8.2 Learning the color transform from the data
8.2.1 The aKLT: A low-complexity unsupervised data de-
3.9 Conclusiones parciales del capítulo
Al término del presente capitulo se ha obtenido las siguientes conclusiones parciales del mismo:
Que mediante un análisis a profundidad se ha logrado determinar la problemática detectada y fundamentar jurídica y doctrinalmente la necesidad de hacer efectiva la propuesta.
Que se ha evaluado y validado la investigación, en la que se han encontrado la solución del problema, esto en base a las leyes comparada como la Legislación Mexicana en que se observa que ha garantizado el cumplimiento de medida de protección a través del apremio real.
Que, se ha elaborado los componentes jurídicos tendientes a presentar un Proyecto de Ley, a fin de reformar al numeral 12 del art. 558 del Código Orgánico Integral Penal, a fin de que se le otorgue facultad al juez para que pueda exigir el pago de las pensiones de subsistencia, con la finalidad que se de en cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad competente.
CONCLUSIONES GENERALES
A lo largo de la presente investigación, se ha obtenido Conclusiones Generales, que se presentan a continuación:
Que en el transcurso de la investigación, se logró fundamentar jurídicamente que se puede llegar al cumplimiento de las pensiones de subsistencia establecida en el numeral 12 del Art. 558 del Código Orgánico Integral Penal.
Que las diferentes posiciones teóricas de los tratadistas, sirvió para demostrar la problemática que existe en las pensiones de subsistencia y llegar a desarrollar este proyecto para que se cumplan la medida de protección de pensión de subsistencia.
Que se ha logrado demostrar con la legislación mexicana, que se debe incorporar el apremio real en caso de incumplimiento de las pensiones de subsistencia a la víctima, establecida en el numeral 12 del Art. 558 del Código Orgánico Integral Penal.
Que se ha estructurado los componentes jurídicos en relación a la legislación comparada, que ha sido un aporte esencial a la investigación y que ha permitido realizar un sustento legal para presentar este proyecto.
Que se logró presentar la propuesta por vía de expertos mediante la entrevista realizada y el certificado de viabilidad, que han coincidido que la presente investigación es viable.
RECOMENDACIONES
Dentro de la presente investigación, se ha planteado las siguientes recomendaciones:
Es necesario que se reforme el numeral 12 del Art. 558 del Código Orgánico Integral Penal, para que se pueda garantizar el cumplimiento de la medida de protección dictada por el juez, mediante el apremio real.
Es necesario que las autoridades correspondientes puedan tener una normativa legal procedimental para hacer cumplir la medida de protección de pensión de subsistencia en favor de la víctima.
Es necesario que para poder exigir el cumplimiento al pago de las pensiones de subsistencia, se establezca el apremio real, ya que el apremio personal no se aplica en este caso
Es recomendable se aplique la reforma al haberse sustentado el mismo con la legislación comparada de México que mantiene la vía de apremio real.
Es recomendable que esta investigación se presente ante las autoridades correspondientes para que tenga conocimiento sobre estos casos de incumplimiento en las pensiones de subsistencia y se realice las reformas pertinentes.
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ANEXOS
ANEXO 1.- FORMULACIÓN DE LA ENCUESTA APLICADA
CUESTIONARIO
Señores encuestados rogaría de la manera más comedida me ayuden respondiendo el pliego de preguntas que se relaciona con mi trabajo de tesis titulado: “REFORMA AL NUMERAL 12 DEL ART. 558 DEL CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, A FIN DE QUE SE LE OTORGUE FACULTAD AL JUEZ PARA QUE PUEDA EXIGIR EL PAGO DE LAS PENSIONES DE SUBSISTENCIA”, sus respuestas me serán de mucha ayuda para la culminación del presente trabajo investigativo.
1.- ¿Sabe usted si la actual Constitución de la República del Ecuador, trae disposiciones legales referentes a la violencia doméstica, psicológica, física, sexual, maltrato infantil, entre otras?
SI____ NO____
2.- ¿Sabía usted que la Constitución de la República del Ecuador, reconoce los derechos sobre las personas que son víctimas de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar?
SI____ NO____
3.- ¿Está usted de acuerdo usted que se sancione todo tipo de agresión o violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar?
SI____ NO____
4.- ¿Sabía usted que el Código Orgánico Integral Penal, establece sanciones cuando haya existido violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, tanto psicológicos como físicos?
SI____ NO____
5.- ¿Sabe usted si el Código Orgánico Integral Penal, establece medidas de protección a las víctimas de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar?
6.- ¿Tiene conocimiento usted de que a más de las medidas cautelares y de protección en los casos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, la o el juzgador, puede fijar una pensión de subsistencia a la víctima, excepto cuando ya tenga fijada alguna?
SI____ NO____
7.- ¿Sabía usted que la o el juzgador que fijo una pensión de subsistencia a la víctima, no tiene la facultad de poder exigir el cumplimiento de la misma?
SI____ NO____
8.- ¿Considera usted que existe un vacío legal en el actual Código Orgánico Integral Penal, referente a que no existe la facultad juzgadora para exigir el pago de la pensión de subsistencia a la víctima?
SI____ NO____
9.- ¿Considera usted que se está perjudicando derechos a aquellas personas que han sido víctimas de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, al no poder exigir su pago de la pensión de subsistencia ante el autoridad que lo ordenó?
SI____ NO____
10.- ¿Considera usted que existe la necesidad de diseñar un Proyecto de ley, a fin de reformar y solucionar o problema actualmente existente?
ANEXO 2.- FORMULACIÓN DE LA ENTREVISTA APLICADA
CUESTIONARIO
Señor entrevistado rogaría de la manera más comedida me ayuden respondiendo el pliego de preguntas que se relaciona con mi trabajo de tesis titulado: “REFORMA AL NUMERAL 12 DEL ART. 558 DEL CODIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, A FIN DE QUE SE LE OTORGUE FACULTAD AL JUEZ PARA QUE PUEDA EXIGIR EL PAGO DE LAS PENSIONES DE SUBSISTENCIA”, sus respuestas me serán de mucha ayuda para la culminación del presente trabajo investigativo.
Pregunta Uno: ¿De acuerdo a su experiencia e interpretación, considera que la actual Constitución de la República del Ecuador, reconoce derechos sobre las personas que son víctimas de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar?
Pregunta Dos: ¿Considera usted que algún caso se fije la pensión de subsistencia a la víctima por violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, podría exigir que se cumpla con dicho pago?
Pregunta Tres: ¿Cómo Juzgador y en sus atribuciones, conoce algún caso en el que algún juzgador haya podido ordenar el cumplimiento del pago de subsistencia ordenar como medida de protección?
Pregunta cuatro: ¿Qué derechos consideraría que se encuentra vulnerando al no existir facultad al juez para que pueda exigir el pago de las pensiones de subsistencia?
Pregunta cinco: ¿Considera usted que existe la necesidad de diseñar un Proyecto de ley, a fin de reformar y solucionar o problema actualmente existente?