Como se mencionó en el apartado 3 de este texto, las acciones del programa, realizadas en pro de las familias desplazadas, que trascienden toda obligación legal y ética, convirtiéndose así en un plus operativo, serán denominadas ejemplos de Responsabilidad Discrecional (C). Por tal motivo y con base en la
„Responsabilidad Pública‘ de WOOD (1991) se evaluó la medida en la cual el programa realizó acciones para que las familias cumplan con las condiciones de
Elegibilidad para poder ser inscritas.
De este modo y pese a que el documento del Centro Nacional de Consultoría
(2008) no cuenta con información que evidencie de forma patente las acciones
Discrecionales por parte del programa, se tomó como principal insumo el
ejercicio analítico desarrollado a partir de los indicadores (A) y (B).
Dentro de éste último apartado se elaboraron una serie de recomendaciones acerca de las posibles oportunidades que tiene Familias en Acción para ejecutar acciones que trasciendan toda obligación legal y ética. Estas se elaboraron, entonces, con base en los componentes de: 1) Elegibilidad, 2) Procesos
Logísticos, 3) Cobertura y Deserción.
A continuación se realiza una síntesis de lo analizado en los lineamientos (A) y
(B), para así sugerir algunas recomendaciones pertinentes con el Indicador Discrecional (C).
6.3.1 Elegibilidad
Si bien los cuatro criterios de Elegibilidad35, según el manual operativo del
programa, representan condiciones estrictas para que una familia pueda entrar al programa, éste se encuentra en la obligación de realizar acciones Discrecionales
que permitan el oportuno cumplimiento de estos criterios por parte de la población desplazada, con el fin de abarcar una mayor cobertura de Familias Inscritas a través de los años.
Asimismo, como se mencionó anteriormente, según los cuestionarios realizados al grupo de control en el estudio hecho por el Centro Nacional de
Consultoría (2008), las razones para no inscribirse al programa reposan alrededor
de justificaciones propias del componente de Elegibilidad; tales como, no saber
que eran elegibles (9.8%) y no cumplir con los requisitos de inscripción en el programa (7%).
De este modo, y de acuerdo a la definición de Responsabilidad Pública de HOPKINS (1999; 141) y la definición de Responsabilidad Discrecional de CARROLL (1979), el programa se encuentra en la obligación de llevar estos porcentajes a 0%, en la medida de lo posible.
6.3.2 Procesos Logísticos
Según los cuestionarios realizados al grupo de control en el estudio hecho por el Centro Nacional de Consultoría (2008) se encontró que las principales razones asociadas al componente de Procesos Logísticos, así, para no inscribirse al
programa consistieron en ausencia de documentación, desconocimiento sobre lugar y el procedimiento de inscripción, y conocimiento de la existencia del programa. Estos valores finalmente dieron por resultado una falencia en los procesos de 57,9% (Centro Nacional de Consultoría, 2008; 556). Por tal motivo, se le recomienda al programa de Familias en Acción que tome medidas discrecionales urgentes en su proceso de inscripción y en la medida de lo posible lleve estas justificaciones representadas en porcentajes a valores mínimos. Teniendo en cuenta que una familia puede dejar de ser elegible debido a negligencia en el proceso logístico de inscripción del programa.
6.3.3. Cobertura y Deserción
Si bien, en el Cuadro No. 1,36 se evidencia la forma en que el programa dejó de inscribir familias en un 2,3% entre los años 2008 y 2009, frente a un total de
35Ver Criterios de Elegibilidad en 6.1.1 Elegibilidad, p. 27 del presente trabajo.
Familias Elegibles del Nivel I del SISBEN. Este porcentaje, asociado a una Responsabilidad Discrecional (Carroll, 1979), debería aproximarse a un 100% de Familias Inscritas frente al total de Familias Elegibles del Nivel I del SISBEN, obteniendo una cobertura total.
Asimismo, las cifras de variación porcentual demostraron que el programa no estuvo a la par del crecimiento porcentual de Familias Elegibles del Nivel I del SISBEN (49,07%), inscribiendo familias a niveles de crecimiento porcentual de 43,61%, teniendo una diferencia de 5,46%. Esta diferencia porcentual asociada a una Responsabilidad Discrecional debería dar una cifra de 0%, o negativa, bajo el ideal que el programa inscribe a una tasa de crecimiento igual o mayor a familias, frente a la variación porcentual del total de Familias Elegibles del Nivel I del SISBEN.
Lo que lleva a concluir finalmente que, no es oportuno que exista con el tiempo mayor número de familias elegibles, sino que el gobierno debe generar herramientas para disminuir el total de población en estado de vulnerabilidad y así mismo, que Familias en Acción genere medidas más eficientes de cobertura para inscribir a un 100% del total de familias con características de Elegibilidad.
Es decir, el programa debe anticiparse a todas las demandas justas que requieran las familias desplazadas, entendidas ellas como su principal
stakeholder. Así como también a todas las demandas justas de los demás
stakeholder que participan en la gestión del programa, con miras a lo que Donna
WOOD (1991) denominaría el crecimiento integral de todos los individuos que participan en la institución, haciendo énfasis en la Responsabilidad Legal (A), Ética (B) y Discrecional (C) que el programa Familias en Acción tiene con ellos.
Bibliografía:
Acción Social. (n.d.). Programa de Familias en Acción. Retrieved Febrero 2011, from World Wide Web: http://www.accionsocial.gov.co/contenido/contenido.aspx?catID=204&conID=157. Acción Social. (n.d.). Programa de Familias en Acción. Retrieved Octubre 20, 2010, from World
Wilde Web:
http://www.accionsocial.gov.co/contenido/contenido.aspx?catID=204&conID=157&pagID=60 93
Acción Social. Familias en Acción . (Febrero de 2010). Informe de estado y avance segundo semestre de 2009. Programa Multifase de Apoyo para la Segunda Fase de la Expansión del Programa de Subsidios Condicionados – Familias en Acción. Bogotá D.C.
Acción Social. Familias en Acción. (Agosto de 2009). Informe a Banca Multilateral I Semestre de 2009. Unidad de Direccionamiento Estratégico y Monitoreo. Bogotá D.C.
Avance Jurídico. (n.d.). DECRETO 2467 DE 2005. Retrieved Septiembre 3, 2010, from World Wide Web:
http://www.avancejuridico.com/actualidad/documentosoficiales/2005/45976/d2467005.html Carroll, A. B. (1979). A Three-Dimensional Conceptual Model of Corporate Performance. The
Academy of Management Review, Vol 4, No. 4 .
Centro Nacional de Consultoría . (Septiembre de 2008 ). Evaluación del Programa Familias en Acción para Población Desplazada. Informe Final . Bogotá D.C. .
Davis, K. (1973). The case for and against business assumption of social responsibilities. Academy of Management Journal , 16: 312-322.
Diego Andrés Molano Aponte, Director de Acción Social. Logros y Retos de la Política Social en Colombia. Foros Hoteles Royal.
Documentos CEDE. (2004). Evaluación Económica del Componente Educativo del Programa Familias en Acción del Plan Colombia. Universidad de los Andes, Colombia .
Donna Wood and Raymond Jones. (1995). ―Stakeholder Mismatching: A Theoretical Problem in
Empirical Research on Corporate Social Performance‖. International Journal of
Organizational Analysis , Pp. 229-267.
Frederick, W. C. (1986). Theories of corporate social performance: Much done, more to do.
Working paper, University of Pittsburgh, Graduate School of Business.
Fundación Antonio Restrepo Barco, Centro de Pensamiento Estratégico Internacional, CEPEI. (Julio de 2005). Cooperación Internacional y desplazamiento forzado en Colombia. Sincelejo: AV Impresos.
Hopkins, M. (1999). The Planetary Bargain, Corporate Social Responsibility Comes of Ages.London: MacMillan Press Ltd.
Lozano, J. M. (1999). Ética y Empresa. Madrid, España: Editorial Trotta, S. A. McGuire, J. W. (1963). Business and society.New York: McGraw-Hil.
Unión Temporal IFS – ECONOMETRIA – SEI . (2006). Evaluación del Impacto del Programa Familias en Acción – Subsidios Condicionados de la Red de Apoyo Social. Informe Final. Bogotá D.C.
Wartick, S. L., & Cochran, P. L. (1985). The evolution of the corporate social performance model.
Academy of Management Review , 10: 758-769.
Wood, D. J. (1994). Business and Society. New York: Segunda Edicion, HarperCollins.
WOOD, D. J. (1991). Corporate Social Performance Revisited . Academy of Management Review. Vol. 16, No.4 , 691-718.
Anexos:
Anexo 1: Definición de Conceptos e indicadores del modelo de WOOD (1991). Anexo 2: Matriz de doble entrada.
Anexo 3: Matriz de doble entrada a la luz de la Tres Categorías de la Responsabilidad Social (Carroll, 1979)
Anexo 4: Resumen de los pasos realizados para la creación del Modelo de Análisis. Anexo 5: Ley 387 de 1997.
Anexo 1. Definición de Conceptos e indicadores del modelo de WOOD (1991).
Concepto e Indicadores Definición 1. Principios de la
Responsabilidad Social
Este concepto hace referencia a las obligaciones básicas que tiene una institución o empresa al desempeñarse en la sociedad. Su importancia, es que especifica lo que espera la sociedad frente a la institución. (Hopkins, 1999; 140)
1.1. Legitimidad Con base en el modelo de Desempeño Social Empresarial de para HOPKINS (1999; 140) Legitimidad es la forma de ver los negocios como una Institución Social, generando así unos marcos sobre la visión analítica de la relación entre negocio y sociedad. Por otra parte, WOOD (1991; 691-718) a partir de DAVIS (1973; 312-322) define Legitimidad como un bien de nivel social, donde la empresa siendo una Institución Social tiene la obligación de no abusar de su poder. Por lo tanto, este principio se expresa mas como una prohibición y no como un deber y se aplica por igual a todas las empresas independientemente de sus circunstancias.
1.2. Responsabilidad Pública Según WOOD (1991; 697) las empresas no son responsables de la solución de todos los problemas sociales; sin embargo, son responsables de solucionar problemas causados por ellas y de ayudar a resolver cuestiones sociales relacionadas con su industria, campo, o negocio. Por otra parte, HOPKINS (1999; 141) define Responsabilidad Pública como procesos y resultados de una empresa o institución, que se observan desde el inicio de su actividad o labor.
1.3. Discreción Administrativa Siendo los socios, ejecutivos y otros miembros, actores morales de una empresa o institución, tienen la responsabilidad de tomar decisiones y actuar dentro de los limites de los derechos económicos, legales y éticos (Hopkins, 1999; 141). Así mismo, el concepto de Discrecionalidad se basa en la elección y la voluntad de los actores centrándose en las opciones y oportunidades disponibles dentro de sus contextos institucionales. (Wood, 1991; 698).
2. Procesos de la Responsividad Social
El segundo concepto del modelo es ‘Procesos de la Responsividad Social’. Según HOPKINS
(1999), William Frederick siguiendo los pasos de Robert Ackerman y Raymond Bauer agrega una nueva dimensión al desarrollo de la RSE: la Responsividad Social. Esta se define como la capacidad de una empresa o institución para responder a las necesidades sociales (Hopkins, 1999; 138-139). Por otra parte, para LOZANO (1999; 106) sí el concepto significa anticiparse, responder y gestionar las practicas organizativas y las políticas institucionales o empresariales mediante procesos organizativos de toma de decisiones, teniendo en cuenta limitaciones como falta o imperfección en la información, esta definición orientada a los procesos institucionales tendría como objetivo: Desarrollar procesos que determinen la capacidad de la institución para anticiparse, responder y gestionar problemas y cuestiones que surjan ante las exigencias y expectativas de los Stakeholders de adentro y fuera de la institución.
2.1. Observación del entorno Para HOPKINS (1999; 141), hace referencia al brazo recolector de la información del sector o industria en el que se desempeña la empresa o institución y su transmisión dentro de la administración para futuros planes.
2.2. Administración de las interacciones
Según HOPKINS (1999; 141), se define como la identificación de las relaciones entre los Stakeholders y la institución, buscando un equilibrio que satisfaga las preocupaciones legítimas
de estos grupos, y reconozca los compromisos que ha de asumir la institución.
2.3. Gestión de las cuestiones sociales
Según HOPKINS (1999; 141), se refiere a las políticas que debe desarrollar una institución para solucionar problemas de carácter social enfatizando en las organizaciones o grupos con los cuales se manejen relaciones. Así mismo, estos problemas sociales al ser identificados, se deben manejar con atención debido a que la sociedad es un conjunto donde se mueven Stakeholders o actores
que son capaces de influenciar acciones del gobierno o las políticas de la institución.
3. Evaluación de los Resultados
Para HOPKINS (1999; 142) este concepto se define como la evaluación de los resultados frente a los Stakeholders; resultados de comportamientos y programas empresariales o institucionales. Según LOZANO, (1999; 108) y utilizando como referencia el modelo de Desempeño Social Empresarial de WOOD (1991), los resultados que se observan como consecuencia de conductas empresariales o institucionales, se basan en las relaciones de la compañía con el entorno exterior. Así mismo, cuando se habla de actuación social, se refiere a la vinculación de las relaciones sociales de la institución con la configuración de los principios de Responsabilidad Social, los procesos de Responsividad Social y las políticas y programas sociales como resultados observables.
3.1. Efectos sobre los grupos o las personas externas a la institución
Según HOPKINS (1999; 142) este indicador hace referencia al impacto que tienen las acciones de la institución sobre las personas o comunidades externas. Ejemplo de esto pueden ser los efectos negativos que tiene en la sociedad retirar un producto o servicio que ofrezca la institución, o los efectos positivos de toda actividad filantrópica institucional.
3.2. Efectos institucionales externos
Según HOPKINS (1999; 142) este indicador hace referencia más que todo a los efectos sobre el sector en el que se desempeñe una institución que a los efectos sobre los Stakeholders. Por ejemplo, un daño ambiental causado por una mala decisión administrativa, genera preocupaciones públicas que buscarán cambios estrictos en la regulación ambiental, afectando al sector más que a la institución en sí.
Anexo 2. Matriz de doble entrada. Lineamientos del Programa
Familias en Acción:
Inscripción de Familias Liquidación de subsidios Verificación de cumplimiento de compromisos
Definición de los Lineamientos del Programa Familias en
Acción:
"La ins cripción de fa milia s elegibles en el Progra ma , permite regis tra r como beneficia ria s del s ubs idio condiciona do de nutrición y educa ción a a quella s fa milia s
que a cepta n cumplir con los compromis os de corres pons a bilida d y que por s u condición de elegibilida d
cumplen con los requis itos es ta blecidos ." (Progra ma de Fa milia s en Acción, n.d.)
"La liquida ción y pa go de s ubs idios a beneficia rios del Progra ma Fa milia s en Acción es un procedimiento por el cua l s e rea liza la entrega de s ubs idios de nutrición y educa ción a la s fa milia s
beneficia ria s ." (Progra ma de Fa milia s en Acción, n.d.)
"La corres pons a bilida d y verifica ción de compromis os es el procedimiento por medio del cua l el Progra ma Fa milia s en Acción
determina el cumplimiento de la s res pons a bilida des a dquirida s por los beneficia rios en cua nto a l ingres o de menores a l s is tema educa tivo, la a s is tencia es cola r de los menores y los controles de crecimiento y des a rrollo como requis itos previos pa ra el pa go de s ubs idios condiciona dos ". (Progra ma de Fa milia s en Acción, n.d.)
Concepto e Indicadores
1. Principios de la Responsabilidad Social
El progra ma de Fa milia s en Acción, de la ma no de la s a dminis tra ciones municipa les , tiene la res pons a bilida d de ins cribir a la s fa milia s que cumpla n con la s condiciones de elegibilida d y que es tén dis pues ta s a cumplir con los compromis os .
Siendo Fa milia s en Acción un progra ma que ha gira do ma s de tres billones de pes os en s ubs idios a tra vés de s u his toria, debe procura r que s u s is tema de liquida ción de s ubs idios s e efectúe ba jo la equida d, la jus ticia , y la res pons a bilida d, res peta ndo los tiempos y ca ntida des de pa go a corda da s , debido a que s e es ta tra ta ndo con fa milia s en condición de emergencia , neces ida d y vulnera bilida d.
Siendo el progra ma de Fa milia s en Acción el principa l obs erva dor del cumplimiento de corres pons a bilida d de la s fa milia s ins crita s , es tá en la obliga ción de rea liza r de forma jus ta el a ná lis is del cumplimiento de los compromis os de los beneficia dos .
1.1. Legitimidad El progra ma de Fa milia s en Acción de la ma no de la s a dminis tra ciones municipa les , tiene la res pons a bilida d de ins cribir a la s fa milia s que cumpla n con la s condiciones de elegibilida d y que es tén dis pues ta s a a s umir los compromis os . De es te modo, la s fa milia s que no cumpla n es ta s condiciones no pueden ins cribirs e por ninguna ra zón a l progra ma . Siendo Acción Socia l una Ins titución Socia l (HOPKINS, 1999; 140), tiene la obliga ción de ma neja r con prudencia s u s itua ción de poder (WOOD, 1991; 691-718) es decir, s in beneficia rs e a s í mis mo, a determina da s fa milia s elegibles y mucho menos a fa milia s que no cuenten con la s condiciones de elegibilida d.
Siendo Fa milia s en Acción un progra ma que ha gira do ma s de tres billones de pes os en s ubs idios a tra vés de s u his toria , a l s er una ins titución s ocia l (HOPKINS, 1999; 140), es tá en la obliga ción de decidir de ma nera jus ta , la s condiciones que ha cen diferentes los montos que una fa milia puede recibir viviendo en un centro urba no, o en un municipio. De igua l forma los incentivos educa tivos , el des tino de los montos a regiones cla ves del pa ís y la s ca ntida des a pa ga r, deben s er efectua dos s in el interés de beneficia rs e el progra ma mis mo (WOOD, 1991; 691-718), beneficia r a la Pres idencia de la Republica , a fa milia s que no cumplen con la condición de elegibilida d y por deba jo de lo a corda do a fa milia s vulnera bles .
Siendo el progra ma de Fa milia s en Acción el principa l veedor del cumplimiento de corres pons a bilida d y compromis os por pa rte de la s fa milia s ins crita s , es tá en la obliga ción de rea liza r de forma jus ta el a ná lis is del cumplimiento de compromis os , s in s er exces iva mente flexible o es tricto (WOOD, 1991; 691-718), pero genera ndo herra mienta s eficientes que logren revis a r s i la s condiciones de s a lud y educa ción en los niños s e es tá n cumpliendo, logra ndo a s í beneficios recíprocos ta nto pa ra la s fa milia s como pa ra el progra ma .
1.2. Responsabilidad Pública El progra ma de Fa milia s en Acción y la s a dminis tra ciones municipa les , des de el á mbito logís tico deben a yuda r a l má ximo a la s fa milia s en condición de vulnera bilida d pa ra que cumpla n con la s condiciones de elegibilida d, logra ndo a s í s er ins crita s a l progra ma . De igua l forma , s iendo el progra ma una ins titución con res pons a bilida d s ocia l (HOPKINS, 1999; 141), tiene la obliga ción de cumplir s us principios como ta l y fa cilita r la s ins cripción de la s fa milia s , a demá s debe des a rrolla r herra mienta s en el proces o de ins cripción pa ra ma ntenerla s en es ta do de ins crita s dura nte el corto y media no pla zo, con el fin de impedir la dependencia a la rgo pla zo.
La s liquida ciones y s us ca ra cterís tica s de incentivo o beneficio, y s us diferencia s en monto, por condiciones regiona les donde ha biten la s fa milia s , s e deben efectua r ba jo la equida d, la jus ticia , y la res pons a bilida d (HOPKINS, 1999; 141), res peta ndo los tiempos y ca ntida des de pa go a corda da s , ya que s e es tá tra ta ndo con fa milia s en condición de neces ida d y vulnera bilida d. El progra ma es res pons a ble de la indemniza ción ca us a da por los da ños que genere el no pa go o el pa go incompleto a la s fa milia s en condición de vulnera bilida d s egún lo a corda do (WOOD, 1991; 697).
Si el Linea miento de Verifica ción de Cumplimiento de Compromis os repres enta una expres ión de Res pons a bilida d Publica en s í (HOPKINS, 1999; 141), el progra ma ba jo es te linea miento, es tá en la obliga ción de ejecuta r de forma optima y eficiente la verifica ción de la s itua ción rea l del cumplimiento de dichos compromis os pa ra genera r un impa cto pos itivo en la s a lud y nutrición de los menores .
1.3. Discreción Administrativa Siendo los funciona rios de Fa milia s en Acción de la ma no de la s Adminis tra ciones Municipa les a ctores mora les (HOPKINS, 1999; 141), tienen la res pons a bilida d de toma r decis iones y a ctua r dentro de los limites de los derechos económicos , lega les y éticos a l momento de ins cribir a la s