SECTION 4: EXECUTION TOOLS FOR MANAGING COMPLEX PROJECTS
4.4 Tool 3: Perform Comprehensive Risk Analysis
2.2.1 El Código Penal
El Código Penal del año 1960 (nº16) incluyó una serie de penales para los crimines políticos que pudieran haber complicado cualquier activismo político de las partidistas o activistas políticas. Por ejemplo, Art.136 del Código estipula que cualquiera quien intenta a cambiar la Constitución en una manera ilegal será condenado a muerte. Quien hace una actividad que intenta crear una insurrección armada contra las autoridades será condenado a perpetua cadena y sí la insurrección se ocurre, los orquestadores serán condenados a muerte (Art.137). Cualquier ataque que intenta obstruir la ejecución de las autoridades de sus funciones será penalizado con una pena de muerte (Art.138) y la conspiración para cometer cualquiera de estos crímenes implica la aplicación de la pena de cada crimen (Art.139). Se castigó con una encarcelación mínima de cinco años quien forma - sin la aprobación de las autoridades - unas facciones armadas de oficiales o darles armas y amuniciones (Art.141). Se castigó a cadena perpetua a cualquiera quien causa una guerra civil o crisis étnica y que resulta en que los jordanos llevan armas, y se condena a muerte si sucede la crisis (Art.142). Cualquiera asociación que se establece con la intención de cambiar el estatus económico o social de la sociedad con las maneras utilizadas en Art.14733 se disuelva y se castiga sus miembros con trabajo forzado temporal, mientras la pena de los fundadores y jefes es mínimo siete años (Art.149). Los crímenes relacionados con atacar la unidad nacional a través de discursos o publicaciones que causan divisiones también fueron penalizados con encarcelación entre seis meses a tres años y una multa que no supera cincuenta dinares (Art.150). Lo mismo se aplicó a cualquiera persona que pertenecía a una organización que fue establecida por los objetivos mencionados arriba, donde también se disuelva la organización (Art.151).
Art.159 consideró que las asociaciones ilegales fueron aquellas compuestas por un grupo de personas - registrados o no - que incentivan llevar a cabo una de estas actividades: cambiar la Constitución con
33 Artículo 147 estipuló que: Se entiende con las actividades terroristas todas las actividades que intenta causar una situación de pánico y que son cometidas con herramientas explosivas, inflamables, toxicas o de factores epidemiológicos, o gérmenes, que causan peligro público.
fuerza y violencia; cambiar el gobierno a través el uso de la fuerza; sabotear el dinero público. El artículo consideró que las organizaciones ilegales son también cualquier grupo de personas que debería haber informado el gobierno con su estatuto pero no lo hizo y siguió celebrando sus reuniones después de su disolución o cualquier centro, comité o sucursal de la organización ilegal y cada asociación o colegio gestionada por esta organización. Cualquiera quien perteneció a estas organizaciones será penalizado con encarcelación por un periodo máximo de dos años (Art.160). Además, cualquiera quien incentivó a través de los discursos o publicaciones o cualquier otro medio uno de las actividades mencionadas en Art.159 sería penalizado con encarcelación por un periodo máximo de dos años (Art.161). Quien mandó donaciones o suscripciones a estas organizaciones será penalizado con encarcelación por un periodo máximo de seis meses (Art.162) y quien publicó, vendió o mandó por correos un libro, publicación, anuncio o declaración publicados por una de estas organizaciones será penalizado por un periodo máximo de seis meses o una multa máximo de cincuenta dinares (Art.163). Si un grupo de siete personas o más se unieron con la intención con cometer un crimen o una actividad que compromete la seguridad general se consideró uno ilegal (artículo 164). Cada quien participó en estas reuniones ilegales, será castigado por encarcelación de un periodo máximo de un año o multa máxima de veinte cinco dinares o ambas mientras que quien participa en un motín se castiga por encarcelación de un periodo máximo de un año o multa máxima de veinte cinco dinares o ambas (Art.165).
Observando el Código Penal y sus artículos se puede concluir que las actividades políticas del país fueron bajo mucho control y presión, siendo que cualquier acto de reunión, manifestación, publicación o intención de causar cambios en el régimen o en las leyes vigentes fueron considerados como crímenes con penas severas y excesivas. Por ejemplo, Art.151 estipula que los crimines relacionados con atacar la unidad nacional a través de discursos o publicaciones que causan divisiones y las personas que pertenecen a una organización que fue establecida por estos objetivos serán penalizados con encarcelación y la organización disuelta. El artículo es muy ambiguo sobre que significa “la unidad nacional” o “divisiones” siendo que cualquier discurso u orientación política debe chocar con parte de la sociedad, especialmente que la sociedad jordana (la parte que fue políticamente activa) fue compuesta por diferentes corrientes políticos con agendas distintas. Cualquier discurso o publicación entonces debería causar un cierto tipo de divisiones de opinión en un ambiente democrático. Restringiendo este derecho demuestra el control excesivo de la actividad política en el país. Por otro lado, la penalización con encarcelación para quien pertenece a una organización ilegal, que, según la Ley, es aquella que no ha informado el gobierno con su estatuto y siguió celebrando sus reuniones después de su disolución o cualquier centro, comité o sucursal de la organización ilegal y cada asociación o colegio gestionada por esta organización, fue una pena exagerada y no proporcional con el nivel de violación. Estos quienes mandaron donaciones o suscripciones a tales organizaciones serán penalizados con encarcelación por un periodo máximo de seis meses; tal desproporcionalidad entre el crimen y la pena pudieron haber diseminado un miedo de la pertenencia de cualquiera organización y haber limitado cualquier activismo
político por parte de la población. Lo mismo se aplica sobre las restricciones de publicaciones de tales organizaciones, donde cada quien participe no solamente en la publicación, pero también en la venta o trasporte de tales declaraciones publicadas por las organizados fueron penalizados.
En general, se puede juzgar que el Código Penal con sus artículos en aquella fase no ayudó la apertura política ni la actividad política, partidista sea o no, retrasando con esto el proceso de desarrollo de la cultura política en el país.
2.2.2 Las Leyes Marciales
Tras la Guerra de 1967 con Israel las leyes marciales fueron introducidas otra vez. Según Art.124 de la Constitución, si sucede algún evento que necesita la protección del país en los casos de emergencia, se aplica la Ley de Defensa que da la autoridad a la persona que la Ley nombra para tomar los procedimientos necesarios para defender el país. Sin embargo, en los casos de emergencias graves se consideran los procedimientos mencionados en el artículo anterior no suficiente y a base de esto el Rey tiene, a base de las decisión del Consejo de Ministros, a anunciar las leyes marciales donde el Rey puede emitir las instrucciones necesarias (a través un decreto real) para defender el país sin consideración de cualquiera ley vigente (Art.125). A base de esto, y con el comienzo de la guerra con Israel, Jordania anunció las leyes marciales en junio de 1967. Las instrucciones de la administración marcial (Biblioteca Nacional) fueron publicadas el 5 de junio de 1967, emitidas a base del párrafo nº 2 del Art.125 de la Constitución. Art.2 de las instrucciones estipuló que un gobernador militar fue apuntado por una decisión del Consejo de Ministros y la aprobación del Rey y ejerció las responsabilidades y autoridades basadas en la Ley de Defensa de 193534 para garantizar la seguridad pública del país y defenderla. Art.4 estipuló que el gobernador militar general y los gobernadores militares locales tuvieron el poder de arrestar cualquiera persona, inspeccionarle y detenerle al lado de entrar las casas y tiendas e inspeccionarlas en cualquiera lugar y momento. Cada persona que fue detenido se traslada al Tribunal Marcial Militar (Art.4-b). Las decisiones que se emitió por los gobernadores militares fueron finales y no fueron sujetas a revisión o apelación incluso el Tribunal Superior de Justicia (Art.5).
El Tribunal Marcial Militar juzgó los crímenes de seguridad exterior del Estado, los crímenes de espionaje35 (Art.124-126 del Código Penal* del año 1960), los crímenes de seguridad nacional (Art.135-
* Visite el anexo para más información sobre los artículos del Código Penal. Unos fueron repetidos en la sección 2.2.2 del Código Penal
34La Ley estipula que si ocurre una emergencia en el país que afecta la seguridad nacional el Rey puede poner procedimientos que garantizan la seguridad nacional como controlar las publicaciones, comunicación y emisoras de radio al lado de arrestar personas cuyas acciones son sospechosas y exiliares.
35Hubo una modifcacion publicado en el Boletón Oficial el 2 de octubre de 1971 donde Art.2 estipuló la anulacion de este crimen y su sistitución con “los crimenes contra las leyes de proteccion de los sectretos y documentos del país”.
14936 del Código Penal del año 1960), crímenes de seguridad pública (Art.157-168 del Código Penal del año 1960), al lado de la violación de Art.195 del Código Penal del año 1960, los artículos de Ley de Defensa, los artículos de la Ley de Resistir el Comunismo de 1953 (Ley Numero 91 de 195337 y su modificación en 1959), la afiliación de cualquier partido político disuelto o no licenciado, al lado de cualquiera violación o crimen que el gobernador militar general decide añadirla38 (Art.839). Según las instrucciones, el gobernador militar tenía que determinar las instrucciones de las penas de cualquiera violación o crimen mencionados en el artículo anterior sin consideración a cualqiuer otra ley vigente (Art.9). El Tribunal Marcial Militar celebró los juicios en público menos sí se juzgó lo contrario (Art.12). Las leyes que contradijeron los artículos de esta ley fueron anuladas mientras se aplicó la Ley Marcial (Art.20).
Las instrucciones vieron una modificación el 24 de octubre de 1970 donde el gobernador tuvo el derecho de aislar cualquier funcionario público si el gobernador juzgó que el funcionario practicó cualquiera actividad que dañaba la seguridad interna o externa del país, la Constitución o el régimen (Art.3) donde sus decisiones no fueron abiertas a la apelación de cualquier otro tribunal (Art.4). Las leyes marciales se quedaron vigentes hasta 1990 cuando se congeló el trabajo con las leyes mariales y fueron anuladas el 1 de abril de 1992.
La aplicación de las leyes marciales afectaron las libertades públicas en el país por un periodo largo, restringiendo el activismo político de los ciudadanos, activistas y políticos en el nombre de la seguridad nacional. Tal como fue expuesto en las instrucciones emitidas sobre las leyes marciales, se observa el inmenso control ejercido por el régimen a los ciudadanos y sus actividades. Durante esta fase, las reuniones grandes fueron prohibidas, las libertades de expresión y publicación fueron restringidas40 con el cierre de periódicos en cualquier momento (New York Times, 1989), los ciudadanos podían ser detenidos en cualquier momento y las decisiones de los gobernadores militares no fueron abiertas a apelación o revisión.
De interés también fue el poder del Tribunal Militar de juzgar los crímenes de seguridad exterior del
36Hubo una modificación el 12 de agosto de 1976 donde se tachó el numero 149 y se sistituyó con 153. 37Boletin Oficial nº 1164/pagina 785
38El párrafo de “al lado de cualquiera violación o crimen que el gobernador militar general decide añadirla” fue anulada en una modificación publicada en el Boletín Oficial el 16 de octubre de 1976
39Se modificó el articulo 8 (modificacion publicada el 16 de debrero de 1982) donde se añadó los crimenes mencionados en los articulos 187, 326, 327, 328, 330, 330 y 335 del Codigo Penal para el año 1960 al lado de cualquier otro crimen que el gobernador militar ordena su traslado al tribunal marcial.
40Se debe recordar que Art.15 de la Constitución confirma que en el casos de la aplicación de las leyes marciales o la imposición de un estado de emergencia, el gobierno puede ejercer una monitorización sobre la media y las publicaciones en relación con los asuntos relaciones con la seguridad pública y la defensa del país.
Estado, los crímenes de seguridad nacional y pública, los temas relacionados con los artículos de la Ley de Resistir el Comunismo de 1953, la afiliación de cualquier partido político disuelto o no licenciado, al lado de cualquiera violación o crimen que el gobernador militar general decide añadirla. Esta amplia gama de áreas que fueron sujetas al juicio gobernadores militares significa que cualquier acto político, cualquiera manifestación de activismo político en partidos, o cualquier acto que se juzga como amenaza a la seguridad del país fueron sujetos a juicio militar no revisable, no controlable y fácilmente manipulado, especialmente que el tribunal militar marcial podía ser celebrado en privado sí el gobernador lo decide. Por otro lado, el acoplamiento de los crimenes de seguridad nacional y pública y la cooperacion con el enemigo con la atividad partidista (y comunista en particular) insinuan que el activismo politico fue puesto en par con cualquiera actividad que amenza la seguridad del Estado. Así, y bajo tales condiciones, cualquier intento de organización política, activismo partidista o movimiento ideológico parece haber sido imposible. Como consecuencia, las actividades de los partidos, tal como se expone más adelante, fue clandestino, parte por la prohibición de los partidos y parte- al parecer- al control inmenso ejercido sobre ellos con la aplicación de las leyes marciales.
La necesidad de las leyes marciales y su duración son fuera del ámbito de este estudio, pero su impacto inmensamente negativas sobre el desarrollo político y partidista sí que son. Se puede concluir entonces que estas leyes retrasaron mucho el desarrollo de los partidos en Jordania por muchos años además de restringir las libertades de expresión, reunión y organización.
2.2.3 Leyes de Prensa y Publicación
Otras leyes que indican el control sobre el derecho de expresión y opinión es la Ley de Prensa y Publicaciones nº 33 de 1973. La Ley anuló la versión antigua nº16 de 1955 (ver el capítulo anterior). Según las disposiciones de la Ley, el Consejo de Ministros tiene la autoridad de dar la licencia o quitarla de una publicación a base de la recomendación del ministro de cultura y media, donde la decisión del Consejo es final y no apelable (Art.16). Si una publicación incluye información que amenaza la nación, su seguridad y sus intereses o los principios constitucionales, el Consejo de Ministros puede a base de la recomendación del ministro de cultura y media a anular la licencia de la publicación/impresa o desactivarla para al menos una semana, donde la decisión del Consejo es final y no apelable (Art.23). Además, el propietario de la publicación diaria o periódica debe presentar al ministro de cultura y media cada 31 de diciembre de cada año una declaración anual detallando los ingresos y gastos de la publicación. Si el propietario tarda en mandar esta declaración, el ministro puede detener la circulación de la publicación hasta que se presenta la declaración. En el caso de que el propietario reciba alguna ayuda o donación de una entidad extranjera o local para promocionar una política que daña los intereses de la nación, será castigado según las directrices de esta Ley (Art.27). Se prohíbe publicar información relacionada con el Rey y la familia real sin permiso del corte real o los discusiones del Consejo de Diputados o información y noticias que el ministro de cultura y media juzga que son secretas o
cualquiera información política emitida por las agencias extranjeras en el país si no fue permitido publicarla (Art.38).
La publicación diaria tenía que tener un capital de diez mil dinares y tres mil dinares para la publicación periódica. El propietario de la publicación tenía que ingresar una garantía monetaria al gobierno para garantizar pagar lo que surgirá de multas u obligaciones, una garantía de mil dinares para imprenta política diaria, quinientos dinares para la publicación política periódica y cien dinares para la publicación no política periódica (Art.14). Además, en 1978 la Ley fue modificada (Ley nº 2) modificando Art.16, donde la decisión de otorgar o negar o quitar la licencia o anularla estaba basado a la decisión del Consejo de Ministros a base de la recomendación del ministro de media, pero la decisión de dar o renovar la licencia, con esta modificación, fue ajuntado con un decreto real. En un avance, la modificación de la Ley en 1988 (nº15) estipuló que la decisión de quitar o anular la licencia fue en una apelable (Art.16).
Se puede notar entonces que la Ley limitaba los derechos de expresión e impuso gran control por parte del gobierno a los periódicos, que fueron obligados a informar el gobierno anualmente sobre sus gastos y tenían que poseer un capital muy elevado en comparación con las condiciones económicas en el país. Limitar los que los periódicos pueden publicar es un acto claramente contra las libertades de expresión que afectan los activistas y partidistas. Aunque los partidos fueron prohibidos, las figuras partidistas siguieron funcionado en el país, aunque clandestinamente. Su incapacidad a tener o acceder a publicaciones para expresarse y conectarse con las masas aumentó la brecha de conexión y comunicación entre los partidos y la sociedad.
2.2.4 Nuevas Leyes Electorales