6.2 Minimally Self-Training for TR
6.2.3 PairwiseRankSelfTrain
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Desde el 1 de noviembre del año 2000, se encuentra vigente la única
codificación de la Ley de Inquilinato y su última reforma con fecha 30 de
diciembre del 2016, misma que regula las relaciones derivadas de los
contratos de arrendamientos y subarrendamiento de inmuebles ubicados en el
perímetro urbano.
Las causales de terminación del contrato de arrendamiento se encuentra
reglado en el artículo 30, sin embargo esta sufre de carencia ya que deja en
indefensión al arrendador para la pronta recuperación del bien cuando existe
ausencia del inquilino sin justificación alguna.
Con la normativa vigente al arrendador se le hace difícil recuperar el bien
cuando el mismo es abandonado por el inquilino por más de 60 días sin dar la
opción de que el arrendatario pueda constatar si dicho arrendatario o inquilino
va a seguir ocupando el bien o ya no es su deseo de seguir ocupando, ya que
si el arrendador ingresa a dicho lugar estaría cometiendo el delito violación de
domicilio visto que la Ley de Inquilinato no tiene normado este tipo de acto y
permita acceder al arrendador ingresar al bien.
62
LA ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR
CONSIDERANDO
Que el Art.1 de la Constitución de la Republica establece que el Ecuador es un
estado constitucional de derechos y justicia.
Que el numeral 1 del Art 3 de la Constitución garantiza sin discriminación
alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en
los instrumentos internacionales
Que el Art.10 de la Constitución dispone que las personas, comunidades
pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozaran de los derechos
garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales
Que el Art. 11 del mismo cuerpo constitucional, en lo esencial señala que los
derechos se pueden ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva
ante las autoridades competentes, y estas garantizarán su cumplimiento.
Que el Art. 30 de la Ley de Inquilinato establece las causales o formas para la
terminación del contrato de arrendamiento.
Que es atribución de la Asamblea Nacional del Ecuador, expedir, codificar,
reformar, derogar leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio,
conforme prescribe el numeral 6 del artículo 120 de la Constitución.
63
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE INQUILINATO
Artículo 1.- En el Artículo 30 de la Ley de Inquilinato insértense el siguiente
Literal:
j) Cuando el arrendatario se ausente por más de 60 días sin que haya dado
previo aviso al arrendador del motivo de su ausencia.
Disposición Transitoria
El Consejo de la Judicatura en el plazo de ciento veinte días contados a partir
de la publicación en el Registro Oficial de esta Ley, capacitará a jueces y
servidores judiciales respecto a la aplicación de este tema en materia de
inquilinato, terminación del contrato de arrendamiento.
Disposición Final
La presente ley reformatoria a la Ley de Inquilinato al artículo 30, entrará en
vigencia en ciento ochenta días contados a partir de su publicación en el
Registro Oficial.
Dado y suscrito, en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito
Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los 30 días del mes de julio
de 2018.
64
Conclusiones y Recomendaciones
Conclusiones
Tomando en cuenta las normas existentes en Colombia, Chile y México; que
regula las controversias cuando un bien arrendado es abandonado por el
inquilino sin aviso alguno, se realiza una inspección para determinar que existe
dicho abandono y que el bien sea entregado al arrendador provisionalmente;
por tal motivo es necesario que exista una norma para solucionar estos tipos de
controversias ya que con la Ley existente no se establece un procedimiento
para que el Juez pueda hacer la entrega del bien al arrendador de forma
inmediata.
De las encuestas realizadas a los abogados inscritos en el Foro de
abogados de Santo Domingo de los Tsáchilas, se pudo determinar mediante la
tabulación de los resultados, que es necesario una implementación de un
procedimiento oportuno, mediante una diligencia, donde el Juez constate la
ausencia del arrendatario del bien, ordene que el arrendador haga uso del bien,
para así garantizar que el arrendador pueda recuperar el uso del bien.
La Ley de Inquilinato presenta ciertos vacíos legales en su articulado, que
pueden ser modificados a través de una reforma, aplicando disposiciones que
permitan la protección de los derechos y las obligaciones de forma equitativa
para las partes, pues se pretende evitar la falta de claridad en la interpretación
de dichos artículos.
65
Recomendaciones
Es necesario que exista una reforma al artículo 30 de la Ley de Inquilinato,
en el cual se incorpore el numeral J, donde establezca como causal de
terminación del Contrato de arriendo cuando el arrendatario se ausente por
más de 60 del bien sin dar conocimiento al arrendador la ausencia; debido a
que ésta es considerada una Ley social, y deberá estar normada como una
Ley conciliadora para las partes y sus intereses, evitando así perjudicar al
arrendador o al arrendatario.
Se deben eliminar de la Ley de Inquilinato artículos caducos que crean la
dilatación en los procesos; y incorporando nuevos, observando normas
legales y constitucionales que creen un proceso judicial ágil para resolver
las causas formuladas en el menor tiempo posible. Además se deberán
agregar en la Ley, temas importantes dentro de la relación contractual,
como es el caso del fondo de garantía, el mismo que deberá tener
condiciones y términos de igualdad, así como una aclaración respecto a su
devolución en plazos, al momento de la desocupación en el caso de no
haber incurrido en ningún daño o destrucción del bien.
Bibliografía:
- Alban Nuñez, M. (2013). El notario y sus atribuciones. Loja: Riera.
- Alessandri Rodriguez, A., & Somarriva , M. (2015). Derecho Civil. De los
Contratos y Fuestes de las Obligaciones (Vol. II). Santiago-Chile: Naciiento.
- Badenes Gasset, R. (2010). Conceptos Fundamentaes del Derecho. Las
Relaciones Jrídicas Patrimoniales (IV ed.). Barcelona: Marcombo Boixareu.
- Borrero , C. (2017). Actos de la Jurisddión Voluntaria. Práctica Notarial.
Quito: Emar.
- Borrero, C. (2017). Diligencias Notariales. Quito: Emar.
- Canelo Rabanal, R. (2006). LA CELERIDAD PROCESAL, NUEVOS
DESAFÍOS Hacia una reforma integral del proceso civil en busca de la
justicia pronta. Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Garantista.
- Carvajal, B. (2016). Práctica Notarial. Guayaquil: Edilex S.A.
- Garcìa Falconí, J. (17 de mayo de 2010). Derecho Ecuador.com. Obtenido
de https://www.derechoecuador.com/contrato-de-arrendamiento-0
- García Falconí, J. (2012).
Manual Práctico en Materia de Inquilinato
(Segunda ed.). Quito: Rodin.
- Garcia Falconí, J. (2015). El Contrato de arrendamiento en el sector urbano
y sus causales de terminación. Quito: Rodin.
- García Falconí, J. (2015). Las diversas causas de Desahucio en materia de
inquilinato. Quito: Libreria Jurídica Quito.
- Guarderas, E. (2016). Manual Práctico y Analítico del Código Orgánico
General de Procesos. Quito: Ediciones Legales.
- Herrán Pinzón, O. (2013). El alcance de los Principios de la Administración
de Justicia frente a la descongestión judicial en Colombia. Bogotá:
Prolegómenos.
- Jimenez Arnau, E. (2016). Introducción al Derecho Notarial. Quito: Revista
de Derecho Privado.
- Kuffo Ronquillo, P. K. (2014). Derecho de Inquilinato (Primera ed.). Quito:
Editorial Jurídica Míguez Mosquera.
- Larrea Holguin , J. (2008). Manual Elemental de Derecho Civil del Ecuado,
Contratos II (Vol. III). Quito: Corporacion de Estuduios y Publicasiones.
- Maduro, E. (2013). Curso se Obligaciones (Vol. II). Caracas: Universidad
Andrés Bello.
- Morales Álvarez, J. (2016).
Teoría General de las Obligaciones. Quito:
Pudeleco Editores S.A.
- Mosqueira Honor, C. A. (2015). El Principio de Gratuidad del Acceso a la
Justicia. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco.
- Oyarte, R. (1016). Debido Proceso. Quito: Coorporación de Estudios y
Publicaciones.
- Petite, E. ( 2015). Tratado Elemental de Derecho Romano. Buenos Aires-
Argentina: Ediciones Juridicas Europa-América.
- Ponce, A. (2010). Derecho Procesal. Quito: Pntificia Universidad Cotólica
del Ecuador.
- Puppio, V. (2008).
Teoría General del Proceso. Caracas: Universidad
Católica Andrés Bello.
- Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, S. (2017). Plan Nacional
de Desarrollo 2017-2021. Quito: Secretaría Nacional de Planificación y
Desarrollo, Senplades.
- Zavala Egas, J. (2010). Teoría de la Seguridad Jurídica. Revista Jurídica de
la Universidad San Francisco de Quito.
Leyes:
-
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco. (2010). Jalisco.
- Codigo Civil. (2016). Quito: Corporacion de Estudios y Publicasiones.
- Constitución de la República del Ecuador. (2008). Corporación de Estudios
y Publicaciones.
-
Código Orgánico General de Procesos. (2015). Quito: Coorporación de
Estudios y Publicaciones.
-
Ley 18.101. (s.f.). Santiago - Chile.
-
Ley 820. (2003). Bogotá.
-
Ley N° 30201. (s.f.). Perú.
- Ley de Inquilinato. (2016).
Ley de Inquilinato. Quito: Coorporación de
Estudios y Publicaciones.
ANEXO 2.
“UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES”
ENCUESTA DIRIGIDA A LOS ABOGADOS INSCRITOS EN EL FORO DE
ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS
MARQUE CON UNA X LA RESPUESTA QUE CONSIDERE CORRECTA:
1.- ¿La Ley de Inquilinato norma sólo el arrendamiento de los predios urbano?
SI
( )
NO
( )
2.- ¿Conoce las causas de terminación del contrato de arrendamiento?
SI
( )
NO
( )
3.- ¿El artículo 30 de la Ley de Inquilinato establece como causal de
terminación del contrato de arriendo, la ausencia del arrendatario del bien
arrendado?
SI
( )
NO
( )
4.- ¿Si el arrendatario se ausenta del bien arrendado, tiene un proceso judicial
para recuperar de manera pronta el uso y habitación del bien?
5.- ¿Si el arrendador ingresa al bien, sin que el arrendatario lo haya entregado,
estaría cometiendo un delito de violación de domicilio?
SI
( )
NO
( )
6.- ¿Para qué el arrendador recupere el bien dentro de un proceso judicial,
iniciado por una de las causales de terminación del contrato de arrendamiento,
debe esperar que el Juez mediante sentencia otorgue que este ingrese al bien?
SI
( )
NO
( )
7.- ¿Hasta qué el arrendador pueda recuperar el uso del bien arrendado
legalmente, este sufre pérdidas de índole económico como daños en el bien?
SI
( )
NO
( )
8.- ¿Sería necesario la implementación de una causal de terminación del
contrato de arrendamiento a fin de que el arrendador recupere el bien de
manera más rápida, cuando el inquilino se ha ausentado sin previo aviso al
arrendador?
SI
( )
NO
( )
In document
Transfer learning for information retrieval
(Page 147-151)