3.1 Integrated iterative imputation
3.2.2 EMC-NetGSA
Para validar la presente propuesta de reforma al artículo 11 del Código Orgánico Integral Penal, se ha considerado el criterio de juristas que están inmersos en los procesos penales, los cuales ejercen la profesión en la provincia de Los Ríos, y validan el estudio sustentado en su experiencia.
Ab. Fernando Javier Verdezoto Bonilla Ab. Cristina Alexandra Marín
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3.8 CONCLUSIONES
De la investigación realizada se ha obtenido las siguientes conclusiones:
1. El Código Orgánico Integral Penal, en el artículo 11 de los Derechos de la víctima, no trata sobre el aspecto económico a favor de las víctimas o testigos que están relacionados en un proceso penal.
2. El reglamento sustitutivo del Programa de Protección y Asistencia a Víctimas, Testigos, no protege íntegramente a las personas participantes en el proceso penal, al no considerar de manera explícita la situación económica de los involucrados en los procesos judiciales.
3. Existe inseguridad jurídica para las víctimas, testigos y demás participantes del proceso penal, porque pierden su estabilidad económica, además de la inseguridad personal. El estado no reconoce de acuerdo a los ingresos percibidos antes de intervenir en el proceso penal.
4. En general no existen medidas de seguridad y apoyo por parte del sistema de Protección a víctimas, testigos y otras personas que están inmersas en el proceso penal. En especial en la seguridad personal y económica.
3.9 RECOMENDACIONES
1. Implementar medidas de celeridad en el proceso que permita proteger a víctimas, testigos y otros actores del proceso penal, para precautelar su seguridad personal y puedan denunciar los hechos delictivos para que no queden en la impunidad.
2. No permitir que el N.N. o el N.A. en el proceso se enfrente con la víctima o el testigo protegido, con la finalidad de mantener las aseveraciones contra el agresor para que los delitos no queden en la impunidad.
3. Que las víctimas y testigos cuenten con asistencia económica, con la finalidad de garantizar un entorno menos dramático y permitir que pueda ofrecer una vida digna a su familia.
4. Que se socialice la propuesta de intervención jurídica para que la misma sea considera para ponerla en análisis de la Asamblea Nacional.
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ANEXOS
Encuesta aplicada a los abogados en libre ejercicio profesional 1. ¿Ha participado usted en procesos de tipo penal?
Si No
2. ¿Es correcta la fundamentación de las medidas de protección a víctimas y testigos?
Si No
3. ¿Conoce el rol de la víctima en el nuevo proceso penal? Si
No
4. ¿Conoce usted cual es la participación de la víctima en los procesos penales especiales?
Si No
5. ¿Considera usted que la protección al denunciante es la correcta de acuerdo a la legislación interna?
Si No
6. ¿A su criterio el mecanismo de acogida y soporte emocional a las víctimas y testigos en los casos de violencia de género, es el adecuado?
No
7. ¿Cree usted que las medidas de protección a víctimas y testigos son eficaces? Si
No
Desconozco
8. ¿Se ha capacitado a los abogados en libre ejercicio profesional sobre la fundamentación jurídica de las medidas de protección a víctimas y testigos? Si
No
9. ¿Considera usted que la víctima o testigo que ingresas al Sistema de Protección debe tener una situación económica similar a la que tenía antes de entrar al programa?
Si No
10. ¿Está de acuerdo con la presente investigación? Si
No