En tal caso, la publicación de un anuncio de información previa no será obligatoria y el anuncio de contrato no se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, sino tan solo en el país socio y en el sitio web de EuropeAid, con la dirección en que las empresas podrán obtener información complementaria. El anuncio de contrato para una licitación local deberá publicarse al menos en el boletín oficial del país socio o en un medio equivalente. Esa publicación será responsabilidad del país socio.
Dado que el coste de la publicación del anuncio de contrato íntegro en los medios de comunicación nacionales puede ser elevado, el modelo que figura en el anexo D3 recoge la información mínima que debe contener el anuncio publicado a escala nacional. No obstante, el texto íntegro del anuncio de contrato deberá poder obtenerse en la dirección indicada en la publicación, junto con el expediente de licitación.
Es importante recordar que las licitaciones abiertas locales deberán garantizar la participación de otros contratistas aptos en la misma medida que la de los contratistas locales. Estará prohibida toda condición destinada a restringir la participación de otros contratistas aptos (por ejemplo, la obligación de registrarse en el país socio, de que se les hayan adjudicado ya contratos locales, etc.).
En este procedimiento, el plazo mínimo entre la fecha de publicación del anuncio de contrato en la prensa local y la fecha límite fijada para la recepción de las ofertas será de 60 días. No obstante, en casos excepcionales, podrá concederse un plazo más breve de conformidad con los procedimientos internos, y sujeto a la previa autorización de la autoridad competente de la Comisión Europea. Si resulta imposible identificar a los posibles licitadores en una licitación abierta local, deberá publicarse un anuncio de aclaración o corrección en la que figuren los cambios introducidos en el expediente de licitación. Podrá concederse una prórroga del plazo de recepción de las ofertas para que los candidatos puedan tener en cuenta los cambios. Cualquier aclaración realizada durante el procedimiento de licitación deberá publicarse a escala local y en el sitio web de EuropeAid, y deberá adjuntarse una referencia a la misma en el anuncio de contrato recapitulativo (anexo D3).
Las medidas aplicables en el marco de un procedimiento abierto, según se establece en la sección 5.3., se aplicarán por analogía en el procedimiento restringido para los contratos de obras. La diferencia principal radica en que el número mínimo de evaluadores en el Comité de Evaluación será de tres.
PROGRAMAS FINANCIADOS CON CARGO AL FED
En el caso de los contratos de obras por un importe inferior a 5 000 000 EUR, los licitadores de los Estados ACP se beneficiarán, siempre que como mínimo una cuarta parte del capital y del personal de dirección sea originario de uno o varios Estados ACP, de una preferencia de precio del 10 % en la evaluación financiera.
Además, si dos ofertas de obras se consideran equivalentes, se dará preferencia:
a) al licitador de un país ACP; o
b) en su defecto, al licitador que:
i) permita el mejor uso posible de los recursos físicos y humanos de los Estados ACP;
ii) ofrezca las mejores posibilidades de subcontratación a las sociedades, empresas o personas físicas de los Estados ACP; o
iii) sea un consorcio de personas físicas, sociedades y empresas de Estados ACP y de la Unión Europea.
5.6. Procedimiento negociado en régimen competitivo
El Órgano de Contratación podrá adjudicar contratos por un importe inferior a 300 000 EUR mediante un procedimiento negociado en régimen competitivo, sin publicación del anuncio de contrato. El Órgano de Contratación elaborará una lista de al menos tres contratistas de obras, justificando su elección. Los candidatos seleccionados recibirán la carta de convocatoria de licitación junto con el expediente de licitación. El anuncio de contrato no se publicará, pero se incluirá en el expediente de licitación, ya que contiene información importante para las empresas invitadas a participar en la licitación.
El anexo DS1 contiene un expediente de la contratación específico para los procedimientos negociados en régimen competitivo.
Las ofertas deberán remitirse al Órgano de Contratación a la dirección indicada en la convocatoria para la presentación de ofertas, a más tardar en la fecha y hora señaladas en dicha convocatoria. Deberá concederse a los candidatos seleccionados un plazo mínimo de 30 días a partir de la fecha de envío de la carta de convocatoria.
Las ofertas deberán ser abiertas y evaluadas por un Comité de Evaluación que disponga de la cualificación técnica y administrativa necesaria, designado por el Órgano de Contratación. Si, tras la consulta de los licitadores, el Órgano de Contratación recibe solamente una oferta que sea administrativa y técnicamente válida, podrá adjudicarse el contrato a condición de que se cumplan los criterios de adjudicación.
En caso de producirse un fallo en el procedimiento negociado en régimen competitivo, el contrato podrá adjudicarse mediante el procedimiento negociado previa, autorización de los servicios competentes de la Comisión Europea. El resto del procedimiento (incluida la preparación del
expediente de licitación, la evaluación de las ofertas y la adjudicación del contrato) será el mismo que para el procedimiento abierto internacional (véanse las secciones 5.3.2. a 5.3.11.2.).
PROGRAMAS FINANCIADOS CON CARGO AL FED:
En el caso de los contratos de obras por un importe inferior a 5 000 000 EUR, los licitadores de los Estados ACP se beneficiarán de una preferencia del 10 % en la evaluación financiera, siempre que como mínimo una cuarta parte del capital y del personal de dirección sea originario de uno o varios Estados ACP.
Además, si dos ofertas de obras se consideran equivalentes, se dará preferencia:
a) al licitador de un país ACP; o
b) en su defecto, al licitador que:
i) permita el mejor uso posible de los recursos físicos y humanos de los Estados ACP;
ii) ofrezca las mejores posibilidades de subcontratación a las sociedades, empresas o personas físicas de los Estados ACP; o
iii) sea un consorcio de personas físicas, sociedades y empresas de Estados ACP y de la Unión Europea.