Chapter 3: Research Objectives and Methodology 52
3.1 Developing Research Objectives 52
Es en este punto, que en primera instancia, se debe explicitar las funciones y/o roles respectivo a cada organización analizada, dado que se estipula el que hacer de cada actor. En el caso del Departamento de Justicia Juvenil, se desarrollan funciones desde Mayo del presente año a través de subunidades separadas según la especialización profesional y la materia de abordar, según las siguientes funciones71:
Funciones de Unidad de Evaluación de la oferta programática:
- Retroalimentar el desarrollo de la oferta tendiendo hacia el mejoramiento continuo en la atención de jóvenes infractores (as) de ley a través del diseño e implementación de modelos evaluativos, tanto en las líneas programáticas como en los procesos asociados a ella.
- Construir un modelo evaluativo de programas
- Descentralizar la administración y ejecución de las intervenciones sociales.
- Análisis de información
- Diseño y monitoreo de metas e indicadores de gestión.
Funciones de Unidad de Desarrollo de la oferta programática:
- Asegurar la oferta programática a través del diseño y la innovación técnica, impulsando el mejoramiento continuo en la intervención con jóvenes infractores (as) de ley.
71 SENAME. 2012. Documento institucional
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- Elaboración de estándares, lineamientos y documentos técnicos.
- Coordinación intersectorial.
- Transferencia a regiones de orientaciones y lineamientos
- Innovación técnica a través de proyectos pilotos
Esta nueva división del Departamento de Justicia Juvenil, se encuentra al alero de los procesos de modernización y descentralización del Estado, con el fin de responder de mejor manera en la intervención social.
Por su parte, las Unidades de Justicia Juvenil, tienen como objetivo” liderar y conducir procesos técnicos de los centros de administración directa y programas de los organismos colaboradores acreditados, en materias de justicia juvenil a través de la gestión con sectores claves, asesoría, control y fiscalización de los equipos con una mirada de circuito de acuerdo a la normativa y lineamientos técnicos vigentes”, es por ello que se especifican las siguientes funciones para su cumplimiento, en el marco de descentralización de las gestiones del nivel nacional hacia el nivel local72: Funciones claves de la supervisión
1. Asesoría: proceso de acompañamiento, apoyo y retroalimentación a los equipos en materias técnicas y de gestión, con una mirada externa, con una visión integral y de circuito regional, a través de la cual se apliquen criterios que permitan orientar la intervención con los y las jóvenes. Lo anterior, teniendo a la base la normativa y lineamientos técnicos vigentes. 2. Control y fiscalización: proceso basado en la revisión y evaluación de las
condiciones en las que se encuentran los centros de administración directa y programas de los organismos colaboradores acreditados de acuerdo a lo estipulado en la normativa y lineamientos técnicos vigentes. Lo anterior, con el propósito de mejorar la calidad de los procesos y
72 SENAME. 2012. Rol de los UJJ. Documento institucional. Chile.
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resultados de la intervención que realizan los equipos con los y las jóvenes.
3. Trabajo con sectores claves y/o estratégicos: favorecer espacios de trabajo con sectores claves a nivel regional, considerando diagnóstico de necesidades, recursos y oportunidades del circuito local, con el fin de generar estrategias y dar respuesta a los requerimientos de los y las jóvenes y adolescentes, a través de actores del mundo público y privado. Con respecto a los Organismos Colaboradores del Servicio, sus funciones se encuentran enmarcadas desde normativas relacionales que principalmente recaen en la subvenciones financieras para el funcionamiento del sistema, lo cual se encuentra en la ley 20.03273 donde el Ministerio de Justicia, establece “un sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de Colaboradores y su régimen de subvención”, principalmente en sus artículos 1° y 2°.
En el Artículo 1º establece que “las disposiciones de esta ley tienen por objeto establecer la forma y condiciones en que SENAME, subvencionará a sus colaboradores acreditados. Asimismo, determinan la forma en que el SENAME velará para que la acción desarrollada por sus colaboradores acreditados respete y promueva los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención y se ajuste a lo dispuesto en esta ley y en las demás disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la labor que ellos desempeñan”. Y en su Artículo 2º expone que “la acción del SENAME y sus colaboradores acreditados se sujetará a los siguientes principios:
73 Ley 20.032. Ministerio de Justicia. Gobierno de Chile.
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a. El respeto y la promoción de los derechos humanos de las personas menores de dieciocho años contenidos en la Constitución Política de la República, las leyes vigentes, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y los demás instrumentos internacionales;
b. La promoción de la integración familiar, escolar y comunitaria del niño, niña o adolescente y su participación social, y
c. La profundización de la alianza entre las organizaciones de la sociedad civil, gubernamentales, regionales y municipales, en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la infancia y a la adolescencia.
Es para esto, y según los procedimientos, que en el Artículo N°18 de la misma ley, se establece que en los llamados a concurso público de proyectos se considerará, a lo menos, las siguientes etapas:
- Bases administrativas y técnicas del respectivo llamado, las que serán aprobadas por acto administrativo del Servicio
- Presentación de proyectos por parte de los colaboradores acreditados y de la documentación que contemple en las respectivas bases administrativas y técnicas
- Recepción y apertura pública de los proyectos y demás antecedentes
- Evaluación
- Adjudicación de proyectos, si correspondiere, que será aprobada por acto administrativo del Servicio.
- Celebración del convenio
- Adjudicación del convenio
De esta forma, podemos inferir según las obligaciones de los sistemas, el primer flujograma real y desde lo establecido a través de la normativa y/o mecanismos escritos de estipulación de roles y funciones, tensionado con los criterios de comunicación, coordinación y control que se encuentran a la base.
Sin embargo, es necesario enfatizar el ámbito público del Servicio, y las diferencias de poder que se presentan según jurisdicción y estructura organizacional (desde lo nacional a lo local), lo cual conlleva a que el cumplimiento de las funciones descritas se encuentren sujetas a subjetividades profesionales y a la complejidad del fenómeno en los territorios que se ejecutan, por lo que se procede a analizar los flujos desde los propios profesionales participantes del sistema de justicia juvenil.