3.4 Fully decentralized Pagerank algorithms
3.4.2 Discussion
Buenos Aires, 12 de agosto de 2014
VISTO:
La Ley Nº 2.095/06, su modificatoria Ley Nº 4.764/13, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Decreto N° 1.145/GCABA/09, la Resolución N° 16/ASINF/10, la Disposición Nº 255/DGTALINF/14, el Expediente Electrónico N° 08402343-MGEYA- ASINF-2.014, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la contratación para la "Provisión de Servicios Profesionales para el desarrollo y mantenimiento del Sitio "BuenosAires.gob.ar"", para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que bajo Orden N° 3 luce la Nota N° 07115381-DGGOBE-2.014 mediante el cual el Director General de Gobierno Electrónico de esta Agencia de Sistemas de Información solicitó que se proceda a gestionar la contratación mencionada ut-supra;
Que la Ley Nº 2.095/06, modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 establecieron las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Publico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;
Que a través de la Ley Nº 4.764/13, se modificó los lineamientos previstos en la Ley Nº 2.095;
Que en este sentido el artículo 31 de la Ley Nº 2.095/06 y modificatoria Ley 4.764/13, establece que: "La licitación es pública cuando el llamado a participar está dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para obligarse, sin perjuicio del cumplimento de los demás requisitos que exija el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego Único de Bases y Condiciones Generales";
Que en el artículo 32, primer párrafo de la precitada norma establece que: "Son de Etapa única la comparación de las ofertas en sus aspectos económicos, de calidad o técnicos, se efectúe en un mismo acto, esto es, mediante la presentación de un sobre único";
Que asimismo mediante Decreto 95/GCBA/14 se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 4.764 (Modificatoria de la Ley Nº 2.095);
Que por Disposición Nº 255/DGTALINF/2.014 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas a regir en la Licitación Pública Nacional Nº 8056-0553-LPU14, efectuándose el respectivo llamado para el día 21 de Julio de 2.014 a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley Nº 2.095/06 su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14;
Que asimismo se estableció que el presupuesto estimado para esta contratación asciende a PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 1.234.000,00.-);
Que en el portal www.buenosairescompras.gob.ar obra el acta de Apertura de fecha 21 de julio del 2.014 a las 14:00 hs. de la cual surgen las ofertas presentadas por las empresas TERACODE BA S.A. (Orden Nº 17 a 23), TIARG S.A. (Orden Nº 24), HEXACTA S.A. (Orden Nº 25 a 31) e INFORMATION TECHNOLOGY CONSULTING S.A. (Orden Nº 32, 33 y 34);
Que bajo Orden Nº 36 luce el Cuadro comparativo de Ofertas;
Que en este sentido por Informe Nº 09177833-ASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 39, la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información realizó el análisis de los aspectos administrativos de las ofertas presentadas y señaló que la oferta presenta por la empresa TERACODE BA S.A., no contiene causales de rechazo; la oferta presentada por la empresa TIARG S.A., no contiene causales de rechazo; la oferta presentada por la empresa HEXACTA S.A., no presenta póliza de Mantenimiento de Oferta. (No Cumple); y la oferta presentada por la empresa INFORMATION TECHNOLOGY CONSULTING S.A., no contiene causales de rechazo;
Que asimismo por Informe Nº 09213196-DGGOBE-2014 obrante bajo Orden Nº 40, el Director General de Gobierno Electrónico de esta Agencia de Sistemas de Información, elaboró el correspondiente Informe Técnico y concluyó que las ofertas presentadas por las firmas TERACODE BA S.A. y TIARG S.A. cumplen con lo solicitado;
Que en tal sentido recomendó avanzar con la oferta de la empresa TIARG S.A. por poseer un nivel técnico superior a TERACODE BA S.A.;
Que la Comisión de Evaluación de Ofertas intervino en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de esta Agencia de Sistemas de Información a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC);
Que asimismo obra en el portal el Dictamen de Pre Adjudicación de Ofertas (Orden Nº 46) por el cual se aconseja la adjudicación del Renglón Nº 1 a la empresa TIARG S.A. por la suma total de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL con 04/100 ($ 1.234.000,04.-), enmarcada conforme los términos del art. 108 de la Ley Nº 2.095 y modificatoria Ley Nº 4.764/13 y su correspondiente Decreto reglamentario Nº 95/GCABA/14, y en concordancia con el art. 21.3 del Dto.1.145-2009 y del art. 11 de la Resolución Nº 1160-MHGC-2011, y de conformidad con lo informado administrativa y técnicamente (IF-2014-09177833-ASINF, e IF-2014-09213196- DGGOBE);
Que en el mencionado Dictamen, se deja constancia que el mismo se emitió superado el plazo previsto en el art. 106º del Decreto Nº 95-GCABA-14 por la compleja evaluación de las ofertas presentadas;
Que el acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas oferentes y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por último bajo Orden Nº 49, obra el Informe Nº 11470898-ASINF-2014, mediante el cual la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que de las ofertas presentadas por las empresas TERACODE BA S.A., TIARG S.A., HEXACTA S.A. e INFORMATION TECHNOLOGY CONSULTING S.A., resulta adjudicable la oferta de la firma TIARG S.A. por ser técnicamente, según informe N° IF-2014-09213196-DGGOBE, más conveniente para la administración;
Que en este sentido informó que la erogación total del presente gasto asciende a la suma total de pesos un millón doscientos treinta y cuatro mil con 04/100 ($ 1.234.000,04);
Que asimismo la empresa TIARG S.A. se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores;
Que obra la Solicitud de Gastos Nº 681-1551-SG14 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2014 y 2015;
Que la Gerencia Operativa de Legales de la Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la Licitación Pública Nº 8056- 0553-LPU14 y adjudique el Renglón Nº 1 a la empresa TIARG S.A. la "Provisión de Servicios Profesionales para el desarrollo y mantenimiento del Sitio "BuenosAires.gob.ar"", para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
DISPONE
Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8056-0553-LPU14 realizada al amparo de lo establecido en el art. 31, concordante con el párrafo primero del art. 32 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 para la Provisión de Servicios Profesionales para el desarrollo y mantenimiento del Sitio "BuenosAires.gob.ar"", para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Adjudícase el Renglón Nro. 1 por la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL con 04/100 ($ 1.234.000,04.-) a la empresa TIARG S.A.
Artículo 3º.- La erogación que demanda la presente gestión será imputada a la partida correspondiente al presupuesto de los Ejercicios 2014 y 2015.
Artículo 4º.- Publíquese en el portal el término de un (1) día.
Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a las empresas oferentes de conformidad con lo establecido en el art. 6° del Decreto N° 1.145-09.
Artículo 6 º.- Emítase la orden de compra.
Artículo 7º.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y remítase para la prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dacharry