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5.2 CUSTOM CONFIGURATION RESPONSES
Libertad e igualdad constituyen los principios políticos de un régimen democrático liberal y deberían ser el verdadero núcleo de una teoría de la justicia en la democracia moderna. Pero hay muchas
101 Claude Lefort, Democracy and Political Theory, Oxford, 1988, pág. 19. 102 Rawls,«The Idea of an Overlapping Consensus». pág. 10.
interpretaciones posibles de esos principios, el tipo de relaciones en que deben aplicarse y su modo de ínstitucionalización. La afirmación de Rawls según la cual había encontrado la solución racional a esta cuestión debe ser rechazada de plano. Puesto que es imposible una solución que provea de un punto de vista indiscutido y «públicamente reconocido desde el cual todos los ciudadanos puedan examinar entre ellos si sus instituciones políticas y sociales son justas o no».103 La
verdadera característica de la democracia moderna es impedir esa fijación final del orden social y hacer imposible que un discurso establezca una sutura definitiva. En verdad, los diferentes discursos intentarán dominar el campo de la discursividad y crear puntos nodales mediante la práctica de la articulación, pero sólo pueden tener éxito en la fijación temporal de un significado.
Parte de la lucha típica de la política moderna estriba en constituir un cierto orden, en fijar relaciones sociales en torno a puntos nodales, pero los éxitos son necesariamente parciales y precarios debido a la permanencia de fuerzas antagónicas. Los discursos acerca de la justicia forman parte de esa lucha porque, al proponer interpretaciones conflictivas de los principios de libertad e igualdad, proporcionan fundamentos de legitimación a diferentes tipos de demandas, crean formas particulares de identificación y modelan las fuerzas políticas. En otras palabras, desempeñan un papel importante en el establecimiento de una hegemonía específica y en la construcción del sentido de la «ciudadanía» en un momento dado. Una hegemonía exitosa significa un período de relativa estabilización y la creación de un «sentido común» ampliamente compartido, pero es preciso distinguir entre un consenso superpuesto y el acuerdo racional que Rawls busca. Lejos de proporcionar el final, la solución racional al problema de la justicia —que en la democracia moderna está condenada a permanecer como pregunta permanente y sin resolver—, la justicia como equidad es sólo una de las posibles interpretaciones de los principios de igualdad y de libertad. Por cierto que es una interpretación progresista y que en el contexto de la reafirmación agresiva del neoliberalismo y sus ataques a los derechos del bienestar y a la ampliación del campo de la igualdad, las intenciones de Rawls son encomiables. Pero deben verse como una intervención en un debate en curso y no pueden aspirar a un estatus privilegiado con respecto a otras interpretaciones más o menos radicales. Puede que el énfasis puesto en el procedimiento de elección radical sea mera retórica —dado el actual contexto intelectual— e incluso que produzca efectos políticos, pero no es garantía de objetividad.
Se ha acusado a Rawls de reducir la justicia a igualdad y de presentar una visión igualitaria muy lejana de la credibilidad para los significados compartidos dominantes en Estados Unidos. Pero no es esto lo que importa; el problema no está en cómo refleja los valores reales de los norteamericanos, pues lo que está realmente en juego es su transformación. Como ha dicho John Schaar, Rawls propone «un
cambio básico en nuestra definición operativa de igualdad y desea alejarse de nuestra presente comprensión de igualdad de
oportunidades».104 Propone una nueva articulación que —en caso de
tener éxito— podría redefinir el «sentido común» de las democracias liberales y dar un nuevo significado al ciudadano. Creo que es una tarea importante y que hoy necesitamos una concepción política de la justicia capaz de proporcionar un polo de identificación para las fuerzas democráticas, al tiempo que un nuevo lenguaje de ciudadanía para enfrentar las concepciones individualistas basadas en la eficiencia de la libertad individual al estilo de Hayek o Nozick.
Pero si estamos de acuerdo en enfocar la teoría de Rawls desde este punto de vista, la verdadera pregunta que debiéramos formularnos versa sobre la eficacia del cumplimiento de ese papel. El examen que ha de aprobar un discurso que apunte a establecer nuevas formas de articulación es su adecuación a la hora de crear un vínculo entre principios reconocidos y demandas no formuladas hasta entonces. Sólo si consigue construir nuevas posiciones subjetivas podrá arraigar realmente en la identidad política de la gente. Tengo la impresión de que, desde ese punto de vista, las perspectivas de la justicia como equidad no son muy buenas. Es una teoría elaborada en la era de la «gran sociedad» y aborda un tipo de política democrática desplazada en las décadas posteriores. Surgieron nuevos temas políticos y se crearon nuevas formas de identidades y comunidades, de modo que no es probable que un tipo tradicional de concepción socialdemocrática de la justicia, exclusivamente centrada en las desigualdades económicas, consiga captar la imaginación de los nuevos movimientos sociales. Una concepción política de justicia con poco espacio para las nuevas demandas que se ponen de manifiesto en el movimiento de las mujeres, el movimiento gay, el ecologista y el antinuclear, entre otros movimientos antiinstitucionales, aun cuando se proponga defender y profundizar los ideales de libertad y de igualdad presentes en nuestra cultura democrática, no estará en condiciones de crear el consenso agregado que se necesita para el establecimiento de una nueva hegemonía. También hay que tomar en cuenta el que los ataques de la derecha contra la intervención y la burocratización del Estado han definido un nuevo terreno ideológico y que su desconstruccíón requiere una estrategia discursiva que puede proporcionar nuevas formas de articulación a las resistencias antiestatales. Son demasiado evidentes los inconvenientes de Rawls a este respecto, pues su teoría de la justicia implica un gran volumen de intervención estatal.
En Spheres of Justice, Michael Walzer propone una concepción pluralista de justicia, para él mejor adaptada a la defensa de un ideal igualitario en nuestros días y más sensible a las actuales luchas políticas. Walzer critica el ideal de «simple igualdad» porque necesitaría la continua intervención del Estado, y sostiene que «la igualdad no puede ser una meta de nuestra política a menos que
104 John Sehaar, Legitimacy In the Modern State, Transaction Books, 1981, pág.
seamos capaces de describirla de tal manera que nos proteja de la
tiranía moderna de la política, la dominación del partido/Estado».105
La solución de la igualdad compleja que Walzer propone intenta evitar esos problemas distinguiendo diferentes esferas de justicia con sus respectivos principios distributivos. Afirma que los principios de justicia debieran ser plurales en la forma y que los diferentes bienes debieran distribuirse de acuerdo con diferentes procedimientos y a través de diferentes agentes. Aun cuando Walzer no aborda directamente la cuestión que plantean las demandas de los nuevos movimientos, su enfoque general podría ser útil para tratarlos, pues, contrariamente a Rawls, nos proporciona un marco pluralista que resulta decisivo para la formulación de una teoría adecuada de la justicia y una concepción de ciudadanía en la actual etapa de la política democrática.