• No results found

On the Search of Adjustment Sets

Chapter 6: I-Score Representation Learning in Causal Inference

6.5 Causal Inference

6.5.1 On the Search of Adjustment Sets

ARTÍCULO ACTUAL

Artículo 46.- Dedicación y Diligencia.- Las y los servidores públicos y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado deberán dedicarse en forma exclusiva y a tiempo completo a las labores inherentes a su función, salvo los casos de docencia en entidades de educación superior. Ejercerán sus funciones con diligencia y estarán sujetos a responsabilidad profesional. El referido personal está prohibido de ejercer libremente su profesión o especialidad técnica u otra actividad, con o sin relación de dependencia, así

72

como ocupar cargos directivos, ejecutivos o administrativos en entidades u organizaciones con o sin fines de lucro.

No podrán ser nombrados servidores o funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado quienes no cumplieren con los requisitos establecidos para el respectivo cargo, de conformidad con la ley que regule el servicio público, o quienes tengan intereses en las áreas que vayan a ser controladas.

Los servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado estarán sujetos a evaluaciones periódicas y serán calificados permanentemente.

Quienes hayan sido servidores o funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado no podrán ejercer actividades profesionales en áreas afines a la materia regulada bajo esta ley durante el lapso de un año contado a partir de la fecha en que dichos servidores o funcionarios hubieren cesado en funciones; se exceptúa de esta disposición al personal administrativo que por la naturaleza de sus funciones no hubiere tenido acceso a la información ni a los expedientes correspondientes a los procesos administrativos sometidos a conocimiento de la Superintendencia.

REFORMESE POR EL SIGUIENTE TEXTO:

DEROGUESE el inciso 4 del Artículo 46 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado vigente desde de 13 de octubre de 2011 publicada en Registro Oficial Suplemento 555 del 13 de octubre del 2011

73

CONCLUSIONES

 En el Ecuador existe libertad de empresa la cual permite desarrollar una competencia basada en la libertad de las decisiones de todos los intervinientes en el mercado, permitiendo por un lado a los productores o comercializadores de bienes y servicios ofertarlos y por otro lado a los consumidores y usuarios les otorga la libertad de elegirlos; la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado se creó básicamente con la finalidad de evitar, prevenir, corregir, eliminar y sancionar todas aquellas prácticas que por cualquier medio impidan, restrinjan, falseen o distorsionen la competencia o afecten negativamente la eficiencia económica o al bienestar general por parte de los operadores económicos.

 Los servidores públicos que laboran en la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, institución creada mediante Ley Orgánica de Control y Poder de Mercado que se encuentran dentro del proceso Agregador de Valor manejan al respecto en la investigación y sustanciación de procedimientos administrativos información calificada como confidencial, reservada y secreta según sea el caso; la misma que es proporcionada por parte de los Operadores Económicos, al respecto al inicio de cada procedimiento legalizan su respectiva acta de confidencialidad de manera previa como medida de seguridad y prevención por la información de carácter sensible.

 Existe prohibición expresa para ejercer actividades profesionales en áreas afines a la materia regulada por la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado durante el lapso de 1 año a partir de la fecha de cesación de funciones para los servidores y funcionarios que hayan tenido acceso a la información y expedientes correspondientes a los procedimientos administrativos que hayan sido sometidos a conocimiento de la Superintendencia sea de Oficio, por denuncia o por derivación de otro Órgano de la Administración Pública.

74

RECOMENDACIONES

 A los Operadores Económicos en general; Con la incorporación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado al ordenamiento jurídico ecuatoriano la autoridad administrativa determina la naturaleza de la conducta a investigar en atención a su realidad y efecto económico, determinando para cada caso el mercado relevante, mercado geográfico y el volumen de negocios ocasionando un impacto en los operadores económicos al cumplimiento de la normativa en fomento al derecho de competencia que garantice bienestar a los usuarios y consumidores.

 A la Superintendencia de Control del Poder de Mercado; ejecutar una revisión, actualización y mejoramiento continuo del manejo de los expedientes administrativos que contienen información sensible, proporcionar cursos de capacitación y aprobación al personal sobre el Código de Ética que mantiene vigente, así como crear una base de datos de los ex servidores y funcionarios públicos que hayan hecho mal uso de la información manejada en funciones y que haya sido puesto en conocimiento de este ente público.

 A la Asamblea Nacional; considerar el presente proyecto de Reforma propuesto con el objetivo de evitar la vulneración del Derecho al Trabajo para aquellas personas que laboraron en la Superintendencia de Control del Poder de Mercado en las Intendencias Nacionales de Investigación y Control preventoras y sancionadoras de las conductas tipificadas en la Ley Orgánica de regulación y Control del Poder de Mercado que se encuentran dentro proceso Agregador de Valor ya que hay que considerar el desarrollo técnico y profesional adquirido como profesionales de carrera evitando así una doble vulnerabilidad de derechos colaterales a los del Trabajo.

1

BIBLIOGRAFÍA

ALTAMIRANO, David 1997.

ASAMBLEA CONSTITUYENTE, Constitución del Ecuador, 2008 . BAKER, Jonathan, A Preface to Post Chicago Antitrust .

BRAVO, Rubén 2009.

BUSTAMANTE, Colón, Manual de Derecho Laboral, 2012 . CABANELLAS, Guillermo 2015.

CABANELLAS, GUILLERMO, Derecho Antimonopólico y de Defensa de la Competencia, 2005 .

CEVALLOS, Víctor, Libre Competencia Derecho de consumo y Contratos, 2012. CÓDIGO DE TRABAJO, Registro Oficial Suplemento 167 del 16 de diciembre del 2005.

CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL COMERCIO Y EL DESARROLLO, 2004 .

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Registro Oficial 449 del 20 de octubre de 2008 .

COURTIS, Christian, 2008.

DROMI, Roberto, Derecho Administrativo, 1996. DURAN, Julio, Régimen de Competencia, 2003.

FERNANDEZ, Carlos, Subjetivización de empresas, 1988. FERNÁNDEZ, José 2009.

GALÁN, Eduardo, La Aplicación del derecho de competencia en la Comunidad Europea, 2003.

GRANJA, Nicolás, Fundamentos de Derecho Administrativo, 2006. HUMERES Héctor y MOGUER Humeres, 1994.

IBARRA, GABRIEL, Regímenes de competencia y políticas de Competencia en América Latina,1997.

JARA, María, Fundamentos constitucionales de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, 2011.

KOVACIC, Wiliam & SHAPIRO Carl, 2000.

KRAKOWSKI, Michael, Revista Boliviana de derecho, 2007.

LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL PODER DE MERCADO, Registro Oficial Suplemento 555 del 13 de octubre del 2011.

2

LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO, Registro Oficial Suplemento 294 del 06 de octubre de 2010.

MANRIQUE, Alonso 2008.

MARIN, Marcelo, Régimen de la Competencia, 2014. Marvin Harris, 2007.

MIRANDA, Alfonso, Centro de estudios de derecho de la Competencia, revista Boliviana de Derecho, 2007.

MIRANDA, Alfonso, GUTIERREZ, Juan, Historia del derecho de competencia, revista Boliviana de Derecho, 2007.

MOLINER, María, Etimologías esenciales de la lengua Española, 2013. MONTALVO, Alberto 2012.

PÁEZ, Pedro, Superintendente de Control del Poder de Mercado, Pressenza Internacional Press Agency, entrevista, 2015.

PALOMEQUE, Manuel, Las reformas laborales en el Ecuador, 2015. PÉREZ, Efraín, Derecho Administrativo Tomo III, 2009 .

PEREZ, Tatiana, El principio de la libertad de comercio y empresa en las sentencias del tribunal de Justicia de la Comunidad Andina y el Tribunal de justicia de la Comunidad Europea.

PINKAS, Flint, Tratado de defensa de Libre competencia, 2002. Regulación 1/2003 del Consejo Europeo.

THORELLI, Hans 1995.

TORRES, Jorge, Historia del trabajo social, 2006.

VÁQUEZ, María, Constitución económica ecuatoriana y desarrollo, 2009. ZULLITA, Gadulfo, PÉREZ, Rafael, El derecho frente a los Monopolios, 1983.

3

ANEXOS

ANEXO 1: FORMATO DE ENCUESTA

Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”

Facultad de Jurisprudencia - Carrera de Derecho ENCUESTA

Objetivo: Analizar la vulneración del derecho al trabajo constante en la prohibición de ejercer actividades profesionales en áreas afines a la materia regulada por la Ley Orgánica de regulación y Control del Poder de Mercado durante el lapso de 1 año contados a partir de la fecha de la cesación de funciones de los ex servidores o funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder Mercado.

Dirigido a: Funcionarios o servidores de los procesos: Gobernantes, Agregadores de valor, Desconcentrados y Adjetivos de Asesoría de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.

1.- ¿Está de acuerdo usted con la prohibición existente para los ex servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado constante en el inciso 4 del artículo 46 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado?.

SI……….. NO……..

2.- ¿Considera que la prohibición existente para los ex servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado constante en el inciso 4 del artículo 46 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado vulneran el Derecho al Trabajo? SI……….. NO……..

3.- ¿Considera usted que con la reforma al Art. 46 Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (eliminación del 4 inciso) se garantiza el derecho al trabajo?

SI……….. NO……..

4.- ¿Cree usted que prohibición existente para los ex servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado constante en el inciso 4 del artículo 46 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado es inconstitucional?

SI……….. NO……..

5.- ¿Cree usted que la Superintendencia de Control del Poder de Mercado posee procedimientos y sistemas idóneos para salvaguardar información restringida, confidencial y secreta proporcionada por los Operadores Económicos manejada por los servidores públicos en el desempeño de sus funciones?

SI……….. NO……..

6.- ¿Ha llegado a su conocimiento denuncias de Operadores Económicos sobre la mala utilización de la información que al respecto se ha proporcionado a la Superintendencia de Control del Poder de Mercado en la sustanciación de los procedimientos administrativos?

SI……….. NO……..

7.- ¿Cree usted que los secretos empresariales así como las características básicas del derecho de la Competencia se desvanecen en el lapso de un año?

SI……….. NO……..

4

ANEXO 2: BANCO DE PREGUNTAS PARA ENTREVISTA

Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”

Facultad de Jurisprudencia Carrera de Derecho

ENTREVISTA

Objetivo: Analizar la vulneración del derecho al trabajo constante en la prohibición de ejercer actividades profesionales en áreas afines a la materia regulada por la Ley Orgánica de regulación y Control del Poder de Mercado durante el lapso de 1 año contados a partir de la fecha de la cesación de funciones para los ex servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder Mercado.

Dirigido a: Intendente Nacional de Investigación y Control de Prácticas Desleales de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.

1.- ¿Desde su punto de vista que avances ha tenido la aplicación de la Ley orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado en el estado ecuatoriano?

2.- ¿Cuenta la Superintendencia de Control del Poder de Mercado con normativa interna adecuada y garantista del secreto de información que al respecto manejan para la sustanciación de sus procedimientos administrativos?

3.- ¿Los sistemas informáticos que al respecto se utilizan en la Superintendencia de Control del Poder de Mercado desde su punto de vista son vulnerables?

4.- ¿Las Actas de confidencialidad que al respecto legalizan los servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado es suficiente para garantizar el manejo de la información que al respecto reciben por parte de los operadores económicos?

5.- ¿A tenido conocimiento de alguna eventualidad suscitada con algún ex servidor o funcionario de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado referente al mal uso de la información que al respecto recibió en el desempeño de sus funciones por parte de los operadores económicos?

6.- ¿Está de acuerdo usted con la prohibición existente para los ex servidores y funcionarios de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado constante en el inciso 4 del artículo 46 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado?.

5

ANEXO 3: Distribución del Personal por procesos de la SCPM

Related documents