5.5 Identification strategy
5.6.2 Indirect gender effects
El 5 de febrero de 2010, Roberto González Mosso fue secuestrado por un grupo de
hombres armados y encapuchados en el taller mecánico donde trabajaba, en Chilpancingo, Guerrero. Desde entonces, se desconoce su paradero. Existen pruebas contundentes que señalan que los responsables de su desaparición habrían sido miembros del Ejército: según testigos, dos vehículos del Ejército acompañaban al automóvil en el cual llegaron hasta la tienda los captores de González, y los escoltaron al retirarse del lugar tras el secuestro. No obstante, la investigación del caso, a cargo de agentes del Ministerio Público militar, parece no haber logrado muchos avances. Ningún soldado ha sido acusado en relación con el caso, según las averiguaciones realizadas ante el Ministerio Público militar por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero y por defensores de derechos humanos de Guerrero.
El incidente
En su declaración ante el Ministerio Público estatal, el propietario del taller mecánico dijo que se encontraba en su negocio con su hija de 16 años, González, otro empleado y varios clientes cuando, cerca del mediodía, dos vehículos hummer militares pasaron a baja velocidad y se detuvieron a pocos metros de la puerta del local443. Detrás de estos llegó
una camioneta Chevrolet Colorado gris que se detuvo frente al negocio. Cuatro o cinco hombres que llevaban armas largas y el rostro cubierto descendieron de la camioneta, irrumpieron en el local y luego de arrojar al piso con violencia a todos los civiles presentes los obligaron a permanecer en el suelo boca abajo. El propietario del local contó a los agentes del Ministerio Público estatal: “Escuché una de estas personas dijo, ‘identifícalo’. Y una segunda persona escuché que dijo ‘es él’444”. El propietario afirmó que luego los
hombres armados levantaron a González, le gritaron “Párate, hijo de tu chingada madre”, lo subieron a la camioneta pick-up y se fueron, seguidos por los dos vehículos hummer
militares. El propietario informó que, minutos después, vio pasar a la misma camioneta y los vehículos hummer por la puerta del local en dirección contraria.
La esposa de González, Rosa Iris Alcocer Atrisco, dijo a Human Rights Watch que el 5 de febrero, cerca de la 1:30 p.m., recibió una llamada del jefe de su esposo, quien le avisó que el Ejército se había llevado a González445. Alcocer, quien tenía 24 años y trabajaba de empleada
443 Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, “Comparecencia y Declaración Ministerial del Testigo Presencial
Claro Albiter Rebollar”, FRZC/AM/01/08/2010, 19 de febrero de 2010 (en los registros de Human Rights Watch).
444 Ibíd.
445 Entrevista de Human Rights Watch con Rosa Iris Alcocer Atrisco, Chilpancingo, Guerrero, 2 de septiembre de 2010;
Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, “Comparecencia y Declaración Ministerial de Rosa Iris Alcocer Atrisco”, FRZC/AM/01/08/2010, 8 de febrero de 2010.
doméstica, acudió inmediatamente al local, donde el propietario le contó con mayor detalle lo sucedido. Alcocer dijo que, desde allí, fue directamente a la 35° Zona Militar, donde preguntó si habían detenido a su esposo. El Ejército negó que hubiera civiles allí detenidos, y le sugirió que se acercara al Ministerio Público estatal, así como a la Unidad Mixta de Atención al Narcomenudeo, adonde se dirigió acompañada por su cuñada. Todos estos negaron tener información sobre González, al igual que el Ministerio Público federal. La esposa de la víctima regresó a la base militar, donde pidió hablar con alguna autoridad de mayor jerarquía. Alcocer fue recibida por un coronel, quien le informó que sus soldados no habían participado en ningún operativo ese día y que González no se encontraba en la base militar.
La investigación
La esposa de la víctima se acercó a la sede de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero y presentó una denuncia formal por la detención arbitraria y posible desaparición forzada de su marido a manos de militares446. La
denuncia fue remitida a la CNDH.
El 6 de febrero, el día siguiente al secuestro, Alcocer regresó con su hermana y con el hermano de la víctima a la sede del Ministerio Público federal, donde preguntaron si González estaba detenido. La funcionaria que los recibió les dijo que el día anterior habían detenido a dos civiles, y se dirigió al sector de detenidos para averiguar quiénes eran. Alcocer afirma que desde el lugar donde estaba sentada pudo ver que un soldado se acercó a la funcionaria y le habló en voz baja durante varios minutos. Cuando regresó, la funcionaria dijo que se había equivocado y que ningún civil había sido detenido el día anterior447.
El 8 de febrero, la esposa de la víctima presentó una denuncia formal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, y esta institución inició una investigación de la posible desaparición forzada de González. También interpuso un amparo para conocer el paraderode su esposo, y el 10 de febrero un juez de distrito hizo lugar al recurso448. La
justicia preguntó a diversas autoridades si en algún momento González había estado a disposición de ellas, y todas negaron que hubiera estado detenido bajo su
responsabilidad449. La esposa de la víctima señaló a Human Rights Watch que las
446 Rosa Iris Alcocer Atrisco, denuncia formal contra el Ejército, conforme fue presentada ante la Comisión de Defensa de los
Derechos Humanos del Estado de Guerrero, 27 de noviembre de 2009.
447 Entrevista de Human Rights Watch con Rosa Iris Alcocer Atrisco, Chilpancingo, Guerrero, 2 de septiembre de 2010. Y
Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, “Comparecencia y Declaración Ministerial de Rosa Iris Alcocer Atrisco”, FRZC/AM/01/08/2010, 8 de febrero de 2010 (en los registros de Human Rights Watch).
448 Poder Judicial de la Federación, Juzgado Séptimo de Distrito, Chilpancingo, Guerrero, 198/2010, 10 de febrero de 2010. 449 Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, documento donde la 35.° Zona Militar responde a pedido
de información y niega cualquier participación en la detención de Roberto González Mosso, Oficio 5368, 18 de febrero de 2010 (en los registros de Human Rights Watch); Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, documento
autoridades no le habían permitido consultar el expediente porque supuestamente tenía carácter confidencial. Las autoridades del estado pidieron a Alcocer y sus cuatro hijos, de 1, 2, 8 y 10 años de edad, que dieran muestras de sangre para obtener su ADN y cotejarlo en caso de que encontraran algún cuerpo. Un investigador le dijo a Alcocer que la única manera de impulsar la investigación del caso sería que ella misma obtuviera más información.
En noviembre de 2010, los agentes del Ministerio Público civil remitieron la investigación al Ministerio Público militar450. El hermano de la víctima informó que el 11 de diciembre de
2010 llamó al teléfono celular de la víctima y atendió una persona cuya voz no reconoció. Cuando preguntó por la víctima, la persona cortó. Volvió a llamar al día siguiente, y respondió una mujer. Cuando preguntó nuevamente por su hermano, la mujer comenzó a gritar y le dijo que no volviera a llamar. Los familiares de la víctima señalaron que, cuando informaron esto al agente del Ministerio Público militar a cargo del caso, este dijo que no era importante y no hizo ninguna gestión para localizar el teléfono celular451.
Desde el inicio de la investigación, los familiares de la víctima han tenido poco contacto con los agentes del Ministerio Público militar, y hasta agosto de 2011 desconocían si estos habían logrado algún avance en la investigación452.