3.8 Conclusiones Parciales del Capítulo
Al finalizar el presente capítulo, se realizan las siguientes conclusiones parciales del mismo:
Se ha obtenido los resultados positivos, luego de haber realizado la validación y la evaluación, que ha permitido tener una propuesta, que soluciona el problema detectado.
Que, la exposición de motivos y los considerandos, expuestos en el presente capítulo, son de carácter constitucional y legal, que sirven de fundamento para validar la creación del proyecto de ley.
Que, presente un Proyecto de Ley, a fin de que se pretenda realizar un Proyecto de Ley, a fin de Reformar la Ley Orgánica Reformatoria a La Ley Orgánica de Salud en su Disposición Transitoria Primera a fin de que se actualice permanentemente el listado de Enfermedades consideradas Raras o Huérfanas.
CONCLUSIONES GENERALES
En la presente investigación, se ha tenido una gran cantidad de información que ha permitido llegar a obtener las siguientes conclusiones:
Que, del análisis y estudio a profundidad de todo lo referido a la presente investigación se toma en cuenta y se deduce que efectivamente, se ha dado con el problema detectado.
Que, los derechos constitucionales y los instrumentos internacionales, son de inmediata aplicación a todas las personas, sin discriminación alguna.
Que, el Estado, debe de tomar en cuenta la investigación realizada y fomentar políticas públicas, que ayuden a garantizar los derechos constitucionales de las personas de atención prioritaria.
Que, de acuerdo a la aplicación de las encuestas, se evidencia en sus resultados los derechos perjudicados, de aquellas personas que padecen de enfermedades raras o huérfanas y la preocupación de los encuestados al conocer que cada dos años se actualiza el sistema para determinar enfermedades raras, cuando deberías ser constante.
Que, es necesario reformar la Ley Orgánica Reformatoria a La Ley Orgánica de Salud en su Disposición Transitoria Primera a fin de que se actualice permanentemente el listado de Enfermedades consideradas Raras o Huérfanas.
RECOMENDACIONES
Tras haber terminado con la presente investigación, se obtiene como resultado lo siguiente:
El Ministerio de Salud, debería considerar y analizar la presente investigación, a fin de poder entender la problemática detectada.
La Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, extensión Santo Domingo, con la facultad de poder hacer de esta investigación un tema relevante en la Ley y solucionar los problemas que aquejan a este grupo de atención prioritaria.
La Asamblea Nacional, pretenda realizar un Proyecto de Ley, a fin de Reformar la Ley Orgánica Reformatoria a La Ley Orgánica de Salud en su Disposición Transitoria Primera a fin de que se actualice permanentemente el listado de Enfermedades consideradas Raras o Huérfanas.
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ANEXOS
ANEXO 1.- FORMULACIÓN DE LA ENCUESTA APLICADA
CUESTIONARIO
Señores encuestados rogaría de la manera más comedida me ayuden respondiendo el pliego de preguntas que se relaciona con mi trabajo de tesis titulado: “REFORMA A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DE LA LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE SALUD.”, sus respuestas me serán ayuda para la culminación del presente trabajo investigativo.
1.- ¿Sabe usted si la actual Constitución de la República del Ecuador, trae Disposiciones Legales referentes a la Salud?
SI _____ NO_____
2.- ¿Sabía usted que la Constitución de la República del Ecuador, reconoce los derechos de las personas con enfermedades consideradas Raras o Huérfanas?
SI _____ NO_____
3.- ¿Sabía usted que la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, en su Disposición Transitoria Primera, no establece la actualización permanente del listado de enfermedades consideradas Raras o Huérfanas?
SI _____ NO_____
4.- ¿Considera usted que existe una vulneración de derechos en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, en su Disposición Transitoria Primera, en relación a las personas que adolecen de enfermedades consideradas Raras o Huérfanas?
5.- ¿Considera usted que se está perjudicando los derechos garantizados en la Constitución de la República del Ecuador, al establecer en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, en su Disposición Transitoria Primera, que el Ministerio de Salud Pública emitirá y actualizará la lista de enfermedades consideradas raras o huérfanas, al menos cada dos años tomando en cuenta las enfermedades consideradas raras o ultra raras por la Organización Mundial de la Salud/Organización Panamericana de la Salud. ?
SI _____ NO_____
6.- ¿Estaría de acuerdo en que se presente un Proyecto de Ley, a fin de que se reforme la Ley Orgánica Reformatoria a La Ley Orgánica de Salud en su Disposición Transitoria Primera a fin de que se actualice permanentemente el listado de Enfermedades consideradas Raras o Huérfanas?