3.3 Network-level Characteristics of Spammers
3.3.4 The Effectiveness of Blacklists
Para la Edad Media, la cooperación entre las autoridades civiles y eclesiásticas se dio en varios planos y con frutos que se evidencian hasta nuestros días, como la construcción de catedrales y los grandes monumentos católicos que atesora Europa hasta ahora, o la fundación de las primeras universidades de estudios especializados bajo la tutela de profesores eclesiásticos.
164
RAMOS, Alejandro, La Ciudad de Dios en Santo Tomás de Aquino, Buenos Aires, Ediciones electrónicas FASTA, 2008, Pág. 82.
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Sin embargo, las relaciones comenzaron a cambiar con el aparecimiento del nacionalismo cada vez más marcado y de monarcas poderosos, que comenzaron a buscar de a poco el crecimiento de sus territorios, aplacando, en primera instancia, a los señores feudales menores, a fin de hacerse con sus recursos y, después, buscando más dominio respecto a otros reinos que también se habían solidificado. Los monarcas, aconsejados por sus legistas, comenzaban a visualizar en silencio un poder absoluto, que no contemplaba casi ningún límite: una manera de hacerse únicos soberanos para sus súbditos, incluyendo, si les era posible, su plano espiritual. En este objetivo, como es evidente, el primer y más grande obstáculo que encontraron fue la presencia de un papado muy bien fortalecido, forjado en línea creciente durante más de mil años, y que contaba con una absoluta confianza de los súbditos reales.
Esta disputa entre el rey y el Papa llegó a su clímax a finales del siglo XIII e inicios del XIV, con el conflicto entre Felipe el Hermoso, rey de Francia, y el Papa Bonifacio VIII. El monarca, a pesar de gobernar poco tiempo, lo buscaba todo, y había decidido usar todos los medios necesarios para extender su dominio hasta el plano religioso, tratando de someter al pontífice y su poder espiritual a la espada temporal del rey.
Sus legistas o consejeros llegaron a ser incluso más mordaces. Los dos más recordados, Jean de París y Guillermo de Nogaret, tuvieron un atrevido papel contra la Autoridad Papal. El primero, en plena divergencia con Roma, llega a sostener que el rey era el ungido señor de la justicia, declarando incluso que "si el Papa fuese culpable de crímenes y escandalizase a la Iglesia, siendo incorregible, el príncipe podría excomulgarlo indirectamente y deponerlo"165.
Guillermo de Nogaret, por su lado, llegó a protagonizar uno de los episodios de más ingrata recordación en la historia de la Iglesia, pues en un encuentro que tuvo con S.S. Bonifacio VIII en calidad de embajador del rey francés, llegó a abofetear al Sumo Pontífice, como una seña de máximo irrespeto al él y su autoridad. Si esto sería gravísimo en nuestro tiempo, no se diga la fuerza simbólica que tuvo en el siglo XIV, en el cual la Iglesia gozaba de un gran prestigio; tan chocante fue la escena, que hasta mereció unas líneas dentro del Purgatorio de la Divina Comedia de Dante166.
165
Jean de París, De potestate regia et papale, en HUMANITAS, Laicos, laicidad, Laicismo, Op. Cit.
166 ―87 Para que menor parezca el mal futuro y lo hecho, veo en Anagni entrar la flor de lis, y en su vicario Cristo ser prendido; 88 Veo que se mofan una vez más de él; veo renovar el vinagre y la hiel, y entre vivos ladrones ser matado; 91 Veo al nuevo Pilatos tan cruel que esto no lo sacia; y sin derecho en el Templo lleva sus ávidas velas.‖ ALIGHIERI, Dante, Divina Comedia, (Purgatorio, XX, 85-93). http://es.scribd.com/doc/59873268/La-Bofetada-de-Anagni-a-Un-Papa. Consultado: 09 de julio de 2013.
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En este contexto de fuerte efervescencia, después de un consistorio en el cual el Papa se reunió con sus prelados franceses para tratar la situación, el 18 de noviembre de 1302 S.S. Bonifacio VIII promulga la célebre bula Unam Sanctam, en la cual discutió y clarificó, por primera vez en un documento oficial del Magisterio Eclesiástico, cuáles eran las atribuciones y límites de la potestad de la Iglesia y del Estado respecto a Aquella.
Este documento resultó un enorme hito en las relaciones entre la Iglesia y el Estado, pues fue la primera que pone en claro la naturaleza de la potestad y los límites de la Iglesia en el campo civil, a la vez de señalar los excesos que no podía cometer un gobernante en uso de las facultades temporales que le son legítimamente otorgadas.
En la parte medular de la Bula se puede leer:
En el poder de la Iglesia hay una doble autoridad, temporal y espiritual. Mas para que exista el debido orden, la autoridad temporal debe estar sujeta a la autoridad espiritual, y por consiguiente a Pedro y su sucesor, el Romano Pontífice, al cual declaramos, afirmamos, definimos, pronunciamos ser del todo necesario para la salvación que le esté sujeta toda humana criatura.167
S.S. Bonifacio VIII reedita así la teoría de las dos espadas, espiritual y temporal, que estaban en manos de la Iglesia, y que ya había sido sostenida antes por Santo Tomás de Aquino y San Bernardo.
En esta parte del estudio, lo que hemos de resaltar de la Bula es que deja en claro la existencia de un conflicto entre el ámbito eclesiástico y el secular, a un nivel que no se había registrado desde la Roma Antigua, pero que se reeditaba en condiciones distintas, con una Iglesia estructuralmente fuerte y soberana, y un Estado con la capacidad de enfrentarse a Ella en el plano temporal.
El quiebre de la época medieval se había dado, y el golpe que este brote de Laicismo separatista le había dado a las relaciones entre la Iglesia y el Estado — cordiales hasta el siglo XIII— se iba a seguir profundizando durante siglos, hasta llegar a su punto más álgido durante los siglo XVIII y XIX, durante la Revolución Francesa y el sucesivo Liberalismo. Como escribió Georges de Lagarde para el título de su obra que trató este problema, fue el nacimiento del espíritu laico al final de la Edad Media (La naissance de l'esprit laïque au déclin du moyen âge).
La realidad ideológica que implicaron estos cambios marcaron el nacimiento de lo que en adelante —y cada vez con más fuerza en la medida en que pasaban los años—, se iba a entender por Laicismo: la contraposición del Estado respecto a la Iglesia, que se
167
Porro subesse Romano Pontifici omni humanae creaturas declaramus, dicimus, definimus et pronuntiamus omnino de necesítate salutis. SEGARRA, Francisco, Iglesia y Estado, Editorial Balmes, Barcelona, 1956, Pág. 30.
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tradujo en algunos regímenes como una fuerte hostilidad hacia el Catolicismo, sus ministros y sus preceptos. Inicia así la visión de desconfianza e intriga del Laicismo, donde el Estado mira a la Iglesia Católica como un enemigo dentro de casa, al que hay que someter —o eliminar, en los casos más crudos— por ser su autoridad espiritual una amenaza para los fines temporales del Estado.
A estos acontecimientos le siguieron el aparecimiento de doctrinas que reclamaban la plena y absoluta separación de la Iglesia con el Estado, pero con el fin de que el emperador sea quien dirija las riendas de la Iglesia, y tenga poder para mandar a los siervos también en el ámbito espiritual.
Quienes continuaron abriendo la brecha del Laicismo en el pensamiento político de la época, eran también férreos defensores de la monarquía absolutista, y del poder irrestricto que debía tener el gobernante civil sobre sus súbditos para guiar sus caminos. Se fue figurando desde este momento, paso a paso, la concepción del Estado como un ―Leviatán‖, donde el rey tenía una capacidad casi inerrante en las decisiones que tome respecto a su pueblo. Tal fue el ansía de estos gobernantes por el poder absoluto, que buscaron extender su dominio hasta las almas de sus súbditos, buscando abrogarse las funciones que le eran naturales al Sumo Pontífice.
Otro legista —nótese lo marcadamente políticos e influyentes que fueron estos consejeros reales—, Marsilio de Padua, sería uno de los que alzó también la voz exigiendo las atribuciones del Sumo Pontífice en beneficio de su señor, Luis de Baviera, para obtener a cambio favores políticos168. En su obra Defensor Pacis, señala algunos principios para separación absoluta entre la Iglesia y el Estado que serían tomados siglos después por los iluministas, constituyéndose así como uno de los predecesores del Laicismo modernista de nuestro días.
Para Marsilio, todas las doctrinas sobre su autoridad eclesiástica, inclusive dentro del campo espiritual, eran solo un sofisma del cual se había valido la Iglesia para ejercer las funciones que le eran naturales al rey sobre el alma de sus súbditos, por lo cual era lícito, y hasta necesario, que el Rey entre en confrontación con el Papa a fin de retomar las potestades espirituales que le habían sido ―usurpadas‖.
168
Martínez Gómez Afirma sobre la relación entre el emperador y consejero: Marsilio quiere decir a Luis, a quien no escatima alabanzas de rigor, que tiene derechos que usurpa el Papa y lo enciende para que pase a la acción, con lo que arrancará o cortará de raíz de donde proceden los impedimentos de la paz en su reino e imperio‖ MÁRTINEZ GÓMEZ, Estudio Preliminar en: M. de Padua, El defensor de la Paz, citado por Peña Eguren, Esteban, La Filosofía Política de Guillermo
de Ockham,
http://books.google.com.ec/books?id=8GhG57uQlWcC&printsec=frontcover&dq=isbn:8474907551 &hl=es-
419&sa=X&ei=bFuKUrz_OImFkQfQqoDACQ&ved=0CC4Q6AEwAA#v=onepage&q&f=false, consultado el 09 de junio de 2013.
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De tal manera, ofreció un programa político a Luis de Baviera para reducir a la Iglesia a una Institución bajo la regulación del Rey, donde el Papa, si bien seguía siendo la cabeza de la Iglesia Católica —solo de manera figurativa dentro de este escenario— debía también estar sometido a los mandatos del Rey. Ya en el siglo XIV el paduano escribía refiriéndose al clero:
(…) a los que desobedecen los anatemizan de palabra o por escrito, y algunos de éstos llegaron a tal demencia que se declararon en estas decretales que todos los príncipes y pueblo del mundo estaban sujetos a su jurisdicción coactiva, y creer esto como verdadero era necesario para la salvación de todos y cada uno. No obstante, ya mostramos más arriba lo digno de irrisión que es todo esto.169
Dentro de este periodo inicial del Laicismo separatista se debe notar que no era, todavía, marcadamente ateo, o al menos no se confesaba como tal, una característica que siglos después fue común en el pensamiento laico iluminista. En su lugar, el problema que los gobernantes absolutistas encontraban con la Iglesia se refería a un supuesto conflicto de los poderes eclesiástico y temporal, donde argumentaban que el rey, como señor absoluto de sus siervos, tenía también potestades en su ámbito espiritual. De esta manera, cualquier injerencia que el Papa pudiera tener sobre el campo temporal era para ellos por demás ilegítima, y merecía una respuesta enérgica de parte del Estado. Como menciona el profesor Peña Eguren analizando el panorama político de la edad Media:
Marsilio, por ejemplo, sostenía también la existencia de dos esferas, temporal y espiritual, dentro del ser humano, que buscaban la paz y la bienaventuranza, respectivamente. Es decir, Marsilio cree en un fin espiritual que ha de tener alguna repercusión aquí en la tierra; por ello acepta de entrada la existencia de la Iglesia, aunque la conciba de una manera bien distinta a como muchos de sus contemporáneos pudieron pensarla (y nosotros mismo con ellos).170
Este panorama fue diluyéndose en las doctrinas racionalistas que iban invadiendo los ambientes intelectuales de la época, especialmente de los gobernantes.
Con la laicización del Derecho Natural y las doctrinas jurídicas de le época, los pensadores creyeron poder independizar el Estado de Dios, a fin de gobernar con miras solamente en la razón. Al igual de lo que sucedido con el Derecho Natural, el proceso de resquebrajamiento de las relaciones entre la Iglesia y el Estado no fueron abruptas hasta
169
MARSILIO DE PADUA, Defensor Pacis, Tomo II, XXV, 15, en Peña Eguren, Esteban, La Filosofía Política de Guillermo de Ockham, Op. Cit. Pág. 32.
170
PEÑA EGUREN, Esteban, La Filosofía Política de Guillermo de Ockham, Op. Cit. Pág. 32.
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el siglo XVIII, sino que proceso progresivo que fue llevando la sociedad a un Laicismo generalizado.