1966: 28.

414 FRANCO, 18.07.1937: 42. 415 FERNÁNDEZ, 1954: 37.

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Régimen»416. Por otro lado, este Fuero se presenta, claramente, como un instrumento explicativo y de atracción de los españoles, propagandístico, por lo tanto, para los ideales y líneas de rumbo presentadas por el régimen. Subyacente a toda la construcción de la política social franquista, además del concepto de justicia social, está la noción de trabajo. Este concepto conoce diferentes entendimientos conforme la tipología del régimen político que lo define (véase la definición presentada anteriormente por la Segunda República). Para el Franquismo, el trabajo es

«La participación del hombre en la producción mediante el ejercicio voluntariamente prestado de sus facultades intelectuales y manuales, según la personal vocación en orden al decoro y holgura de su vida y al mejor desarrollo de la Economía nacional»417.

El régimen define incluso el trabajo como un deber y derecho social, simultáneamente, pues de acuerdo con la ley fundamental, «el derecho de trabajar es consecuencia del deber impuesto al hombre por Dios para el cumplimiento de sus fines individuales y la prosperidad y grandeza de la Patria»418. Para que no quedaran dudas sobre cuál era el peso y control políticos que el régimen colocaría sobre el cumplimiento de la obligatoriedad del trabajo, Franco declarará que,

«El Fuero del Trabajo es el código que encierra toda nuestra doctrina, y yo os aseguro que se llevará a cabo y que el trabajo será, junto con un derecho, un deber.»419

A mediados del siglo, Franco define este documento de la siguiente forma:

416 FRANCO, 18.07.1946: 743. 417

Fuero del Trabajo, decreto de 9 de marzo de 1938, Declaración I, en Leyes Fundamentales del Estado

Español, 1964: 9.

418 IDEM, Ibídem, ítem 3: 10. 419 FRANCO, 02.06.1942: 187.

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«El Fuero de Trabajo, obreros que me escucháis (...) elevaba a Derecho constitucional español los derechos sociales de los trabajadores ante el Estado y las obligaciones y deberes de aquél frente a sus masas productoras.»420

Cinco años antes de que la España franquista promulgara su documento que entendemos hacer o lugar y la función de una carta social, el naciente régimen del Estado Novo portugués promulgaba dos documentos legales que se constituían como los pilares de la futura política social salazarista. Así, en ese año fundador de 1933 es promulgado el Estatuto do Trabalho Nacional (decreto-lei n.º 23.048, bien como la Constituição que más adelante se comenta) que, en cierta medida, completa, precisa e investiga421 el sentido social del articulado constitucional (el cual destacaremos posteriormente) en materia de trabajo, obligaciones y derechos de las partes intervinientes en el sistema: «Porque existe em sociedade, porque nasce e vive dentro de uma colectividade constituída, o homem está adstrito a deveres inflexíveis de solidariedade, a obrigações indeclináveis – que tem de respeitar»422, siendo que uno de los deberes y uno de los derechos que le asiste es precisamente el del trabajo. Este texto legal cimenta toda la concepción corporativa/económica y social/moral del régimen estructurado por Oliveira Salazar. De este modo, el trabajo pasa a normativo legal, pero más que eso, pasa a la premisa y condición moral del bien de la colectividad: «A Nação Portuguesa constitui uma unidade moral, política e económica, cujos fins e interesses dominam os indivíduos e grupos que a compõem», definiéndose que «O Estado tem o direito e a obrigação de coordenar, regular superiormente a vida económica e social, determinando-lhe os objectivos»423. El trabajo ocupa, así, un lugar cimero e el ideario social de ambos regímenes ibéricos. En el artículo 21.º, el

420

FRANCO, 19.06.1950: 4.

421

Cf. LUCENA, 1976: 180. Por la centralidad que el Estatuto do Trabalho Nacional ocupa en la estructuración del sector de la previsión social corporativa, este articulado legal es, generalmente, considerado como para-constitucional. Cf. LUCENA, 1999-2000: 154.

422 ABC do Seguro Social, 1949: 13.

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articulado afirma que «O trabalho, em qualquer das suas formas legítimas, é para todos os portugueses um dever de solidariedade social»424, lo que,

de alguna forma, deja trasparecer ya una preocupación notoria con la protección social, dentro del modelo que se está delineando, además de explicitar que el trabajo es, sobre todo, un deber y menos un derecho.

Igualmente, en Portugal, el trabajo, su concepto, recibe atención por parte del presidente del Conselho de Ministros:

«Damos a este termo [trabalho] um significado latíssimo e fazemos entrar nesta categoria económica todo o esfôrço de ordem intelectual ou física que tem intervenção e utilidade directa ou indirecta no processo de produção, desde o professor ao governante, desde o agente da ordem ao simples operário. (...) o trabalho é um dever social.»425

Y como remate de este punto hacemos notar las siguientes consideraciones de Salazar, en un estilo discursivo agresivo, propio del dictador portugués sobre todo durante los años de 1930:

«Não discutimos o trabalho nem como direito nem como obrigação. Não como direito, porque seria obrigar aqueles que não têm senão o seu braço a morrer de fome; não como obrigação, porque seria conceder aos ricos o direito de viver do trabalho dos pobres. Porque dele se alimenta a vida, provém a riqueza das nações e deriva a prosperidade dos povos, o trabalho é glória e é honra, com diferente utilidade, diverso valor económico, mas idêntica dignidade moral. (...) Sucede por vezes os homens não compreenderem a benéfica disciplina do trabalho, revoltarem-se contra ela e pretenderem viver das riquezas acumuladas consumindo como as abelhas os favos do seu mel. Loucamente a multidão proclamará o direito à

424 Decreto-ley nº 23.048, en Diário do Governo, nº 217, de 23.09.1933, art. 21º: 1656. La cursiva es

nuestra.

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preguiça: é o mesmo que sujeitar-se à escravidão da fome e da miséria. – Não discutimos o Trabalho.»426

Por estas palabras se revela la poca tolerancia para con los ociosos, similitud con el entendimiento franquista, pero por arriba del todo, la voluntad arraigada de llevar los individuos a trabajar en una lógica de previsión, esperando poco de una asistencia pública. Podemos afirmar que a ambos lados de la frontera, los regímenes dictatoriales presentan el trabajo sobretodo como un derecho que asiste al individuo, pero como se puede deducir de los extractos compilados de la legislación, el trabajo se nos figura como una obligación. Esta obligación permite no solo que los gobiernos centrales ejerzan un control sobre los trabajadores (aunque de forma indirecta, a través de los Sindicatos y de los Grémios), también permite asegurar una sustentación financiera para los nacientes sistemas de apoyo social, de naturaleza contributiva y redistributiva. En realidad, el trabajo seria un derecho, pero siempre condicionado al “deber” para con los dictadores. Ambos regímenes nunca reconocerán el trabajo como un derecho ante el cual el Estado se debería empeñar.

Regresando a España, caminando hacia el dominio de lo social y analizando el Fuero, en las primeras líneas de esta legislación, que constituyen su preámbulo – piedra de toque para todo el edificio social que se pretende levantar –, se declara que el Estado «acude al plano de lo social con la voluntad de poner la riqueza al servicio del pueblo español»427, por lo que se desprende que el régimen controlaría igualmente la economía, es decir, sujetaba la iniciativa privada a las directrices de la política económica gubernamental, con vista a potenciar el nivel de vida de la sociedad. Así, el Fuero de Trabajo, que conoce su promulgación el 09.03.1938428, define las

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SALAZAR, 26.05.1936: 134-135. Itálicos en el original.

427

Fuero del Trabajo, decreto de 9 de marzo de 1938, Exposición de Motivos, en «Leyes Fundamentales del Estado Español», 1964: 9.

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El Fuero del Trabajo se actualizará a nivel de la terminología y no tanto en el contenido, a través de la Ley Orgánica del Estado de 10 de enero de 1967: Leyes Fundamentales del Reino y Discurso de Franco

ante las Cortes Españolas, el 22 de noviembre de 1966, 3ª ed., 1973, Madrid: Ediciones del Movimiento.

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bases en que la previsión se tendrá que desenvolver y actuar: «La previsión proporcionará al trabajador la seguridad de su amparo en el infortunio»429.

Frente a esta declaración, importará definir nuestra hipótesis de trabajo, puesto que tenemos claro que el régimen no intentaba implementar una justicia social que se basase en la equidad y en la paridad social y laboral. La política social franquista presenta un propósito principal: el control de los trabajadores, o sea, de la mayoría de los españoles, por el patronato del Estado. Para este hecho se hace uso (y abuso) de una retórica populista430, tal como:

«hasta que logremos que todos los campesinos españoles, por pobres que sean, tengan tres camisas y tres mudas, se sienten a la mesa para comer y que llegue la educación y el bienestar al último de sus hijos, no habremos rematado nuestra obra.»431

Del lado portugués, la previsión está diretamente y por primera vez abordada en el artículo 34.º del Estatuto do Trabalho Nacional, donde se lee: «Os contratos colectivos conterão obrigatoriamente normas relativas [às] condições de suspensão de emprego, período de garantia deste no caso de doença (…) cotas de comparticipação das entidades patronais e dos empregados ou assalariados nas organizações sindicais de previdência»432. Por lo tanto, subvenciones en situaciones de desempleo, enfermedad y jubilación433 están previstas, por fuerza de ley, en los contratos de trabajo.

mantenga a estas alturas, y sobre el acelerado proceso de transformación social del siglo, la intacta vigencia de sus soluciones esenciales, es la mejor prueba de la solidez de los fundamentos de nuestra concepción doctrinal y de la riqueza de posibilidades de futuro que asiste a toda la doctrina del Movimiento.» FRANCO, 09.03.1963: 18.

429 Fuero del Trabajo, decreto de 9 de marzo de 1938, Declaración X, ítem 1, en «Leyes Fundamentales

del Estado Español», 1964: 14.

430

Véase: CENARRO, 1995.

431

FRANCO, 02.10.1946: 431.

432 Decreto-ley nº 23.048, en Diário do Governo, nº 217, de 23.09.1933, art. 34º: 1657.

433 «o que respeita ao campo de aplicação [do seguro-velhice], se bem que alguns regimes englobem

toda a população (Inglaterra, Suíça, Austrália, Canadá), a maioria abrange apenas certas categorias: em geral, trabalhadores por conta alheia na indústria, comércio e serviços; em certos casos, também trabalhadores por conta própria trabalhadores agrícolas etc. Em determinados países, o regime de

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Al estado salazarista, – como además su congénere franquista –, no le incumbe contribuir financieramente hacia la previsión. Esto quedaria a cargo de los interesados, algo que las dictaduras ibéricas claramente no son: el «Estatuto entregava aos organismos corporativos –, e fundamentalmente aos Grémios – como representantes e congregadores das entidades patronais com o propósito de defender os interesses profissionais da classe, bem como racionalizar e orientar a produção de acordo com os «superiores interesses» da economia nacional –, e aos Sindicatos Nacionais, como representantes dos trabalhadores –, a iniciativa da criação das instituições de previdência, que eram assim fruto da colaboração entre patrões e trabalhadores» 434.

Llegados al artículo 48.º del Estatuto de Trabajo Nacional, se consagra la implementación de la previsión pública, pero «em realização progressiva, como as circunstâncias o forem permitindo (…) para defender o trabalhador na doença, na invalidez e no desemprego involuntário, e também garantir-lhe pensões de reforma». Cabe destacar que la previsión debería existir dentro de la organización sindical, de los denominados sindicatos nacionales435, idea que vendría a ser consagrada legalmente en 1935436. Es de señalar aquí una diferencia para con el régimen franquista,

reforma é aplicável apenas a certas zonas geográficas. Noutros, são excluídos os trabalhadores cuja remunerações ou rendimentos ultrapassem (Espanha) ou não atinjam (Áustria) determinados montantes, ou cujos contratos de trabalho não ofereçam suficiente estabilidade»: REZENDE, 1963: 7. Este extracto evalúa, ya en la década de 1960, la preocupación que el régimen demuestra por conocer las realidades de las políticas sociales extranjeras, haciendo notar que el corporativismo portugués se inserta en una línea de cobertura parcelar de riesgos sociales, a semejanza de otros países.

434 LEAL, 1967: 114. Con el Decreto-ley nº 24.715, de 03.12.1934 (en Diário do Governo, nº 283: 2071-

2074), los privados pasarán a poder constituir gremios, sin depender de ahí en adelante de la exclusiva iniciativa gubernamental. Ello significó que, a partir de diciembre de 1934, existirán gremios obligatorios y de iniciativa no estatal.

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«Dentro das nossas características nacionais assegurámos o direito de associação profissional através de organismos que livremente desenvolvem o exercício dos seus poderes de representação e defesa dos interesses dos trabalhadores», afirma o Subsecretário de Estado de las Corporaciones y Previsión Social: FERNANDES, 15.11.1946, en Boletim do Instituto Nacional do Trabalho e Previdência, Año XIII, nº 21: 426. Para la formación de un sindicato son necesrios 100 trabajadores.

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Decreto-ley 23.048, art. 48º, en Diário do Governo nº 217, de 23.09.1933: 1658. En el apartado b, en el ítem segundo a este artículo se reafirma que, tanto las entidades patronales como trabajadores deben contribuir en la constitución de los organismos de previsión. Al Estado le cabría la supervisión.

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una vez que Girón de Velasco impide que la OSE asuma algunos de los seguros sociales, reservándose el Estado esa prerrogativa para si. Y aquí concluimos que el Estado Novo se aparta del Nuevo Estado en cuanto a la importancia que confiere a la política social y a su control. Nos parece verosímil la interpretación que el Franquismo se honra en el control amplio de la política social pues tal le permite un control social efectivo de las poblaciones, contrariamente a la postura de Salazar, que no encara este sector de la gobernación pública como central para su manutención en el poder, ni para el control social do país.

Una vez expuesto, el Estatuto del Trabajo Nacional reafirma y consolida una postura de 1913, al concretizar la responsabilidade patronal en accidentes de trabajo: «Estas [entidades patronais] não deixarão de contribuir monetàriamente para assegurar ao trabalhador ou ao respectivo sindicato os meios de o pôr a coberto do risco profissional, mesmo que se trate de serviços em que não seja legalmente atribuída aos patrões responsabilidade directa pelos desastres verificados»437. Por último, se

define la instancia judicial que queda con la responsabilidad de juzgar cuestiones relativas a la previsión, dotada de «magistrados especiais» para la función438. De este modo, en cuatro artículos, se definen las bases reguladoras del sistema previsional portugués. El Estatuto implementa así un régimen de previsión más flexible que el republicano (1919), previendo respuestas adaptables a cada caso, que se ajustan al grupo laboral y las condiciones económicas de cada individuo. Con todo, este esquema y la lógica de ordenación social corporativa estarían más direccionados para el público urbano y menos para los rurales. Además, este segmento poblacional apenas tendrá su integración en el sistema de previsión social, esto es, el derecho al abono de familia, y pensiones de jubilación e invalidez el 29.05.1969, mediante la Ley 2144. Podemos entender, en suma, la obligatoriedad del individuo de estar comprobadamente activo para poder disfrutar de los beneficios, así como el papel del Estado como elemento

437 IDEM, Ibídem: art. 49º. 438 IDEM, Ibídem: art. 50º.

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exterior y coordinador de la previsión. Así se estructura la organización de la previsión estatal corporativa en 1935, diseñada y liderada, en esta cronología, por el Subsecretario de Estado de las Corporaciones y Previsión Social, Pedro Teotónio Pereira, que había sido nombrado para el cargo en 1933, con apenas 31 años de edad. Teotónio Pereira será el más notorio de la cartera de previsión social, fue su primer responsable y ha desempeñado esta función en plena fase de construcción e implantación del ideario salazarista, habiendo sido, además, de los primeros políticos portugueses a contactar presencialmente con el gobierno de Franco, todavía en 1937439.

2.4.2. La Constitución de 1933 / El Fuero de los

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