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Nº total de OS previstas: 3.528, programada y no programada. 1.1.- CONDICIONES DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Nº total de OS planificadas: 1.168

1.1.1 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN. 1.1.1.1. Condiciones materiales de seguridad: 350 OS.

Se planifican visitas a obras de construcción al objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones mínimas de seguridad y salud del RD 1627/1997 y los restantes Reglamentos de desarrollo de la Ley 31/1995, prestando atención a:

x Control de las condiciones materiales o técnicas: obligaciones derivadas de la adopción de medidas frente al riesgo de caída de alturas, trabajo de movimiento de tierras, excavaciones, zanjas.

x Organización y gestión de la prevención:

o Obligaciones del promotor y desarrollo efectivo por el coordinador de seguridad y salud de las funciones propias, durante la ejecución de la obra. o Control de la idoneidad y cumplimiento de los Planes de Seguridad en la

fase de ejecución de la obra objeto de la visita.

o Gestión de la prevención en la obra: Integración y coordinación de actividades.

o Presencia de recursos preventivos. o Vigilancia de la salud.

1.1.1.2. Obligaciones Ley 32/2006: 150 OS.

En las visitas a obras planificadas se vigilará el cumplimiento de las obligaciones referidas a acreditación y registro de empresas subcontratistas, formación de trabajadores y personal directivo y régimen de subcontratación contenido en el artículo 5 de la Ley 32/2006.

1.1.2. CAMPAÑAS EN OTROS SECTORES O SUBSECTORES. 1.1.2.1.- Campaña de buques “SEGUMAR”: 10 OS

Se incrementan de 8 a 10 las inspecciones a realizar en 2013, por las obligaciones derivadas de la aplicación del Convenio Laboral marítimo 2006, que amplía el campo de actuación a los buques mercantes.

1.1.2.2.- Otras campañas en otros sectores: 600 OS

1.1.2.3.- Riesgos musculo-esqueléticos: empresas de handling: 10 OS Se trata de una campaña que tiene su origen en la proposición no de ley aprobada por la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados, en sesión del día de marzo de 2011, para la adopción de un Plan de Acción que permita reducir los trastornos musculo-esqueléticos derivados del trabajo, en la que se insta a promover una campaña planificada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para efectuar la vigilancia y el control del cumplimiento por parte de las empresas de la normativa aplicable a este tipo de riesgos. Dicha campaña durante el año 2013 se va a continuar desarrollando en este sector y en el de camareras de pisos en hoteles cuya cifra de OS se indica a continuación.

1.1.2.3.- Riesgos musculo-esqueléticos: camareras de pisos: 40 OS 1.1.3. CAMPAÑAS EUROPEAS.

1.1.3.1.- Campañas europeas: riesgos psicosociales: 8 OS

La campaña europea del año 2012 tiene continuidad en 2013 y con el objetivo de llamar la atención sobre la importancia de los riesgos psicosociales en el trabajo.

psicosociales se lleven a cabo en las empresas, que se realicen mejoras en la calidad de dichas evaluaciones así como concienciar de esta necesidad a los empresarios y a los trabajadores afectados.

1.2 GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN: Nº de OS: 165

1.1.1. SERVICIOS PREVENCIÓN AJENOS, SERVICIOS DE PREVENCIÓN PROPIOS-MACOMUNADOS Y ENTIDADES AUDITORAS.

1.2.1.1.- Servicios de prevención ajenos: 10 OS

Se planifica la realización de inspecciones a servicios de prevención ajenos acreditados en Illes Balears, con la doble finalidad de verificar si continúan reuniendo los requisitos que determinaron su acreditación, y examinar el desarrollo de su actividad respecto a las empresas con las que tengan suscrito concierto.

1.2.1.2.- Servicios de prevención propios: 5 OS

Se planifica la realización de inspecciones a estos servicios en orden de la comprobación del número de trabajadores que constituyen los mismos, su cualificación y los medios con los que cuentan para el desarrollo de sus actividades.

1.2.1.3.- Entidades Auditoras: 0 OS

En atención a la no domiciliación de estas entidades en esta Comunidad Autónoma se estará a la petición rogada por la Autoridad Laboral en la revisión de estas Entidades.

1.1.2. EMPRESAS DE MAYOR SINIESTRALIDAD

1.2.2.1. Ámbito autonómico: 75 OS

Se parte de la selección acordada con la Autoridad Laboral, utilizando como criterios de selección sectores de actividad con mayor índice de siniestralidad, características de las empresas y desviación en el número de accidentes acaecidos en relación con la media del sector en el ámbito autonómico.

1.2.2.2. Ámbito supraautonómico: 0 OS 1.2.3.- COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES: 10 OS

En atención a la dificultad en el cumplimiento de las obligaciones de coordinación en materia de prevención de riesgos laborales cuando concurren varias empresas en un centro de trabajo, se planifica esta acción inspectora que tiene por objeto el control del cumplimiento de las disposiciones del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de 1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

La actuación se referirá fundamentalmente a grandes centros de trabajo en los que hay concurrencia de empresas y se dirigirá a la comprobación de la efectividad de la coordinación, verificación de la adopción de los medios de coordinación adecuados en función de las circunstancias concurrentes y a la comprobación del cumplimiento de

los deberes y obligaciones, tanto del empresario titular del centro, como del empresario principal, con especial referencia a la información a los delegados de prevención o, en su caso, a los representantes legales de los trabajadores.

1.2.4.- INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN: 40 OS

La planificación de la actuación inspectora tiene por objeto comprobar la organización preventiva por las empresas y se dirigirá a empresas de reciente creación, atendiendo fundamentalmente al sector industrial y con el objetivo de que las empresas integren la prevención en el sistema general de gestión, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos.

1.2.5.- OTROS PROGRAMAS:

1.2.5.1.- “PLAN PREVEA”: 0 OS

No se ha planificado por la ausencia de incorporación de empresas a este programa, no obstante, si se prevé llevar a cabo el establecimiento de un plan de actuación conjunta entre la Comunidad Autónoma, ITSS y los técnicos de prevención de las Mutuas de AT y EP para supervisar la actuación preventiva en empresas asociadas a estas últimas con el fin de corregir posibles deficiencias e implantar un seguimiento de conformidad con una planificación acordada.

1.2.5.2.- Riesgos Seguridad Vial: 10 OS

Se mantiene el número de actuaciones desarrolladas en el año 2012, en relación con los riesgos derivados del tráfico que sufren los trabajadores en misión durante la jornada de trabajo, aunque no haya habido accidentes.

1.2.5.3.- Otros programas de gestión de la prevención: 5 OS

Se integrará de conformidad con las solicitudes remitidas por la Autoridad Laboral.

1.2.5.4.- Prevención de Riesgos Laborales con enfoque de género: 10 OS Se orienta especialmente a la comprobación del cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud de las trabajadoras en las situaciones de riesgo durante el embarazo o periodo de lactancia.

1.3.- INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES LABORALES: Nº de OS: 125

1.3.1. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES GRAVES Y MORTALES: 75 OS

De conformidad con la obligación establecida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se sigue manteniendo la previsión de investigación de todos los accidentes mortales, muy graves y graves, con la inmediatez que da el sistema de guardias instaurado. El número de investigaciones planificada es orientativo, obviamente, dado que en este apartado las actuaciones vienen determinadas por los accidentes que se produzcan a lo largo del año con esta calificación. El objetivo es evitar la repetición de este tipo de accidentes, analizando sus causas y adoptando las medidas preventivas necesarias para ello.

1.3.2. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES LEVES: 50 OS

Existencia de continuidad en el número de actuaciones en las que se atiende a la consideración de que muchos de los accidentes calificados como leves presentan aspectos relevantes desde el punto de vista preventivo que conviene analizar al objeto de evitar accidentes de mayor gravedad. Por ello la planificación se orienta a la investigación de aquéllos accidentes leves que se consideren más relevantes de acuerdo con los agentes causantes del mismo.

1.3.3. CUMPLIMENTACIÓN DE PARTES: 0 OS

Se revisa conjuntamente con la investigación de los accidentes y se dirige a la comprobación del plazo de comunicación en los supuestos legalmente establecidos y a la consignación correcta y completa de los datos que permitan una eficaz investigación de los mismos, como es la identificación del lugar o centro de trabajo dónde se haya producido el accidente.

1.4.- INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES: Nº de OS: 50

Las enfermedades profesionales a investigar serán seleccionadas de acuerdo con los partes obtenidos en el CEPROS y según las previsiones contenidas en el Criterio Operativo nº 48/2007. Se atenderá a los agentes causantes de las mismas, potencialidad del riesgo concurrente, considerando asimismo las características del sector de actividad en el que concurran y los antecedentes existentes, en su caso, en la empresa.