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En lo que a este tema respecta vale la pena iniciar su estudio escudriñando una definición clara de lo que es una Cartera Colectiva, por Cartera Colectiva se entiende todo mecanismo o vehículo de captación o administración de sumas de dinero u otros activos, integrados así con el aporte hecho por un número plural de personas determinables una vez entre en

      

111 RINCÓN HERRERA. Op. Cit., p. 52. 

operación, estos recursos serán administrados colectivamente para obtener resultados económicos categorizados como colectivos.

Las Carteras Colectivas fueron reguladas por el Decreto 2175 de 2007, el cual autoriza stricto sensu, a ejecutar este tipo de actividades a las sociedades comisionistas de bolsa de valores, sociedades fiduciarias y sociedades administradoras de inversión, posteriormente dicho decreto fue derogado y su contenido incorporado a la Parte 3 del Decreto 2555 de 2010, por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

El Decreto 2175 de 2007, incorporado a su vez en la Parte 3 del Decreto 2155 de 2010 y este modificado por el Decreto 1242 de 2013 recogen la normatividad que regula a las Carteras Colectivas, permitiéndoseles constituir diferentes tipos de carteras tales como:

1. Abierta: Su característica principal es que la redención de los participantes se podrá realizar en cualquier momento, sin perjuicio que en el reglamento del fondo se establezca un tiempo mínimo de permanencia para llevar a cabo la redención de un inversionista, así también podrán las Carteras Colectivas establecer cobros por redenciones anticipadas.

2. Cartera Colectiva Escalonada: Se trata de aquellas Carteras Colectivas en las que la redención de los participantes solo se puede realizar cuando transcurran los plazos que para dicho efecto se hayan estipulado en el reglamento, estableciendo la ley en todo caso un término de treinta (30) días mínimo para hacer la redención.

participaciones solo se pueden realizar al final del plazo previsto para la Cartera Colectiva, sin perjuicio de que se pueda llevar a cabo una redención parcial por parte del inversionista.

I. Cartera Colectiva Escalonada Invertir en Factoring con Asesores, de la Comisionista de Bolsa Asesores en Valores S.A.

Entonces así como bien se ha mencionado al Factor Group y Factoring Bancolombia a modo de ejemplo, también vale la pena mencionar algunos ejemplos de carteras colectivas tales como la Cartera Colectiva Escalonada Invertir en Factoring con Asesores, la cual ofrece al público que desea invertir una alternativa de inversión de corto y mediano plazo, destinado a inversionistas que desean obtener una alta rentabilidad en concordancia claro está con un nivel de riesgo alto, así como también una alta concentración de facturas y pagarés teniendo una duración por reglamento hasta diciembre de 2025, término prorrogable.

La Cartera Colectiva Escalonada Invertir en Factoring con Asesores, por tratarse de una Cartera Colectiva permite que los inversionistas entreguen recursos en cualquier momento. Sin suceder lo mismo con la redención de derechos, la cual solo podrá efectuarse al vencimiento del término señalado para la vigencia del escalón, esto en concordancia con las clausulas establecidas para dicho efecto en el reglamento de la Cartera Colectiva en mención, como también lo son las establecidas para el tema de facturas, señalandose los siguientes requisitos para poder negociar con ellas como son:

1. Que la factura objeto del negocio cumpla con todos los requisitos establecidos por la legislación mercantil y tributaria; es decir los requisitos contemplados en la 1231 de 2008.

2. Se excluyen facturas con un término superior a tres años, ya que se considera un riesgo innecesario este tipo de facturas, en la medida que su cobro es cada vez más difícil (Facturas de Difícil Cobro).

3. Se recibirán facturas que sean originadas en empresas y personas jurídicas (Personas Naturales Con Establecimiento de Comercio) legalmente constituidas, con actividades industriales o comerciales.

4. Que las facturas sean aceptadas por el pagador.

5. Que las facturas sean endosadas y/o cedidas a la cartera colectiva en propiedad. En el endoso se debe acreditar la fecha y adquisición por parte de la Cartera Colectiva.

II. Cartera Colectiva Afin Factoring.

Esta Cartera Colectiva en su reglamento se denomina Cartera Colectiva Escalonada: “AFIN FACTORING”, para la cual se establece una permanencia de ciento ochenta (180) días como mínimo, sometiéndose al régimen propio de las Carteras Colectivas Escalonadas que bien antes se ha mencionado.

Esta Cartera Colectiva en su reglamento dispone los siguientes aspectos:

1. Cuando los títulos y/o valores se encuentren avalados y/o garantizados por alguna firma, o entidad especializada, sociedad y/o agremiación cuyo objeto principal sea el de avalar y

garantizar este tipo de instrumentos, se efectuará la correspondiente revisión del contrato suscrito con la entidad avalada, seguido así de un estudio de la situación financiera.

2. Se establece también en su reglamento, que cuando los activos aceptables para la inversión se refiera a facturas de venta y/o cambiarias de compraventa, estas últimas deberán atender los requisitos previstos en el artículo 774 del Código de Comercio y la Ley 1231 de 2008, según sea el caso.

3. Los títulos valores en que la Cartera Colectiva invierta deberán ser endosados o cedidos a la cartera en propiedad y con responsabilidad por parte del tenedor, los cuales además y por ministerio de la ley deberán ser notificados al pagador.

4. Como se trata de facturas de venta es necesario emitir un pagaré en blanco, con su respectiva carta de instrucciones suscrita por cada emisor.

5. Cuando se trate de títulos no inscritos en el registro nacional de valores, serán entregados en custodia en el momento de materializar la negociación a una empresa legalmente constituida para tal fin.

6. Límites a la inversión. AFIN FACTORING establece en su reglamento, los límites de inversión, diferenciando las inversiones que se encuentran en pesos Colombianos (COP) y las que se encuentran en dólares (USD).

III. Cartera Colectiva Bolsa y Renta.

escalonado, formado por diferentes tipos de derechos representativos de cartera y obligaciones dinerarias. Cada clase tendrá un periodo de redención definido, el cual será elegido por el inversionista al momento de realizar la vinculación entre los plazos disponibles los cuales serán de: tres, seis, doce, veinticuatro y sesenta meses. Estos recursos que son aportados por los inversionistas serán invertidos principalmente en facturas. En su reglamento se establecen los siguientes aspectos en relación al tema de facturas.

1. El aporte mínimo para ingresar a la Cartera Colectiva así como para su permanencia es establecido en un millón de pesos, aunque la sociedad administradora podrá modificar dicho criterio en el momento que lo considere pertinente siendo esto obligatorio únicamente para los nuevos aportes.

2. En su reglamento se establece que la Cartera Colectiva Bolsa y Renta tendrá un período de redención específico para con los inversionistas, teniendo ellos la oportunidad de elegir el periodo de redención a su ingreso, es decir se trata de una Cartera Colectiva Escalonada.

3. En lo relativo al riesgo de inversión Bolsa y Renta está dirigido a inversionistas con un perfil de riesgo moderado, a diferencia de otras comisionistas que ofrecen mayor riesgo con la probabilidad de mayores ganancias.