El Código de Procedimiento Civil establece la rebeldía como la institución en la que cualquier de las partes puede incurrir dentro del proceso, pero está rebeldía en relación con el demandado es mucho más grave en razón de que el rebelde puede participar en el proceso pero en absoluta desventaja, especialmente por no haber podido contradecir con las suyas las pruebas del actor.
En aplicación de los términos y plazos establecidos en el Código de Procedimiento Civil, los Jueces han declarado precluidas las diferentes secuelas procesales, impidiendo así que el demandado pueda ejercer su defensa en cualquier estado de la causa como lo establece la Constitución de la República, cuya supremacía es desdeñada por los juzgadores.
Es necesario reformar el Código de Procedimiento Civil, estableciendo la posibilidad de que más allá de las etapas precluidas, antes de dictarse sentencia el rebelde que no pudo contradecir la prueba del actor, ejerza su defensa solicitando sus pruebas pertinentes bajo la sola condición de sujetarlas a la eventual contradicción, con lo que se garantizaría la seguridad jurídica.
Los Jueces y Abogados encuestados, están de acuerdo en que al no permitir el derecho de defensa en cualquier estado del proceso, es un acto atentatorio a los derechos constitucionalmente garantizados en la legislación ecuatoriana.
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De tal manera que en atención a la opinión casi generalizada de los profesionales, urge que se haga realidad la reforma al Código de Procedimiento Civil, permitiendo hacer efectiva el derecho a la defensa en cualquier estado de la causa, sin que por ello se le declare en rebeldía.
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RECOMENDACIONES
1) La importancia del tema tratado en este trabajo de Tesis debe comprometer primordialmente a las Universidad UNIANDES y UCACUE, como patrocinadoras de esta Maestría, difundir de la mejor manera en los escenarios profesionales y colectivos en general, nuestra propuesta.
2) Creemos que el marco teórico, el problema planteado y la propuesta de solución que se ha dado merece que sean conocidos y debatidos en las aulas universitarias, para lo cual debe nuestro trabajo estar en conocimiento de profesores y alumnos.
3) Las organizaciones clásicas: Federaciones o Colegios de Abogados, enterados del contenido y alcance del presente trabajo deberían difundir y enriquecerlo mediante mesas redondas, debates, seminarios.
4) El mayor objetivo de este trabajo sería la Asamblea Nacional, para lo que se recomienda que los asambleístas de la provincia lo conozcan y abran la vía para que se convierta en Ley.
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- Juicio. Ecured. En: http://www.ecured.cu/index.php/Juicio
- Derecho Subjetivo Jurídico. En:
ANEXOS
ANEXO No. 1: ENCUESTA DIRIGIDA PARA ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO
PREGUNTA 1.- ¿Conoce usted el principio de Supremacía de la Constitución? SI
NO
PREGUNTA 2.- ¿Considera usted que el procedimiento civil al establecer la preclusión de términos y plazos se atenta contra el derecho a la defensa y al principio de Supremacía de la Constitución de la República?
SI NO
PREGUNTA 3.- ¿Conoce usted que la Constitución de la República establece el derecho de los judiciales a ejercer la defensa en cualquier estado de la causa? SI
NO
PREGUNTA 4.- ¿Considera usted que la declaración de rebeldía de la parte de un juicio, atenta contra el derecho a la defensa en cualquier estado de la causa? SI
PREGUNTA 5.- ¿Considera usted que la declaratoria de rebeldía impide el ejercicio de contradicción y presupone la mala fe del rebelde, atentando contra la Seguridad Jurídica?
SI NO
PREGUNTA 6.- ¿Considera usted que debe reformarse el Código de Procedimiento Civil, estableciendo que no obstante la declaratoria de rebeldía al incurso puede en cualquier estado de la causa ejercer su defensa plateando excepciones o aportando pruebas?
SI NO
PREGUNTA 7.- ¿Considera usted que la reforma antes indicada siempre permitiendo la correspondiente contradicción garantizará la seguridad jurídica aplicando la supremacía de la Constitución?
SI NO
ANEXO No. 2: ENTREVISTAS A LOS JUECES DE LO CIVIL DEL CANTÓN CUENCA
1.- ¿Considera usted que el Código de Procedimiento Civil al establecer términos y plazos para los diferentes etapas procesales atenta contra el derecho a las personas de ejercer su defensa en cualquier estado de la causa?
……… ……… ………
2.- ¿Considera usted que la esencia del derecho de defensa es la de solicitar dentro de juicio las pruebas correspondientes?
……… ……… ………
3.- ¿Considera usted que es viable reformar el Código de Procedimiento Civil estableciendo la posibilidad de solicitar prueba por parte del rebelde antes de la emisión de la sentencia, con la consiguiente posibilidad de contradicción?
……… ……… ………