99 3.4 Conclusiones parciales del capítulo
En el presente capitulo se obtuvieron las siguientes conclusiones:
En este capítulo se llevó a efecto la validación del proyecto, ya que se pudo apreciar la existencia del problema, y por lo tanto tiene validez, porque es un problema que afecta el entorno de desarrollo del menor inmiscuido en la pugna legal y por ende a los sujetos procesales que casi siempre son los progenitores.
Con el presente Proyecto de Ley Reformatoria se obtendrá como resultado que se administre de manera rápida y oportuna en esta materia. Enmarcados en las disposiciones constitucionales.
Considerándose a los menores como un grupo de atención prioritaria se debe dar trámite expedito, pero respetando los derechos que como ciudadanos nos asisten con lo cual se obtendrá el Buen Vivir de las personas en sociedad.
100 CONCLUSIONES GENERALES
Concluido el proyecto investigativo, denominado “LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA E INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EN LOS PROCESOS DE ENTREGA INMEDIATA” y una vez puesta a consideración la propuesta que tiene por finalidad terminar con la problemática indicada, he podido analizar las siguientes conclusiones:
Que en la legislación vigente se reconocen derechos y garantías constitucionales para las personas que estén inmiscuidas en cualquier tipo de procesos, pero lamentablemente al darse el trámite a la Entrega Inmediata, se tiene un procedimiento demasiado lento, lo cual ocasiona afectación a los menores al ser el eje de esta demanda, olvidando que es deber del Estado, la sociedad y la familia velar por que se desarrolle en el pleno goce de sus derechos.
La Entrega Inmediata es un proceso aplicado en casos de la niñez ya que como su nombre lo indica se presenta debido a que ya sea el padre o la medre retienen indebidamente al menor, pero al realizar un estudio dentro de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores del cantón Santo Domingo y efectuar un análisis de los casos propuestos se llegó a determinar que muchas veces existe un abuso de esta figura legal.
Se propone este proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Proceso Art. 333 numeral 4to inciso 3ero, para que se realice un procedimiento adecuado considerando un análisis del entorno en el cual se desenvuelve el menor, en virtud que en la Constitución de la República del Ecuador se encuentran establecidas principios y garantías de protección a este grupo de atención prioritaria. Al consultar a los entendidos en la materia sobre el tema propuesto ellos
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dispuesto en el Código Orgánico General de Procesos en sus Art. 333, así mismo se refirieron al Proyecto de Ley Propuesto y les pareció viable en virtud que al darse en un tiempo corto, en audiencia única se podrá resolver de manera rápida sobre la situación de convivencia del menor con sus progenitores o un tercero legalmente establecido. Con lo cual se estaría actuando de acuerdo a las leyes del Estado en armonía con los Tratados y Convenios Internacionales firmados y ratificados por el país.
102 RECOMENDACIONES
Luego de haber concluído la presente investigación se ha podido realizar las siguientes recomendaciones.
A la facultad de Jurisprudencia de UNIANDES,
Que la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” extensión Santo Domingo, luego del análisis correspondiente remita el presente proyecto a la Matriz, con la finalidad de que esta a su vez envíe a la Asamblea Nacional para su análisis correspondiente.
A las autoridades de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, para que realicen las gestiones necesarias tendientes a conseguir que se discuta y apruebe el proyecto de Ley Reformatoria propuesto.
A la comisión legislativa para que se digne atender este proyecto de Ley Reformatoria, en vista que la propuesta se refiere a que se actúe de manera rápida, respetando y atendiendo a los principios y garantías constitucionales, los cuales enmarcan en el debido proceso.
Una vez discutido y aprobado el presente trabajo de investigación se requiere que haya difusión del tema de la demanda de Entrega Inmediata y se capacite mediante la Escuela de la Función Judicial a las Juezas, Jueces y ayudantes judiciales en cuanto a la celeridad con la que deberán actuar al conocer esta demanda.
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ANEXOS.
ANEXO N° 2: FORMULARIO DE LA ENCUESTA APLICADA.
Señores encuestados rogaría de la manera más comedida me ayuden respondiendo el pliego de preguntas que se relaciona con mi trabajo de investigación titulado: “LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA E INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EN LOS PROCESOS DE ENTREGA INMEDIATA”., sus respuestas me serán de mucha ayuda para la culminación del presente trabajo investigativo.
1.- ¿Conoce usted si en la actual Constitución de la República del Ecuador, está establecido el derecho a la Tutela Judicial Efectiva?
SI____ NO____
2.- ¿Sabe usted que de acuerdo a la Carta Magna a los niños, niñas y adolescentes, pertenecen al grupo de atención prioritaria?
SI____ NO____
3.- ¿Conoce usted que es la demanda de Entrega Inmediata?
SI____ NO____
4.- ¿Sabe usted que a esta demanda se le da el trámite sumario establecido en el Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos?
5.- ¿Sabe usted que para tener una resolución en este trámite se demora de uno a cuatro meses?
SI____ NO____
6.- ¿Considera usted demasiado extenso el trámite que se lleva a esta demanda en virtud que se presume que un menor está retenido indebidamente?
SI____ NO____
7.- ¿Cree usted que se debería establecer un tiempo prudente en el cual se convoque a la audiencia única a los sujetos procesales para dar solución a este litigio de manera rápida?
SI____ NO____
8.- ¿Piensa usted que al conocer esta demanda los Jueces y Juezas deben actuar en apego al Principio de la Debida Diligencia en virtud de velar por el bienestar del menor?
SI____ NO____
9.- ¿Considera usted que al tener una resolución pronta a esta demanda, se estaría actuando de manera responsable velando por el Interés Superior del Niño?
SI____ NO____
10.- ¿Estaría de acuerdo en que se presente un Proyecto de Ley Reformatorio al inciso 3ro del numeral 4to del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el cual al conocer la demanda de Entrega Inmediata, se convoque a la Audiencia Única a las 48h00 de haber sido citado el o la demandado (a)?.
ANEXO N° 3: FORMULARIO DE LA ENTREVISTA APLICADA.
Señor entrevistado rogaría de la manera más comedida me ayude respondiendo el pliego de preguntas que se relaciona con mi trabajo de investigación titulado: “LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA E INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EN LOS PROCESOS DE ENTREGA INMEDIATA”, sus respuestas me serán de mucha ayuda para la culminación del presente trabajo investigativo.
Pregunta Uno: ¿Podría explicar cuál es el procedimiento a seguir en un proceso de entrega inmediata del menor retenido indebidamente?
Pregunta Dos: ¿Cree usted que el trámite que se sustancia esta causa es extenso siendo que se debe dar prioridad al estar un menor retenido indebidamente? Pregunta Tres: ¿Considera usted que en muchas ocasiones los progenitores abusan de esta figura legal?
Pregunta cuatro: ¿Piensa usted que es pertinente que se incorpore a la Entrega Inmediata en el inciso 3ero del numeral 4to del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos para que una vez citado el demandado se convoque a audiencia a las 48h00 de haber sido citado y se de una pronta resolución.?
Pregunta cinco: ¿Cree usted viable el tema tratado en el proyecto investigativo, en el cual se dé un trámite rápido velando al principio de la Tutela Judicial Efectiva e Interés Superior del Niño?
ANEXO 5.- SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL TEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN.