teaching of German
3.8 Towards ‘communicative language teaching’ 1 Introduction
3.8.3 Other developments within the ‘communicative’ context
s
entenciadeLtribunaLconstitucionaLEn Lima, a los once días del mes de julio de dos mil dos, reunido el Tribunal Constitucio- nal en sesión de Pleno Jurisdiccional, con asistencia de los señores Magistrados Rey Te- rry, Vicepresidente; Revoredo Marsano, Alva Orlandini, Bardelli Lartirigoyen, Gonzales Ojeda y García Toma, pronuncia la siguiente sentencia.
a
suntoRecurso extraordinario interpuesto por el Sindicato Unitario de Trabajadores de Telefó- nica del Perú S.A. y la Federación de Trabajadores de Telefónica del Perú (FETRATEL) contra la sentencia expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Dere- cho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas seiscientos setenta y siete, su fecha nueve de marzo de dos mil uno, que declaró improcedente la acción de amparo de autos.
(…)
f
undamentos(…)
Los efectos inter privatos de los derechos constitucionales
6. La Constitución es la norma de máxima supremacía en el ordenamiento jurídico y, como tal, vincula al Estado y la sociedad en general. De conformidad con el artículo 38 de la Constitución, “Todos los peruanos tienen el deber (...) de respetar, cumplir (...) la Constitución (...)”. Esta norma establece que la vinculatoriedad de la Constitu- ción se proyecta erga omnes, no solo al ámbito de las relaciones entre los particulares y el Estado, sino también a aquellas establecidas entre particulares. Ello quiere de- cir que la fuerza normativa de la Constitución, su fuerza activa y pasiva, así como su fuerza regulatoria de relaciones jurídicas se proyecta también a las establecidas entre particulares, aspecto denominado como la eficacia inter privatos o eficacia frente a terceros de los derechos fundamentales. En consecuencia, cualquier acto provenien- te de una persona natural o persona jurídica de derecho privado, que pretenda con- culcar o desconocerlos, como el caso del acto cuestionado en el presente proceso, re- sulta inexorablemente inconstitucional.
7. Esto mismo ha de proyectarse a las relaciones privadas entre empleador y trabajador como el caso de Telefónica del Perú S.A.A. y de los demandantes, respectivamen- te. Si bien aquella dispone de potestades empresariales de dirección y organización y, constituye, además, propiedad privada, aquellas deben ejercerse con irrestricto
respeto de los derechos constitucionales del empleado o trabajador. En la relación la- boral se configura una situación de disparidad donde el empleador asume un status particular de preeminencia ante el cual el derecho y, en particular, el derecho consti- tucional, se proyecta en sentido tuitivo hacia el trabajador. Desde tal perspectiva, las atribuciones o facultades que la ley reconoce al empleador no pueden vaciar de con- tenido los derechos del trabajador; dicho de otro modo, no pueden devenir en una forma de ejercicio irrazonable. Es por esto que la Constitución precisa que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales ni desco- nocer o disminuir la dignidad del trabajador (art. 23, segundo párrafo). Es a partir de esta premisa impuesta por la Constitución que debe abordarse toda controversia sur- gida en las relaciones jurídicas entre empleador y trabajador, en todo momento: al inicio, durante y al concluir el vínculo laboral. Por esta razón, la culminación de la relación laboral por voluntad unilateral del empleador, como en la presente contro- versia, debe también plantearse tomando como base a la eficacia inter privatos de los derechos constitucionales. (…) SS. rEY TErrY rEVOrEDO MArSANO ALVA OrLANDINI BArDELLI LArTIrIGOYEN GONZALES OjEDA GArCÍA TOMA
ÍNDICE GENErAL
CAPÍTULO I
UN REPASO AL DERECHO COMPARADO
1. la experiencia mexicana ... 9
2. la experiencia argentina ... 10
2.1. la ley 16986 y el código Procesal civil y comercial de la nación ... 11
2.2. la reforma constitucional de 1994 ... 13
3. la experiencia española ... 15
4. la experiencia colombiana ... 18
CAPÍTULO II
RESIDUALIDAD Y “VÍAS PREVIAS”
1. antecedentes ... 212. la constitución de 1993 ... 22
3. la derogada ley nº 23506 y el código Procesal constitucional ... 22
4. concepto y fundamento. crítica a la necesidad de agotar la vía administrativa ... 23
5. las vías previas en el ámbito administrativo ... 25
5.1. alcances ... 25
5.2. la jurisprudencia durante la vigencia de la constitución de 1993 ... 26
7. Vía previa y arbitraje ... 30
7.1. la necesidad de agotar el recurso de anulación ... 30
7.2. la precisión efectuada por el tc en el caso Proime contratistas generales s.a.: el amparo directo contra laudos ... 32
7.3. un posible debate: el “recurso de anulación” ¿vía previa o vía paralela? ... 32
7.4. necesidad de agotar el recurso de anulación: la residualidad precisada por la nueva ley de arbitraje ... 33
8. las vías previas en las relaciones entre particulares ... 34
9. consecuencias por su falta de agotamiento ... 35
10. excepciones al agotamiento de las vías previas ... 36
10.1. la ejecución de una resolución administrativa ... 37
10.2. la irreparabilidad de la agresión ... 41
10.3. la ausencia de regulación o su empleo innecesario ... 45
10.4. el vencimiento del plazo establecido para su resolución ... 47
10.5. ¿existen otras excepciones? ... 49
CAPÍTULO III
RESIDUALIDAD Y VÍAS PARALELAS
1. antecedentes ... 552. la constitución de 1993 ... 56
3. la derogada ley nº 23506 y el cambio introducido por el código Procesal consti- tucional: del amparo “alternativo” al amparo “residual” ... 57
4. concepto y fundamento ... 60
5. la jurisprudencia durante la vigencia del código Procesal constitucional ... 63
5.1. Vía igualmente satisfactoria y proceso contencioso-administrativo ... 63
5.2. Vía igualmente satisfactoria y proceso laboral ... 65
5.3. los criterios establecidos por la sala Plena de la corte suprema ... 68
6. la reforma del proceso contencioso-administrativo: el proceso urgente para tutelar el contenido esencial del derecho a la pensión ... 69
jUrISPrUDENCIA VINCULADA
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eXP. nº 1042-2002-aa/tc-lima. sindicato unitario de trabajadores municipalesdel rímac ... 73