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La educación, si bien en un principio pareció ser un asunto de mero interés particular, con el tiempo el Estado se ha venido interesando en ella, dado el grado de trascendencia que tiene para la colectividad. En efecto, ha decidido que la educación, elevada a canon constitucional, en armonía con el carácter de derecho y de servicio público, sea manejada como tema de interés público y para ello la definió como política pública.

Al respecto, el profesor BETANCUR Luis Ignacio nos enseña qué se debe entender por política pública: “una política pública consiste en definir si al

37 MELO SALCEDO, Ileana Marlitt.

Reconocimiento jurídico y concepto del derecho a la

educación en la Constitución Política de Colombia. En GONZÁLEZ IBÁÑEZ, Joaquín. Opus

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aparato estatal le interesa un determinado sector; si le interesa, de qué manera se desea que se comporte y, por último, cómo actuará el Estado para alcanzar el objetivo”38.

Pues bien, el Estado se ha interesado en la educación señalándole un lugar prioritario dentro de todas sus actividades porque este es un tema álgido y muy importante para el país. La educación que se imparte hoy en día en las instituciones educativas aún no llega a toda la población ni es de calidad, y por ello no aporta significativamente al progreso personal y social. Por tanto, requiere revisar los contenidos que se enseñan, los medios financieros, didácticos y pedagógicos que se emplean, las condiciones físicas (infraestructura) en las que se imparte la enseñanza y, sobre todo, la idoneidad de los docentes.

El mismo profesor BETANCUR acertadamente señala que en Colombia

… hay una Política Pública sobre educación porque se dan tres elementos: la Sociedad colombiana decidió escogerla como objeto de

38 BETANCUR, Luis Ignacio.

Política pública y regulación en algunos servicios públicos. En

LIZARAZO RODRÍGUEZ, Liliana y ANZOLA GIL, Marcela. La regulación económica: tendencias y desafíos. Bogotá, 2004, p 191.

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la atención del Estado; los propósitos buscados son los de que toda la población reciba enseñanza por lo menos básica, que tal enseñanza sea útil a los educandos y que no se restrinja la libertad en materia de creencias; los instrumentos para lograr tales objetivos incluyen la financiación con gasto público, la oferta en centros oficiales de educación y la regulación para los centros educativos de los particulares39.

Quiere decir que la educación en adelante es considerada como una decisión pública bien pensada y adecuadamente planeada, teniendo en cuenta al ciudadano como protagonista principal. En efecto, “la educación entendida como actividad de decisión pública requiere entender al ciudadano como sujeto actor”40 de su propio destino y del de la sociedad en general. Por eso la ciudadanía debe participar en el debate sobre el tipo de educación que más conviene para el tipo de persona que se quiere formar y el tipo de país que se quiere construir.

39 Ibídem, p. 193.

40 GONZÁLEZ IBÁÑEZ, Joaquín.

Educación y pensamiento republicano cívico. La búsqueda de la renovación de la ciudadanía democrática. Valencia, Editorial Germania S.L., 2005, p.

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Hacia este fin el Estado dirige todos sus esfuerzos, tanto humanos como técnicos y financieros, para lograr en un tiempo determinado lo que la educación debe ser: medio de progreso personal, económico y social, porque “si se decide tener una política pública es porque se pretende maximizar el bienestar colectivo”41.

Para tal efecto, se ha reiterado que dicho servicio público sea prestado tanto por el Estado en forma directa, como por los particulares, en forma indirecta, con lo cual renueva la confianza que tiene en los particulares que a lo largo de la historia han manejado el tema con seriedad. Obviamente, el Estado se ha reservado la dirección, inspección, vigilancia y control de la educación, que realiza a través del Ministerio de Educación Nacional, para lo cual fija como criterios de prestación la cobertura (universalidad), los contenidos de la formación, la gratuidad del servicio y la calidad del mismo.

La política pública educativa se convierte entonces en la herramienta empleada por el Estado para favorecer y garantizar el cumplimiento del

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derecho a la educación, considerado como un bien público fundamental42 y

de interés general.

Pero como sostiene ROTH André43, hablando de la política pública de

derechos humanos en Colombia, la mera proclamación de la educación y su incorporación en el texto constitucional como derecho de las personas y como servicio público a cargo del Estado, la adopción de una legislación nacional y la formulación de una política pública al respecto son elementos necesarios pero no suficientes para garantizar el respeto adecuado y creciente de este derecho.

Sin embargo, recientemente, los últimos gobiernos han mostrado interés para que la educación sea en verdad política pública. La razón de ello está en que se ha demostrado que si bien se han destinado más recursos económicos, la educación aún sigue estando de espaldas a la realidad del país. Muchos estudiantes no saben para qué les sirve lo que aprenden, o si lo que aprenden es en realidad lo que se necesita para construir un nuevo país.

42 ROTH D, André-Noêl.

Discurso sin compromiso. La política pública de derechos humanos

en Colombia. Ediciones Aurora. Bogotá, 2006, p. 60.

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Como forma de corregir tal situación, últimamente se ha planteado el tema

educativo por decenios44, donde se invita a la sociedad en general a debatir

sobre lo que debe ser la educación y los contenidos que se deben enseñar. Hay que señalar que esto ya es un avance significativo por cuanto los contenidos no vienen impuestos a la brava desde arriba, del gobierno, sino que la comunidad con su participación ayuda a definir el tipo de educación que se debe impartir para el tipo de persona que se quiere formar y el nuevo país que se aspira a construir.

En atención, pues, a la importancia de la política pública educativa, esto es de interés público, la sociedad en general debe revisar el grado de cumplimiento que el Estado tiene con este cometido, para que, en el caso de que no se estén logrando las metas previstas, se estudie la posibilidad de determinar la responsabilidad de la administración por este hecho.

44 El plan decenal de educación “es un ejercicio de planeación en el que la sociedad determina las grandes líneas que deben orientar el sentido de la educación para los próximos diez años. En ese orden de ideas, es el conjunto de propuestas, acciones y metas que expresan la voluntad del país en materia educativa. Su objetivo es generar un acuerdo nacional que comprometa al gobierno, los diferentes sectores de la sociedad y la ciudadanía en general para avanzar en las transformaciones que la educación necesita”. http://www.plandecenal.edu.co/html/1726/article-158430.html. Consulta hecha el 20 de agosto de 2008.

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