Los sondeos sobre “Actitudes de los españoles hacia los extranjeros” muestran un mayor rechazo por parte de la sociedad española hacia los marroquíes que hacia el resto de colectividades extranjeras (Vallés, Cea e Izquierdo, 1998; Pérez, Álvarez y González, 2001)38. Para Gema Martín Muñoz (1994), los mitos creados en cierto sector de la sociedad española sobre lo musulmán permanecen vivos en la memoria colectiva y a ello contribuyen los medios de comunicación. Dicha autora señala tres factores principales explicativos de este fenómeno:
1. La percepción histórica del moro heredada de los tiempos de los Reyes Católicos que sentó las bases de la contraposición moros/cristianos posteriormente reforzada por la persecución y la expulsión de los moriscos. Esto se vio favorecido por un clero racista y expandido por una literatura e historiografía que consideró “el período musulmán español como una invasión de ocho siglos”39.
2. Las relaciones hispano-magrebíes, que siguen siendo beligerantes durante los siglos XIX y XX.
3. La visión del Islam como amenaza que ha alcanzado hasta nuestros días momentos de psicosis colectiva. La construcción de la nueva amenaza del sur y la sensación de invasión de inmigrados musulmanes, crea alarma e inseguridad. Por otro lado, existe cierta tendencia a identificar a los inmigrados marroquíes con la delincuencia. Las noticias sobre marroquíes aparecen unidas a comportamientos negativos y rechazables y se constata cierta ausencia de información acerca de la riqueza de su cultura, su aporte a la economía española o su potencial factor de co- desarrollo.
38 Ver también: www.cis.es
39 Tesis recogida por el expresidente del Gobierno español, José María Aznar, en su conferencia
pronunciada ante la Universidad de Georgetown: “(…) el problema de España con Al Qaeda y el
terrorismo islámico no comienza con la crisis de Iraq. (…) Debemos retroceder no menos que 1.300 años, a los inicios del Siglo 8º, cuando una España, recientemente invadida por los moros rechazó convertirse en otra pieza del mundo Islámico y comenzó una larga batalla para recuperar su identidad. Este proceso de Reconquista fue muy largo, cerca de 800 años. No obstante, terminó con éxito”. Seven
La relación entre inmigración y delincuencia –y, entre esta y la población marroquí-, se ve reflejada en las estadísticas que saltan a los medios de comunicación totalmente fuera de contexto y sin ningún tipo de aclaración respecto de su fuente.
Si analizamos los datos del Anuario del Ministerio del Interior del año 2002, últimos datos publicados, vemos que de un total de 225.044 detenidos por delitos, el 30,5% eran extranjeros (es decir, 68.569 personas) (Wagman, 2005 y 2006), entre ellos, destacaron los marroquíes en primer lugar (García España, 2004). Del total de extranjeros, sólo se condenó a 10.788 (un poco más del 15% de los arrestados extranjeros), siendo esta cifra el 10,6% de los arrestados autóctonos. Finalmente, en el año 2003, 15.205 era la población extranjera en los Centros Penitenciarios españoles, lo que suponía el 27,1% del total de 56.096 internos.
Teniendo en cuenta que la población extranjera en España, tanto regular como irregular, no llega al 10%, una mirada simplista sobre estos datos nos haría deducir que los extranjeros son, en una gran proporción, delincuentes, y ello justificaría los altos índices de inseguridad ciudadana entre la población española. Afortunadamente, estudios serios se han llevado a cabo con el fin de realizar una lectura compleja de dichos datos y demostrar, por el contrario, que la población extranjera, más que delincuente, es víctima de un sistema policial y judicial selectivo (Wagman, 2006; García España, 2004; Laurenzo, 2002, entre otros).
En primer lugar, ha quedado suficientemente demostrado por las teorías del proceso social, en especial, el labelling approach (García Pablos, 1994), que las cifras sobre detenidos, condenados y prisioneros, no son el reflejo de la delincuencia real, sino simplemente de aquellos que son con mayor frecuencia perseguidos y castigados y que suelen ser, en su mayoría, personas provenientes de clases empobrecidas o personas drogodependientes. Mientras que aquella criminalidad fiscal y económica, “sin víctima”, que mueve ingentes cantidades de dinero, que afecta enormemente al medio ambiente, efectuada principalmente por empresas o instituciones multinacionales, no suele ser perseguida.
En segundo lugar, las cifras globales sobre detenidos no discriminan el tipo de delitos cometidos, entre los que también se encuentran aquellos relacionados con la necesidad
de quedarse en España por vías ilegales (falsificación de documentos, por ejemplo). Muchos arrestados lo son también por no tener la documentación en regla, lo cual no es un delito, sino una violación de la legalidad administrativa (Wagman, 2006).
En tercer lugar, muchas de las personas arrestadas y condenadas a penas privativas de libertad, por ejemplo, por un delito contra la salud pública (tráfico de estupefacientes), no residían en España en el momento de ser detenidos: pasadores de drogas detenidos en aeropuertos, puertos o carreteras de paso hacia otros países. Aquí hay una proporción importante de marroquíes (García España, 2002a) y de mujeres latinoamericanas (Cruells e Igareda, 2005).
Otra parte considerable de los detenidos y encarcelados son europeos comunitarios buscados por delitos cometidos en sus países, es decir, se trata de casos de extradición (García España, 2002).
Entre los delitos cometidos por los marroquíes, en su mayor parte, estamos ante delitos contra la salud pública y el robo, y son cometidos por hombres jóvenes y en situación de irregularidad jurídica y situación laboral precaria, por lo que podemos deducir que se trata de actividades que se corresponden con una salida fácil y rápida a unas condiciones sociales penosas.
En cuarto lugar, los procesos de selección de la población inmigrante como delincuente también se encuentran en el sistema judicial además de en el sistema policial. Un estudio llevado a cabo por la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza (Calvo, Gascón y García, 2002), sobre un total de 4.000 casos judiciales penales, civiles y administrativos en los que se encontraban implicados personas inmigradas, llegó a la conclusión de que, cuando la persona inmigrada es la supuesta acusada, esta pierde el 75% de los casos, mientras que cuando la persona inmigrada es la supuesta víctima, esta gana el caso en un 25% solamente. Lo cual da cuenta de la extremada asimetría en el tratamiento judicial hacia los y las migrantes.
En quinto lugar, mientras la persona extranjera está siendo juzgada por un delito que pudiera suponer pena privativa de libertad (proceso judicial que puede durar más de un año), se ha comprobado que en mucha mayor medida que los autóctonos (43,91% sobre 15,38%), se les aplica la pena preventiva de privación de libertad. Es decir, en mayor
grado, los extranjeros cumplen prisión provisional sin que todavía exista sentencia firme (García España, 2004). Al mismo tiempo, es a los extranjeros a quienes en menor grado se aplica la libertad condicional, muchas veces, por su falta de apoyos exteriores (familia, asociaciones, amigos), permaneciendo estos por más tiempo en las cárceles que los españoles.
Finalmente, un interesante estudio cualitativo sobre Racial Profiling llevado a cabo en España, a través de entrevistas en profundidad y grupos de discusión con miembros de las Fuerzas de Seguridad españolas y personas inmigradas no delincuentes (Wagman, 2006), llegó a la conclusión de que los extranjeros, sobre todo pertenecientes a minorías que tienen rasgos físicos étnicamente distintos (magrebíes, gitanos y latinoamericanos de ascendencia indígena) tienen enormes riesgos de ser parados e interpelados por la policía con mucha mayor frecuencia que el resto. El perfil racial es la práctica de utilizar estereotipos étnicos o raciales en lugar de la conducta individual y se manifiesta de diversas formas: chequeos de identidad desproporcionados y arbitrarios, paradas en medio de la calle y frente a las miradas de otras personas, cacheos, incremento de patrullaje en barrios con mayor porcentaje de minorías étnicas (en el caso de Madrid, en Lavapiés). El perfil racial contribuye a tensar más las relaciones entre la comunidad inmigrada y las fuerzas de seguridad y es además, una práctica inefectiva e ilegal (Ibíd.). Ello conduce a procesos selectivos que, como vimos, se inician en la interpelación policial o la mayor persecución, pasan por las instituciones de control social judicial y terminan en el sistema penitenciario.
Los problemas que se derivan de este tratamiento discriminatorio institucional son, por un lado, la expulsión de los extranjeros (ya sea por condena penal, ya sea por infracción grave que, como vimos, puede tratarse del mero hecho de no tener papeles). Por otro lado, supone acrecentar el recelo entre la población autóctona que ve cómo muchas personas extranjeras son interpeladas en público o juzgadas en los medios de comunicación. Finalmente, puede ocasionar la pérdida de la posibilidad de regularizar el estatus jurídico por antecedentes penales, abocando a la marginalidad absoluta a muchos migrantes que tienen la intención de hacer su vida en España.
En particular, en relación a los jóvenes de origen magrebí, también se ha demostrado que el Perfil Racial es sumamente pernicioso en tanto ocasiona reacciones adversas en estos (Malewska, 1982):
Muchos interiorizan la imagen desvalorizada enviada por la sociedad y se sienten inferiores e incapaces ante los otros.
Otros rechazan la experiencia racista negándola y procurando ser aceptados. Otros exageran los enunciados discriminatorios a la vez que sobrevaloran su
propia diferencia tomándola como la única aceptable y posible, lo que va en detrimento directo con las posibilidades de integración.
Finalmente, un grupo minoritario reacciona con agresividad abierta hasta la revancha.
Malewska también señala que estas reacciones no son las mismas entre los magrebíes migrantes y aquellos que han nacido en Europa. Las posibilidades de reaccionar más agresivamente o sobrevalorar la diferencia se evidencia más entre los jóvenes nacidos en el país de acogida ya que son ciudadanos europeos de derecho, pero no de hecho. Las actitudes de reacción en contra, revancha o agresividad por parte de los jóvenes magrebíes, entonces, no dependen del hecho de que son inmigrados –o bien ciudadanos europeos hijos de inmigrados- sino por el hecho de tener que relacionarse con la sociedad de acogida de una manera conflictiva.
A ello se suma el hecho de que son jóvenes y los jóvenes reaccionan de manera diferente ante el rechazo que un adulto insertado socialmente. Finalmente, reaccionan así por el hecho de no encontrar los lugares de inserción propios de los autóctonos –el trabajo, la participación social y política, el ocio y el tiempo libre, etcétera-, lo que les ayudaría a identificarse con esos lugares sirviéndoles de contención o sostén ante las situaciones difíciles de la vida.
Para resumir, pedemos decir que los marroquíes suponen un colectivo discriminado y estigmatizado en España. Ello contribuye a las mayores posibilidades que tienen de ser detenidos (aún si su único delito es no tener papeles), expulsados, retornados o recluidos. Pero tal discriminación no se observa sólo en estos ámbitos. Tanto en la inserción laboral como en la social, los marroquíes son un grupo excluido, salvo en aquellos trabajos que muchos españoles no quieren realizar o en los barrios donde
muchos autóctonos ya no quieren vivir. Todo ello conduce a la segregación del colectivo marroquí en España y la situación de facto es algo que no pasa desapercibida a los propios marroquíes. De allí, que algunos se replieguen a los cambios que se les exige para su integración social, aferrándose a un Islam más tradicional, a los valores familiares dejados de lado con la migración, a sus antiguas costumbres...
Tras los atentados del 11 de marzo de 2004 en los trenes de Cercanías de Madrid, no sólo cambió el gobierno de España, sino también la percepción social respecto al Islam y a los musulmanes (Moreras, 2005): si antes del 11-M, había prejuicios raciales sobre los marroquíes tachados de “moros”, tras los atentados se reactualizan estas imágenes que se relacionan directamente con la referencia religiosa islámica. La sociedad se muestra reacia no solo a favorecer el proceso de incorporación de esta comunidad, sino siquiera a compartir su espacio social con ellos (Ibíd.).