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5.7 Conclusion

5.8.3 Tables from section 5.6.2

José René Luna Ramírez y José Everado Lara Hernández, ambos de 23 años y ex escoltas del entonces alcalde de Santa Catarina, Nuevo León, desaparecieron el 2 de mayo de 2007. En ambos casos, los testigos afirman que las víctimas habían sido secuestradas por

hombres que vestían uniformes de las fuerzas de seguridad estatales. Sin embargo, los agentes del Ministerio Público estatal a cargo de los casos no han adoptado medidas suficientes para investigar estas y otras pruebas que señalan que podría haber habido participación de funcionarios estatales. A su vez, los esfuerzos de los familiares de Lara Hernández para exigir una investigación más exhaustiva fueron infructuosos y solamente consiguieron que se amenazara a la madre de la víctima. Nadie ha sido acusado ni condenado como resultado de las investigaciones.

donde el agente del Ministerio Público estatal responde a pedido de información y niega cualquier participación en la detención de Roberto González Mosso, DEGRO/0621/2010, 17 de febrero de 2010 (en los registros de Human Rights Watch); Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, documento donde la Subprocuraduría de

Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) responde a pedido de información y niega cualquier participación en la detención de Roberto González Mosso, DEGRO/0621/2010, 17 de febrero de 2010 (en los registros de Human Rights Watch).

450 Mensaje de correo electrónico enviado por Hegel Mariano Ramírez, 1 de agosto de 2011. Según los familiares, el número asignado al caso por los agentes del Ministerio Público militar es FRZC/AM/01/08/2010.

451 Ibíd.

Los secuestros

El 2 de mayo de 2007, aproximadamente a las 6:50 a.m., Luna Ramírez fue secuestrado afuera de su vivienda cuando salía para ir a trabajar453. La tía de la víctima informó a

Human Rights Watch que un vecino vio cuando se llevaban a Luna Ramírez esa mañana. El vecino dijo que un grupo de hombres uniformados y con la insignia de la Agencia Federal de Investigación (AFI), que llevaban armas de “alto calibre”, subieron a la víctima a un vehículo blanco y se la llevaron. El testigo tomó nota de cuatro números de la matrícula del vehículo. Ese mismo día, el padre de la víctima presentó una denuncia ante el Ministerio Público estatal en Santa Catarina.

Lara Hernández fue llevado esa misma mañana, cerca de las 7:45 a.m., cuando salía de la estación de la Policía Municipal donde trabajaba. Los testigos dijeron a familiares de la víctima que había sido obligado a bajar de su automóvil a punta de pistola por tres hombres con uniformes militares, quienes lo subieron a una camioneta que estaba esperando. Su esposa presentó una denuncia ante el Ministerio Público estatal ese mismo día454.

Investigaciones y amenazas contra familiares

Familiares de ambas víctimas dijeron a Human Rights Watch que los agentes del Ministerio Público no habían tomado suficientes recaudos para llevar adelante la investigación. La tía de Luna Ramírez indicó que informó varias veces a agentes del Ministerio Público que un vecino de la víctima había presenciado el secuestro y había tomado nota de parte del número de matrícula y del modelo del automóvil de los

secuestradores. Pese a ello, según dijo, los agentes del Ministerio Público no se habrían ocupado de entrevistar al testigo. Dos años después del incidente, cuando se enteró de que las autoridades aún no habían intentado entrevistar al testigo, regresó al Ministerio Público para protestar. Los agentes del Ministerio Público le dijeron que si deseaba que entrevistaran al testigo debía programar un encuentro. Cuando la tía de la víctima se reunió con agentes del Ministerio Público para preguntarles si había avanzado la investigación, le dijeron “Si ustedes no tienen noticias, nosotros tampoco”.

También contó a Human Rights Watch que se reunió con el entonces alcalde de Santa Catarina poco después de la desaparición de la víctima, y este le dijo que posiblemente hubiera funcionarios estatales involucrados en su detención, pero no ofreció efectuar ninguna intervención. Los familiares de la víctima presentaron una denuncia ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León en diciembre de 2009, pero

453 Entrevista de Human Rights Watch con María Juliana Ramírez Camacho, tía de la víctima, Monterrey, Nuevo León, 11 de

diciembre de 2010. Según la tía de la víctima, el número de expediente en el Ministerio Público estatal es AP 150/2007-II.

454 Entrevista de Human Rights Watch con Maximina Hernández Maldonado, madre de la víctima, Monterrey, Nuevo León, 11 de

señalaron que, más allá de completar un formulario con la denuncia, la Comisión no había adoptado ninguna otra medida al respecto. Los familiares dijeron que no han tenido noticias de la Comisión desde que mantuvieron ese encuentro.

En el caso de Lara Hernández, la madre de la víctima se acercó al lugar del secuestro el mismo día en que este se produjo. Relató a Human Rights Watch que Policías Municipales que estaban custodiando el lugar de los hechos la llevaron a la sede local de la Agencia Estatal de Investigación y la hicieron esperar durante tres horas. Dijo haber sido interrogada por un policía que le informó que la habían llevado allí por “razones de seguridad”. Cuando se negó a sentarse, el policía le dijo: “siéntate o te sentamos”. El policía le preguntó sobre el comportamiento de su hijo en los últimos tiempos y si había cambiado la forma de vestirse. Cuando la madre le respondió que debían estar buscando a su hijo en vez de hacer

preguntas sobre él, el policía le gritó “¡Por tu culpa están matando más policías!”,

refiriéndose a miembros de la delincuencia organizada. La madre de la víctima contó que en un momento durante el interrogatorio, el policía le habría dicho “¿No entiendes que soy de Sinaloa?”, y que ella interpretó esta declaración como una amenaza455.

El 2 de septiembre de 2011, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias informó a los familiares de Lara Hernández y Luna Ramírez que ambos casos estaban siendo investigados por el Grupo, y que habían solicitado información al gobierno mexicano relativa a los casos456.

El 16 de septiembre de 2011, un policía que trabajaba con Lara Hernández declaró ante el Ministerio Público estatal. Señaló que otros dos policías le habían dicho que Lara

Hernández había sido secuestrado por el entonces de jefe de la Policía Municipal en Santa Catarina457. Por su parte, otro policía —también el 16 de septiembre— prestó un testimonio

oficial en el cual indicó que dos policías le habían contado que habían secuestrado a Lara Hernández y lo habían entregado a la delincuencia organizada458. Dos policías han sido

455 Sinaloa es un estado con alta prevalencia de violencia vinculada al tráfico de drogas, y es la base de una de las

organizaciones de narcotráfico más poderosas de México, el Cartel de Sinaloa. La madre de la víctima dijo haber

interpretado que, con este comentario, el policía insinuaba que estaba dispuesto a lastimarla o matarla si no proporcionaba la información que le pedía.

456 Carta enviada por el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias a la organización de

derechos humanos Ciudadanos en Apoyo de Derechos Humanos (CADHAC), 2 de septiembre de 2011 (en los registros de Human Rights Watch).

457 Testimonio de Luis Federico Rivera Eguía, proporcionado el 16 de septiembre de 2011, Procuraduría General de Justicia

del Estado de Nuevo León, Averiguación 147/2007/11-3, Monterrey, Nuevo León (en los registros de Human Rights Watch), proporcionado por CADHAC.

458 Testimonio de Jesús Eligio Mena, proporcionado el 16 de septiembre de 2011, Procuraduría General de Justicia del Estado

de Nuevo León, Averiguación 147/2007/11-3, Monterrey, Nuevo León (en los registros de Human Rights Watch), proporcionado por CADHAC.

detenidos mediante arraigo en relación con la desaparición de Lara Hernández, según información obtenida del Ministerio Público por una ONG en Nuevo León459.