Encuesta realizada a los concesionarios de los medios de comunicación de la Provincia de Chimborazo.
Pregunta N° 1
¿La mediación permite solucionar las controversias en forma ágil y eficaz? Tabla N° 1
Fuente: Encuesta
Autora: MaríaYuquilema
Gráfico N°1
Fuente: Tabla No. 1
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 76% de los encuestados manifiestan que es necesario la aplicación de la mediación como un método alternativo de solución de conflictos que permita solucionar las controversias en forma ágil y eficaz; mientras que el 24% manifestaron que no; razón por lo que es necesario que antes de aplicar sanciones a los medios de comunicación por parte de la SUPERCOM se aplique la mediación establecido en el artículo 190 de la Constitución como medios alternativos de solución de conflictos.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 28 76% NO 9 24% TOTAL 37 100 SI 76% NO 24% SI NO
52 Pregunta N° 2
¿La mediación, beneficia a las partes que se encuentran en conflicto?
Tabla N° 2
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°2
Fuente: Tabla No. 2
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 100% de los encuestados manifestaron que al aplicar la mediación en un conflicto beneficiaría a las partes, ya que al haber la voluntad de llegar a un acuerdo hace que exista flexibilidad y por ende se llegue a un punto medio, en el cual las dos partes puedan salir beneficiadas; además es importante manifestar que al existir un acta de acuerdo por mediación, éste documento tienen el valor de una sentencia que causa ejecutoría, con la cual se obliga a las partes a comprometerse y a cumplir con lo acordado.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 37 100% NO 0 0% TOTAL 37 100 SI 100% NO 0% SI NO
53 Pregunta N° 3
¿En el ámbito administrativo, es posible efectuar la mediación?
Tabla N° 3
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°3
Fuente: Tabla No. 3
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 84 % de los encuestados manifestaron que en el ámbito administrativo es posible efectuar la mediación porque es un método alternativo de solución de conflictos amparado por la Constitución de la República, mientras que el 16% indicaron que no; por lo que es necesario que en el ámbito administrativo se aplique la mediación porque se beneficiaría positivamente a las partes y así evitar sanciones administrativas con el compromiso de cumplir con lo acordado.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 31 84% NO 6 16% TOTAL 37 100 SI 84% NO 16% SI NO
54 Pregunta N° 4
¿En la actualidad, es posible acudir a la mediación entre un medio de comunicación y la Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM)?
Tabla N° 4
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°4
Fuente: Tabla No. 4
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 100% de los encuestados expresaron que de lo que han podido conocer en la actualidad no ha existido ningún caso en el cual se haya acudido a la mediación para solucionar un conflicto entre un medio de comunicación y la Superintendencia de la Información y Comunicación; sin embargo, cabe manifestar que la mediación es aplicable en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir como lo establece la Constitución en su artículo 190.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 0 0% NO 37 100% TOTAL 37 100 SI 0% NO 100% SI NO
55 Pregunta N° 5
¿Los derechos de los medios de comunicación se garantizarían de mejor manera si tienen la posibilidad de acudir a la mediación?
Tabla N° 5
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°5
Fuente: Tabla No. 5
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 68% de los encuestados manifestaron que los derechos de los medios de comunicación se garantizarían de mejor manera si tienen la posibilidad de acudir a la mediación; en cambio el 32% respondieron que no; por lo que es necesario la aplicación de la mediación y cumplir con lo establecido en la Constitución, porque al no haber ningún tipo de imposición de una sanción y por el contrario si existe el compromiso de cumplir con el acuerdo beneficiaría a las partes
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 25 68% NO 12 32% TOTAL 37 100 SI 68% NO 32% SI NO
56 Pregunta N° 6
¿La mediación podría evitar que los medios de comunicación sean sancionados drásticamente por la SUPERCOM?
Tabla N° 6
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°6
Fuente: Tabla No. 6
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 76% de los encuestados manifestaron que la mediación podría evitar sanciones a los medios de comunicación porque no se iniciaría el proceso administrativo que resuelve con sanciones; mientras que el 24% manifestaron que no; es importante dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución en tema de métodos alternativos de solución de conflictos como es el caso de la mediación, ya que su aplicación sería importante y de esta manera garantizar el derecho constitucional a los medios de comunicación .
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 28 76% NO 9 24% TOTAL 37 100 SI 76% NO 24% SI NO
57 Pregunta N° 7
¿Las multas económicas que ha impuesto la SUPERCOM, podrían menoscabar los derechos patrimoniales de los medios de comunicación?
Tabla N° 7
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°7
Fuente: Tabla No. 7
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 78% de los encuestados manifestaron que efectivamente, las multas económicas impuestas por la Superintendencia de la información y comunicación, perjudican los derechos patrimoniales de los medios, debido a que éstas multas pueden llevar en algunos casos hasta el cierre del medio de comunicación; sin embargo el 22% manifestaron que no; se debería tomar en consideración la aplicación de la mediación como una herramienta de dialogo entre las partes, ya que las sanciones pueden llegar en algunos casos a diez salarios básicos unificados y en otros al 10% del promedio de facturación de los últimos tres meses, lo cual perjudicaría al medio de comunicación.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 29 78% NO 8 22% TOTAL 37 100 SI 78% NO 22% SI NO
58 Pregunta N° 8
¿Para que pueda aplicarse la mediación, se debería establecer esta figura en la Ley Orgánica de Comunicación?
Tabla N° 8
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°8
Fuente: Tabla No. 8
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 92% de los encuestados manifestaron que están de acuerdo en que la figura de la mediación sea implementado en la Ley Orgánica de Comunicación; mientras que el 8% manifestaron que no; es necesario que la figura de la mediación conste en una normativa para que sea aplicada eficazmente como lo dictamina la Ley y de esta manera aplicar en los procesos administrativos de la SUPERCOM.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 34 92% NO 3 8% TOTAL 37 100 SI 92% NO 8% SI NO
59 Pregunta N° 9
¿La reforma al artículo 57 de la ley Orgánica de Comunicación, para garantizar a los medios de comunicación el acceso a la mediación?
Tabla N° 9
Fuente: Encuesta
Autora: María Yuquilema
Gráfico N°9
Fuente: Tabla No. 9
Autora: María Yuquilema
Interpretación y Análisis de datos
El 100% de los encuestados manifestaron que resultaría de gran utilidad el elaborar un proyecto de reforma al artículo 57 de la ley Orgánica de Comunicación, con el fin de garantizar a los medios de comunicación el acceso a la mediación como método alternativo de solución de conflictos como lo establece la Constitución de la República del Ecuador.
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 37 100% NO 0 0% TOTAL 37 100 SI 100% NO 0% SI NO
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Entrevista dirigida al Intendente Zonal 3 Centro de la Superintendencia de la Información y Comunicación - SUPERCOM
1. ¿En el ámbito administrativo, es posible efectuar la mediación?
Al ser la mediación un método alternativo de solución de conflictos, reconocida plenamente por la Constitución de la República del Ecuador constituye una fórmula legal admitida en el Estado de Derecho que concuerda con el concepto de la Justicia, todo aquello sería posible con la simple voluntad de las partes involucradas para acceder a este método; motivo por el cual su campo de aplicación es muy amplio porque proyecta satisfactoriamente su potencial al ser una herramienta pacificadora en la resolución de conflictos; y por ende el ámbito administrativo se encuentra dentro de su aplicación.
2. ¿En la actualidad, es posible acudir a la mediación entre un medio de comunicación y la Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM)?
Es importante manifestar que en cualquier conflicto que se suscite, si existe la voluntad de las partes para solucionarlo, es la característica fundamental que debe primar para acudir a la medición, porque como se indicó en la pregunta anterior su campo de aplicación es muy grande que abarca también a los medios de comunicación quienes pueden ser parte de este método en sus controversias.
3. ¿Los derechos de los medios de comunicación se garantizarían de mejor manera si tienen la posibilidad de acudir a la mediación?
Es de vital importancia contar con otra alternativa de conseguir solucionar un conflicto y más aún en el que se respeten los derechos de los medio de comunicación y de esta manera tener la certeza de llegar a acuerdo rápidos y satisfactorios, debido a que la mediación se basa en el respeto de los derechos de las partes que recurren a tratar de solucionar un conflicto, con el propósito de que las dos partes intervinientes tengan un claro beneficio de la conciliación realizada.
4. ¿La Reforma al artículo 57 de la ley Orgánica de Comunicación, garantizará a los medios de comunicación el acceso a la mediación?
De acuerdo a la Constitución de la República, la mediación debe ser aplicada en todos ámbitos posibles, con el propósito de conseguir finiquitar el conflicto a través de un acuerdo en el que las dos partes tengan un beneficio, motivo más que suficiente para indicar que la elaboración de un proyecto de reforma al artículo 57 de la ley Orgánica de Comunicación resulta de gran importancia para garantizar a los medios de comunicación el acceso a la mediación y sobre todo a sus beneficios.
61 2.4. Conclusiones parciales del capítulo
La investigación se halla cimentada en la teoría crítica, sobre una realidad social determinada con el propósito de transformarla, y a la vez de conseguir un cambio en su contexto, razón por la cual se ha propuesto la reforma a la Ley Orgánica de Comunicación, con el fin de garantizar a los medios de comunicación el acceso a la mediación como método alternativo de solución de conflictos.
La modalidad de investigación ha sido mixta, cualitativa y cuantitativa; además se ha utilizado métodos como el inductivo deductivo, analítico sintético e histórico lógico, a través de los cuales se ha fundamentado el desarrollo de la investigación, además de la aplicación de instrumentos de recolección de la información como la encuesta y entrevista que han contribuido a la sustentación positiva de la investigación.
La mediación al ser un método alternativo de solución de conflictos de acuerdo al criterio de los encuestados es muy beneficiosa su aplicación en el campo administrativo, debido a que sería otra opción de solución de la controversia en la SUPERCOM y los medios de comunicación en base al acuerdo voluntario de las partes.
Para el acceso a la mediación de los medios de comunicación y la SUPERCOM es necesario que esta disposición conste en la Ley Orgánica de comunicación, de tal manera que a pesar de estar amparado por la constitución sea parte de la normativa jurídica apropiada.
El 100% de los encuestados en la presente investigación han aseverado que resultaría de gran utilidad el elaborar un Ante proyecto de reforma al artículo 57 de la ley Orgánica de Comunicación, con el fin de garantizar a los medios de comunicación el acceso a la mediación.
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CAPITULO III: VALIDACION Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU