• No results found

12.1 El Subcomité recordó que el DE 51 había seguido elaborando el proyecto de directrices para la reparación y el mantenimiento de los revestimientos protectores (DE 51/WP.2, anexo 1) y, teniendo en cuenta que la labor sobre las "zonas objeto de examen" no se había ultimado, aplazó la ultimación del proyecto de directrices al presente periodo de sesiones, a reserva del resultado de la labor en curso realizada por la IACS sobre las "zonas objeto de examen".

12.2 El Subcomité examinó el documento DE 52/12 (IACS), por el que la IACS le informaba de que había seguido examinando la cuestión de las "zonas objeto de examen" y había elaborado una propuesta, que figura en el anexo de dicho documento, para sustituir la sección 4.2.3 del proyecto de directrices para la reparación y el mantenimiento de los revestimientos protectores que figura en el anexo 1 del documento DE 51/WP.2 y, tras unas breves deliberaciones, acordó que las "zonas objeto de examen" deberían mantenerse separadas para los petroleros y para los buques que no sean petroleros.

Instrucción y examen de inspectores de revestimientos cualificados

12.3 El Subcomité tomó nota del documento DE 52/INF.9 (Polonia), en el que se le informaba de las Directrices sobre supervisión de la instrucción y examen de inspectores de revestimientos cualificados de conformidad con lo dispuesto en la Norma de la resolución MSC.215(82) y la expedición de títulos, aprobadas por la Administración Marítima de Polonia.

12.4 La delegación de China informó al Subcomité sobre el programa establecido en China para llevar a cabo la formación, examen y titulación de los inspectores de revestimientos, y señaló que para implantar plenamente la Norma de rendimiento de los revestimientos protectores y cumplir sus prescripciones sobre la cualificación de los inspectores de revestimientos, la Administración Marítima de China había aprobado y publicado en junio de 2008 un Código sobre la acreditación de la cualificación de los inspectores de revestimientos de los buques, y había constituido un Comité de Titulación para inspectores de revestimientos marinos de China encargado de la formación, examen y titulación de los inspectores, de manera que el Comité de Titulación era responsable de la implantación de la acreditación de los inspectores de revestimientos bajo la supervisión de la Administración. Las responsabilidades del Comité de Titulación incluyen la aprobación del material de formación, el establecimiento de los programas de formación y los exámenes, la realización de los exámenes, la ratificación y supervisión de las clases de formación y la expedición de títulos para los inspectores de revestimientos. Los programas de formación y exámenes se componen de partes teóricas y prácticas y los candidatos deben aprobar ambas partes para obtener la cualificación. En el programa mencionado hay tres niveles de inspectores de revestimientos: niveles CCMCIC-I, CCMCIC-II y CCMCIC-III, de los cuales el nivel CCMCIC-II es aprobado por la Administración Marítima de China como equivalente al de inspector de nivel 2 de NACE o inspector de nivel III de FROSIO.

Constitución de un grupo de redacción

12.5 El Subcomité constituyó el Grupo de redacción sobre los revestimientos protectores (véase también el párrafo 14.5) y le encargó que, teniendo en cuenta las observaciones y propuestas del Pleno, concluyera el proyecto de circular MSC sobre las Directrices para la reparación y el mantenimiento de los revestimientos protectores, basándose en los documentos DE 51/WP.2 (anexo 1), DE 51/14/Add.1 y DE 51/14/Add.2, y teniendo en cuenta el documento DE 52/12.

Informe del Grupo de redacción

12.6 Tras examinar el informe del Grupo de redacción (DE 52/WP.5), el Subcomité lo aprobó en general y adoptó las medidas que se indican en los párrafos siguientes.

12.7 El Subcomité tomó nota de las deliberaciones del Grupo sobre los apéndices 1 a 10 del proyecto de directrices, que en general eran copias de los apéndices de la Recomendación 87 de la IACS y, teniendo en cuenta que no se consideraba adecuado copiar una norma del sector en un instrumento de la OMI y que su mantenimiento y actualización sería una carga para la Organización, decidió suprimir los apéndices 1 a 10 del proyecto de directrices y mantener únicamente las referencias pertinentes a los apéndices apropiados de la Recomendación 87 de la IACS, así como la dirección del sitio en la Red a título de referencia.

12.8 Posteriormente, el Subcomité aceptó el proyecto de circular MSC sobre las Directrices para la reparación y el mantenimiento de los revestimientos protectores, que figura en el anexo 14, a fin de presentarlo al MSC 86 para su aprobación.

Ultimación del punto del programa de trabajo

12.9 Dado que la labor sobre el punto se había ultimado, el Subcomité invitó al Comité a que lo suprimiera del programa de trabajo.

13 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS SISTEMAS DE RESCATE

13.1 El Subcomité recordó que el DE 51 había encargado al Grupo de trabajo por correspondencia sobre los dispositivos de salvamento que siguiese elaborando el proyecto de enmiendas al Convenio SOLAS y al Código IDS relativas a los sistemas de rescate presentado en ese periodo de sesiones (DE 51/16).

13.2 El Subcomité examinó el informe de Grupo de trabajo por correspondencia (DE 52/13, presentado por los Estados Unidos) y tomó nota de que, además del proyecto de enmiendas al Convenio SOLAS y al Código IDS elaborado por el Grupo de trabajo por correspondencia sobre los dispositivos de salvamento constituido por el DE 50 (DE 51/16), el Grupo había examinado una serie de prescripciones detalladas adicionales propuestas por Alemania (DE 52/13, anexo), pero no había podido llegar a un consenso sobre el enfoque general que había de aplicarse. La mayoría del Grupo apoyó un enfoque basado en el funcionamiento, frente a un enfoque basado en el equipo especializado. En opinión del Grupo era necesario seguir deliberando para establecer un consenso sobre la dirección que había de seguirse en términos generales, como condición previa al avance significativo en la elaboración de prescripciones detalladas adecuadas.

13.3 El Subcomité también examinó el documento DE 52/13/1 (ICS), en el que se propone que, en vez de establecer normas de funcionamiento para el equipo de rescate o de salvamento del buque, sería más apropiado elaborar orientaciones con respecto a los planes y procedimientos de rescate en consonancia con la sección 8 de la parte A del Código IGS.

13.4 El Subcomité también tomó nota del documento DE 52/INF.10 (Islandia), en el que se informa sobre las prescripciones actuales relativas a los dispositivos de rescate que deben llevarse a bordo de los buques de pesca de Islandia, destinadas a garantizar el éxito del rescate de personas que se encuentren en el agua en las condiciones ambientales previstas para el océano Atlántico norte.

13.5 El Subcomité acordó que se necesitaba deliberar para determinar la manera de seguir adelante con el punto, es decir, cuál de las tres opciones siguientes debería elegirse:

.1 elaborar orientaciones sobre los planes y procedimientos de rescate en consonancia con la sección 8 de la parte A del Código IGS, de conformidad con la propuesta de la ICS (DE 52/13/1);

.2 elaborar el pertinente proyecto de enmiendas al Convenio SOLAS y al Código IDS, de conformidad con lo acordado en el DE 51 (DE 51/16); o

.3 elaborar distintas normas de funcionamiento para los sistemas de rescate, de conformidad con la propuesta presentada por Alemania en el Grupo de trabajo por correspondencia (DE 52/13).

13.6 El Subcomité recordó a este respecto que el MSC 81 le había encargado que elaborara normas de funcionamiento para los sistemas de rescate de todos los tipos de buques nuevos y existentes, a fin de ayudar a los coordinadores SAR en las operaciones de rescate, con objeto de preparar prescripciones obligatorias a más tardar el 1 de julio de 2012, cuando se prevé que entren en vigor las enmiendas al Convenio SOLAS pertinentes, teniendo en cuenta que el "rescate de personas" era uno de los cinco objetivos estratégicos de la iniciativa de seguridad de los buques de pasaje, que también incluía medidas para una mayor conservación de la flotabilidad y proyectos alternativos para dispositivos de salvamento.

13.7 En los debates mantenidos a continuación, numerosas delegaciones apoyaron la opinión de que debían elaborarse normas de funcionamiento partiendo de prescripciones funcionales para el rescate. Los procedimientos de apoyo podrían permitir que los buques evaluaran el potencial de su capacidad de rescate basándose en el proyecto, construcción y características operacionales respectivos, así como en los dispositivos de salvamento y otros equipos específicos que se lleven a bordo. En caso de que tal evaluación indicara que no se dispone de un equipo apropiado a bordo, se requeriría equipo de rescate adicional.

13.8 El Subcomité, tras tomar nota del apoyo a la propuesta presentada por la ICS de elaborar orientaciones alternativas con respecto a los planes y procedimientos de rescate en consonancia con el Código IGS, acordó que el Grupo de trabajo por correspondencia debía tenerla en cuenta.

Instrucciones dadas al Grupo de trabajo por correspondencia sobre los dispositivos de salvamento

13.9 El Subcomité encargó al Grupo de trabajo por correspondencia sobre los dispositivos de salvamento (véase el párrafo 6.43) que, basándose en los documentos DE 52/13 (anexo) y MSC 81/WP.6, y teniendo en cuenta el documento DE 52/13/1, así como las observaciones y propuestas del Pleno, llevara a cabo las siguientes tareas:

.1 elaborar un proyecto de enmiendas al Código IDS para introducir normas de funcionamiento para los sistemas de rescate de todos los tipos de buque;

.2 examinar el proyecto de reglas III/17-1 y III/26.4 del Convenio SOLAS, que figura en el documento MSC 81/WP.6, y preparar el texto definitivo de las reglas; y

.3 presentar un informe al DE 53.

13.10 El Subcomité pidió a la Secretaría que informara al Subcomité COMSAR de las medidas adoptadas.

14 REVESTIMIENTO DE LOS TANQUES DE CARGA DE HIDROCARBUROS Y

PROTECCIÓN CONTRA LA CORROSIÓN