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CHAPTER 4: RESEARCH METHODOLOGY

4.4. Positioning the study

Mientras que los autores más próximos a la DGIP alabaron su contenido,32

para los abogados en ejercicio y, por supuesto, para los presos y su entorno la medida quedaba muy lejos de lo esperado. El Consejo General de la Abogacía estimaba que el Reglamento no consideraba suficientemente algunos dere- chos básicos y lamentaba que no se les hubiese tenido en cuenta para su redac- tado.33 Un poco más allá iba el profesor Carlos García Valdés, por entonces

representante de una postura crítica, como había puesto de manifiesto en di- versas ocasiones, pero sin la menor sospecha de radicalismo, que aun así puso el énfasis en los aspectos punitivos, tildando la reforma de de «ser propia de los años sesenta» y de haber sido hecha «más con porra que con pluma», para concluir que «lo mejor de este decreto [...] es que un día próximo pueda ser derogado».34

Por su parte, la COPEL y su núcleo afín en Madrid calificaron lo que a su entender era una «pseudorreforma» como un «mero eslogan publicitario» que no afectaba al núcleo del problema, dada la pervivencia de todas las leyes que los habían encarcelado en la dictadura y el mantenimiento de las condiciones de reclusión, a la vez que criticaba la actitud de la prensa y los partidos políti- cos democráticos por no hacerse eco de sus demandas más que cuando esta- ban acompañadas de sangre.35 En definitiva, una atenuación de algunos as-

pectos del régimen carcelario que ni siquiera sirvió como elemento dilatorio de las protestas, que se siguieron reproduciendo casi a diario.

32 Serrano Gómez, A.: «Derecho penal: reglamento penitenciario de 1981», Boletín de la Facultad de Derecho UNED, 8, 1982, pp. 61-70 se refiere a las posturas de estos letrados. 33 El País, 17 de septiembre de 1977.

34 El País, 3 de septiembre de 1977. García Valdés, C.: «Un derecho penal autoritario: notas sobre el caso español», Cuadernos de Política Criminal, 3, 1977, p. 61, citado en Bueno Arús, F.: «El Real Decreto 2273/1977 de 29 de julio por el que se modifica el reglamento de los servicios de Instituciones Penitenciarias», Revista de Estudios Penitenciarios, 220-223, 1978, p. 111.

35 LCI: Arxiu COPEL, Carabanchel-Madrid. «Comunicado del comité de información de COPEL», 27 de septiembre de 1977.

5.4. La Ley de Amnistía

Tras el impasse de los primeros meses tras la muerte de Franco, el proceso ha- cia un régimen democrático avanzaba a buen ritmo. Todavía no hacía un año del referéndum de la Ley para la Reforma Política y ya había una ponencia encargada de la redacción de una nueva Constitución; en Cataluña la recupe- ración del autogobierno parecía a tocar tras la multitudinaria manifestación que recorrió el Paseo de Gracia el 11 de septiembre de 1977, y el Gobierno preparaba reformas económicas de tipo liberalizador que permitiesen salir a España de la grave situación económica que atravesaba. En menos de un año se habían disipado las tesis más rupturistas (república, socialismo, Estado federal…) —o, en todo caso, sólo los más optimistas creían todavía posible un cambio de rumbo respecto al emprendido—, pero también cualquier op- ción de imponer una prolongación artificiosa del régimen franquista. Todo se iba normalizando de forma aparentemente no traumática, y hasta siglas en otro tiempo demonizadas como las de Estat Català, del president Macià, o el POUM eran legalizadas en septiembre, desactivadas de cualquier carga explosiva revolucionaria de alcance real.

Quedaban, sin embargo, algunas rémoras insidiosas que había que elimi- nar; quedaban presos políticos en las cárceles. Muy pocos, ya que tras el de- creto de marzo de medidas de gracia y los «extrañamientos» de presos de ETA al extranjero, que permitieron salir, entre otros, a los condenados por el Pro- ceso de Burgos, su número se reducía a unas pocas decenas; pero todavía constituían un legado vergonzante del franquismo y, si no se procedía a su liberación, la democracia que el proceso de transición alumbrase quedaría manchada para siempre.

De poco habrían servido las movilizaciones a favor de la medida si de forma solemne y unitaria no se decretaban nulos todos los delitos de inten- cionalidad política cometidos por la oposición antifranquista hasta la cele- bración de las elecciones. Eso sostiene Santos Juliá, quien rebate la idea que asocia la medida a una ley de punto final dictada por el Gobierno al ser- vicio de un pretendido «pacto de silencio». Basándose en las declaraciones de los líderes políticos, Juliá afirma que para los medios de oposición «sólo la aprobación de una amnistía general podía clausurar la Guerra

Civil y la dictadura, y que sólo a partir de ella se podía iniciar un proceso constituyente».36

Pero el precio de un acto tan simbólico como aquél fue tremendamente real: la Ley de Amnistía benefició por igual a los que se habían opuesto a la dictadura y a los que se opusieron a la democracia, como el ultraderechista Jorge Cesarsky, asesino del estudiante Arturo Ruiz —junto a José Ignacio Fernández Guaza—, quienes se beneficiaron, paradójicamente, de la amnistía que el tiroteado defendía.37 Y no sólo eso, también negaba la posibilidad de

juzgar por sus responsabilidades a los Polo, Conesa, González Pacheco (Billy el niño) y a tantos otros funcionarios y agentes del orden público que por convicción u obediencia debida se emplearon a fondo en la represión durante la dictadura y siguieron haciéndolo, muchos de ellos y durante no pocos años, en democracia contra la nueva amenaza terrorista y sus aledaños, o amparán- dose en ella —lo que desde luego no es responsabilidad de la ley, sino de los sucesivos gobiernos de UCD y el PSOE—.38

Con todo y pese a todo, el 14 de octubre las Cortes aprobaron finalmente la Ley de Amnistía, por 296 votos afirmativos, 2 negativos —uno de ellos el del ex miembro de la UMD, Julio Busquets, por ser los militares de esta orga- nización y los de la II República los únicos que no se beneficiaron debido a las fuertes presiones militares en contra—, 18 abstenciones y 1 voto nulo.39 La

medida benefició a 153 presos políticos, mayoritariamente de ETA, pero tam- bién del FRAP, GRAPO, MPAIAC y otras siglas, de los que 13 quedaron en prisión pendientes de juicio por otras causas, y a 220 objetores de conciencia prófugos del servicio militar.40

Al margen de los grandes resultados que comportó la ley, de forma inapre- ciada para el conjunto de la historiografía, pero no para los presos comunes

36 Juliá, S.: «El Franquismo…», op. cit., p. 8. 37 Sartorius, N., Sabio, A.: op. cit., p. 326.

38 Baby, A.: «Estado y violencia en la Transición española: las violencias policiales», en Baby, S., Compagnon, O., González Calleja, E. (eds.): Violencia y transiciones políticas a finales del siglo XX: Europa del Sur-América Latina, Madrid, Casa de Velázquez, 2009, pp. 179-198.

39 Ley 46/1977 de 15 de octubre. Juliá, S.: «El Franquismo…», op. cit., p. 9.

40 Memoria del Fiscal del Reino 1978, p. 115. Oliver Olmo, P.: «Los iniciadores…», op. cit., p. 237.

que la esperaban, la promulgación de la amnistía en sus términos también significaba que las puertas de las cárceles se abrían de nuevo para liberar a unos pocos presos, pero que inmediatamente después se volvían a cerrar. Aquellos otros presos de la dictadura no estaban dispuestos a verlo tranquilamente desde detrás de los barrotes por lo que intensificaron las acciones para hacerse oír. A principios de septiembre, 3 reclusos originarios de Carabanchel estaban en huelga de hambre en el penal de Cartagena, mientras en Córdoba continuaba el malestar, las celdas de castigo y los traslados a otras cárceles.41 En Barcelona

el motín estalló en la 5.ª galería, de aislamiento y auténtico polvorín, el día 15; a la que siguió la prisión de Málaga el día 16, cuando unos 60 presos comunes permanecieron subidos unas horas al tejado exhibiendo pancartas a favor de la amnistía y en contra del director.42 A estas ciudades les seguirán Granada,

donde 26 presos se tragaron objetos metálicos en demanda de la amnistía to- tal; los 250 presos de Sevilla que subieron al tejado; los 30 de Zaragoza hacien- do lo propio; las autolesiones de dos reclusos en Oviedo, hospitalizados por ingestión de objetos metálicos; y la huelga de 38 presos sociales en Córdoba, por citar las más destacadas de entre la larga lista de huelgas, protestas y auto- lesiones de diversa gravedad que llenaron las páginas de sociedad de los dia- rios.43 Era una ocasión única, tal vez la última, y no la pensaban dejar escapar.

¡Salud compañeros!: Os saludamos desde la «reserva» de celular para infor- maros brevemente sobre el desarrollo de la lucha por nuestras reivindicaciones, que se está llevando a cabo en casi todas la prisiones del Estado, cada día con más apoyo popular [escribía Daniel Pont desde el departamento celular de Ocaña a otro preso del mismo penal que gozaba de mayor libertad de movimientos]. Si leéis la prensa habréis observado que desde los motines pasados del 18 de julio, prácticamente no ha habido semana sin levantarse prisión tras prisión. Esto ha ido muy bien para mantener presentes nuestros problemas y para recordar al go- bierno que la lucha en las prisiones continuará hasta que sean atendidas nues- tras reivindicaciones. Analizando la situación política y las constantes movili- zaciones populares por la Amnistía, vemos que con mucha seguridad la amnistía

41 El País, 6 y 8 de septiembre de 1977. 42 El País, 17 de septiembre de 1977.

política es inminente acompañda de un indulto cuya cuantía ignoramos. Efecti- vamente hay tres proyectos diferentes de tres grupos parlamentarios sobre la am- nistía «general» política. Es muy probable que para el próximo lunes día 3, se acepte sólo uno de ellos, y que como más tardar para antes del día 15 se apruebe esta amnistía [como efectivamente sucedió].

Nosotros desde aquí, hemos escrito diversas cartas a diputados y senadores de «izquierdas» (PCE, PSOE, Minorías Vasco-Catalanas, etc.) para que asu- man ante las cortes nuestras reivindicaciones y hemos tenido contestación de varios de ellos. En síntesis, todos nos dicen que son conscientes de que tenemos muchos problemas y que harán lo posible por solucionarlos, aunque «con mucha cara» soslayan nuestra posible marginación de la amnistía centrándose más en la Reforma Penitenciaria y del CP. Sólo hemos recibido una carta alentadora de Tierno Galván, en el sentido de que muy probablemente se conceda un in- dulto para nosotros. Así mismo contamos con la petición del «PSOE» y algunos partidos políticos más de que concedan un indulto para nosotros los «parias». De algunas prisiones hemos tenido noticias de que si para el día 12 no han dado nada, saltarán como puedan. Nos imaginamos que en todas las prisiones, don- de no dominen los borregos y los chotas, estarán a la expectativa de ver si nos marginan una vez más para saltar con fuerza y violencia. Nosotros aquí hemos decidido esperar hasta después de que se conceda la amnistía —según la cuan- tía del indulto que diesen, o si no diesen nada con muchísima más fuerza—; aunque es también muy probable que si saltan algunas prisiones coordinadas antes de que aprobasen la amnistía, nosotros la secundaríamos.

Pero ya en una fecha tan temprana como ésta, reclamaba la máxima aten- ción ante los posibles usos particulares de la movilización, y advertía de las funestas consecuencias que podría tener la distracción de los presos del obje- tivo unitario o su implicación en conflictos entre reclusos. Llamamientos que se repetirán en el futuro y que, como se verá más adelante, cayeron, por lo general, en saco roto.

De todas formas, lo importante es que los chavales que haya ahí, que sean conscientes de la necesidad de luchar unidos para conseguir la libertad y las reformas penal y penitenciaria donde seamos tratados como seres humanos,

vayáis uniéndoos de todas las formas posibles y concienciando a los chavales que potencialmente puedan sumarse a la muy posible lucha que se adivina inminente. ¡Pero con mucha vista! pues «el enemigo» aquí tiene mucha más fuerza que en otras prisiones. Lo importante a nuestro juicio es que calibréis el número de personas que se pueden unir a la lucha y que elaboréis una estra- tegia a seguir para el momento que acordemos. Es muy importante que evitéis todos los problemas secundarios típicos de la cárcel (juego, broncas, etc.) para que no os debiliten metiéndoos en las «mazmorras». Es razonable que prime- ro se luche por la libertad y las mejoras que en el futuro nos puedan beneficiar, dejando la «evasión carcelaria» (juego, etc.) que solamente sirve para aislar- nos los presos entre nosotros desviándonos de los problemas más importantes que tenemos todos los presos. Pronto escribiremos otra nota de nuevo. Haber si el sábado o el domingo cuando vengáis al cine nos podemos ver desde el patio y cambiamos impresiones. Si podéis enviar alguna nota vosotros, donde nos expliquéis vuestra situación y vuestro punto de vista sobre la próxima lucha. Os repetimos: muy importante que evitéis los problemas que puedan supo- ner las celdas en estos días, sobre todo tu, Antonio. Mantener la moral alta, con la confianza de que unidos conseguiremos nuestras reivindicaciones. An- tonio, necesitamos que nos mandéis los números de sumario de los chavales de total confianza que tengan alguna causa en preventivo para mantener contac- to a través de algún abogado. También es muy importante que comprobéis si se puede contar con algún chaval de confianza que trabajen en talleres. Hasta pronto. Un saludo solidario de todos. Los compañeros de «COPEL» de celular. ¡Viva COPEL, hasta el final! ¡Unidos nunca seremos vencidos!44

La carta de Daniel Pont a su compañero de Ocaña muestra claramente las aspiraciones de los presos, las diferentes posturas entre los más exaltados y los más cautelosos, así como las esperanzas que generó el anuncio de una petición de indulto por parte de algunos parlamentarios.

Tal como anunciaba, el 12 de octubre estalló un nuevo motín de fuerte carácter violento en la prisión de Málaga animado por las consignas de CO-

44 BSGIP: Expediente penitenciario de Daniel Pont. Fotocopia de carta manuscrita sin