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3.3 Experiments: Resource-based WSD for document classification

3.3.2 Corpora used

Encuesta realizada a los juristas en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la judicatura de Chimborazo.

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PREGUNTA No. 1: ¿Las medidas socioeducativas impuestas a los menores infractores garantizan los derechos de la persona agraviada?

Tabla N° 1

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 14 8%

No 163 92%

Total 177 100%

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Gráfico N° 1

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

El 8% de encuestados señalan que las medidas socioeducativas impuestas a los menores infractores si garantizan las reparaciones a las víctimas de los delitos perpetrados por adolescentes infractores, mientras que el 92% sostiene que no, y se basa en el CONA, y las medidas socioeducativas buscan garantizar una rehabilitación en base a políticas y programas que están encaminados a cambiar la conducta y comportamiento del infractor; información que permite proponer un proyecto de reforma para garantizar la reparación integral de los derechos de las víctimas en éste tipo de casos.

8%

92%

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PREGUNTA No. 2: ¿Se garantiza a la víctima el resarcimiento de daños en el ordenamiento jurídico ecuatoriano?

TABLA N° 2

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 27 15%

No 150 85%

Total 177 100%

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

GRÁFICO N° 2

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

De acuerdo a los resultados de la encuesta, el 15% de los encuestados indica que las medidas socioeducativas impuestas a los menores infractores si garantizan el resarcimiento de daños y perjuicios de la persona agraviada, el 85% señala que no. La norma especializada habla de la reparación integral de la víctima, sin embargo, por situaciones legales, económicas y familiares el resarcimiento de daños y perjuicios de la persona agraviada es un hecho que en la mayoría de casos no se cumple, de este modo se evidencia una vulneración al derecho al resarcimiento de daños y perjuicios de la víctima de un acto antijurídico cometido por un adolescente.

15%

85%

64

PREGUNTA No. 3: ¿Las medidas socioeducativas prescritas en el Código de la Niñez y la Adolescencia garantizan la regeneración de la conducta delictiva del adolecente infractor?

TABLA N° 3

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 57 32%

No 120 68%

Total 177 100%

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

GRÁFICO N° 3

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

Cuando se les consulto a los Abogados, si las medidas socioeducativas garantizan la regeneración de la conducta delictiva del adolecente infractor, el 32% dijo que si y el 68% indica que no. Al respecto, cabe indicar que estas medidas pueden ser privativas y no privativas de libertad de acuerdo a la ley de la materia, medidas que según los resultados y los hechos no garantizan la regeneración de la conducta delictiva del adolecente infractor, porque muchos de ellos vuelven a delinquir.

32%

68%

65

PREGUNTA No. 4: ¿Las personas agraviadas tienen derecho al resarcimiento

de los daños?

TABLA N° 4

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 168 95%

No 9 5%

Total 177 100%

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

GRÁFICO N° 4

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

El 95% de juristas en libre ejercicio encuestados, señalan que la persona agraviada si tienen derecho a la compensación económica de los daños y perjuicios sufridos, mientras que el 5 % sostienen que no, conforme consta del artículo 373 del Código de la Niñez, las victimas en las infracciones de los adolescentes no regula el derecho a la reparación integral, por esa razón es viable mi propuesta de reforma a dicho artículo.

95% 5%

66

PREGUNTA No. 5: ¿Cree usted que el Estado deba resarcir los daños y perjuicios a la persona agraviada por el acto delictivo cometido por el adolescente infractor?

TABLA N° 5

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 142 80%

No 35 20%

Total 177 100%

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

GRÁFICO N° 5

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

En la pregunta 5, en la que se consulta si el Estado debe resarcir los daños y perjuicios a la persona agraviada por el acto delictivo cometido por el adolescente infractor, el 80% de abogados dijo que si y el 20% señalo que no. Según la ley suprema, es necesario que a fin de fomentar el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, participe no solamente la familia, sino además la sociedad, y por supuesto el Estado a través de las entidades públicas; por tanto, también estas instituciones deberían ser las responsables de los actos, daños e infracciones que comenten y que van en contra de la integridad de las personas y de sus bienes.

80% 20%

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PREGUNTA No. 6: ¿A las personas agraviadas se les puede dejar sin el derecho al resarcimiento de daños y perjuicios?

TABLA N° 6

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 7 4%

No 170 96%

Total 177 100%

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

GRÁFICO N° 6

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

Del total de los encuestados, el 4% considera que a las personas agraviadas si se les puede dejar sin este derecho de recibir compensaciones económicas en tanto que el 96% señala que no. En tal sentido, cabe indicar que el recibir indemnizaciones por los daños causados, es un derecho garantizado por la Constitución, el derecho internacional y la legislación vigente, dejarle sin el derecho al resarcimiento de daños y perjuicios a la víctima de una infracción cometida por un adolescente, es atentar contra la seguridad jurídica y la dignidad humana.

4%

96%

68

PREGUNTA No. 7: ¿Cree usted que se debería reformar el Art. 373 del Código de la Niñez y la Adolescencia?

TABLA N° 7

Alternativas Frecuencia Porcentajes

Si 142 80%

No 35 20%

Total 177 100

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

GRÁFICO N° 7

Fuente: Abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados de Chimborazo. Elaborado por: Ángel Edison Muñoz Caiza (2018)

Análisis e interpretación de datos:

El 80% de encuestados, considera que si se debería reformar el Art. 373 del Código de la Niñez y la Adolescencia, mientras que un 20% manifiesta que no. Que un adolescente infractor no responda, es un absurdo, se evidencia en los actos delictivos cometidos por los adolescentes con conocimiento y voluntad, lo que implica señalar que ellos saben lo que hacen, por tanto, es necesario reformar el Art. 373 del Código de la Niñez y la Adolescencia para garantizar el derecho la reparación integral en éste tipo de procesos.

80% 20%

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CAPITULO III. PROPUESTA DE SOLUCIÓN AL PROBLEMA