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Expressiveness [19p, 188s]

planteamientos más sustantivos por parte de los diputados y en definitiva de los correspondientes partidos.

2. La política de escolarización y la reforma de las enseñanzas de

sordomudos

Hemos visto en epígrafes anteriores el sentido que históricamente se ha dado a las expresiones de sistema nacional o a educación nacional como ese conjunto de ideas relacionadas con un número de instituciones y de sus fines, sean escuelas, órganos de planificación y dirección, inspección o distintos apartados administrativos que hacen realidad los fines de cohesión nacional por medio de un sentimiento de nación o de grupo diferente y diferenciado y que además legitiman el poder político del régimen liberal que hace posible lo anterior. En consecuencia se habla de un sistema o al menos de un subsistema nacional de enseñanzas de sordomudos 203 que ya al principio del siglo XX tiene algunas bases consolidadas o casi consolidadas y cuyas características discurren en las siguientes líneas, la primera de las cuales es que es un sistema en el que la acción política principalmente de la administración central se ha dirigido al único centro del Estado, el Colegio de Sordomudos de Madrid y supletoriamente a los centros creados por diputaciones y ayuntamientos que el Estado no financia ni realmente controla, y con los que tiene una especial “dinámica” de oportunismo

La segunda línea principal es que este sistema escolar de enseñanzas de sordomudos es básicamente independiente y estanco en el conjunto del sistema educativo general, estando constituido por centros específicos de sordomudos y de ciegos, ya de carácter educativo o asistencial médico de naturaleza benéfica. Además hay que considerar la red ordinaria o general que escolariza a alumnos sordomudos. Este subsistema de enseñanzas crédito legislativo del presupuesto vigente del MIPyBA (por ejemplo los quinquenios devengados y no percibidos) y reales órdenes que modifican partidas o cantidades, en las “Notas de las modificaciones introducidas por el Senado en el proyecto remitido por el Congreso de los Diputados o en los dictámenes de la comisión de Examen de Cuentas, etc. Y en este conjunto de situaciones, muchos diputados se veían inmersos y con la frecuencia propia de los presupuestos del Estado.

203 Es nuestra intención centrarnos en las enseñanzas de sordomudos, si bien en el caso de la de ciegos, hay aspectos del sistema nacional muy próximos y similares, e incluso no es incorrecto hablar en términos conjuntos, es decir sistema nacional de sordomudos y de ciegos.

104 especiales, aunque se realimenta y se rige en muchos aspectos por normas de carácter general, por ejemplo, en el ámbito de la financiación estatal o control de la administración central, es un ente de cierta autonomía funcional y legal, y para muchos distante y oscuro.

Consecuencia de esta posición en el sistema, estas enseñanzas no suelen estar “presentes” en el conjunto del sistema y para justificar tal aseveración se alude a dos hechos o indicadores significativos, la Inspección de Educación no dedica ni una sola conferencia de sus miembros a estas enseñanzas en los principios del siglo XX 204 y además, la misma creación del Colegio de Sordomudos de Madrid en 1805 no llega a generar ningún tipo de consideración en un historiador y estudioso sistemático de la realidad educativa como es Luzuriaga 205.

Otra línea maestra de este sistema es la estructura de gestión centralizada y mínima de la administración central, fijada en la Sección de la Dirección General de Primera Enseñanza del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes complementada por la estructura de la Comisaria Regia y su secretaria para el Colegio de Sordomudos y de Ciegos de Madrid. Para terminar hacer referencia a un hecho que se describe y analiza desde el inicio de la investigación, sus enfoques y métodos diferenciados, oralismo y uso de los signos manuales, que conviven en una situación generalmente de conflicto 206.

Recopilando, se puede decir que bien por la naturaleza de estas enseñanzas que han discurrido durante mucho tiempo entre lo benéfico y lo educativo, por su escasa supervisión de los poderes públicos o por lo reducido de su oferta educativa, este subsistema escolar se nos presenta muy limitado por el número de centros especiales y por su asiento en el territorio, por la gran diversidad de su titularidad que discurre entre diputaciones provinciales, ayuntamientos, particulares, Iglesia católica o el mismo Estado, por sus

204 En la Estadística Escolar de 1908, op. cit., tomo I, pp. 34-41, se recogen las conferencias que los inspectores de educación han impartido al magisterio nacional, ni una tiene como temática las enseñanzas de sordomudos o al menos no la hemos localizado.

205 “Los hechos más importantes durante este tiempo en el orden escolar, son, sin duda, la creación en Madrid de la escuela pestalozziana en 1806, y de la lancasteriana en 1819. (…) se puede decir que la máxima identificación de la educación española con la mejor educación europea del tiempo, se hace mediante estas instituciones”. En Lorenzo Luzuriaga (1917).

Documentos para la historia escolar de España. Junta para ampliación de estudios e

investigaciones científicas. Centros de Estudios Históricos. Madrid: Imprenta de Julio Cosano. Tomo I y II, en p. XXIX/T.II. ” Llama la atención que el Colegio de Sordomudos de Madrid que además sigue un método francés importante pase inadvertido.

206 Estas características generales del sistema de las enseñanzas de sordomudos pueden completarse con otras relativas a las ideas del comisario regio Eloy Bejarano hacia 1906 que se refieren de forma negativa o como ausencia de un verdadero sistema a la dispersión de métodos o enfoques educativos y que se analiza en un próximos epígrafes.

105 modelos de organización que en muchos casos engloba a sordomudos y a ciegos, en estricta separación de sexos y de currículum y por una financiación que no está asegurada por el poder político o gubernamental en la mayoría de los casos y todavía en los inicio del siglo XX, para la cultura dominante, los sordomudos no son personas sino están instruidos, y esa es la función básica y muchas veces imposible de la escuela, especialmente por las característica de un sistema que deja fuera a la mayoría de los sordomudos del contexto escolar y por el modelo y condiciones de actuación con estos alumnos.

Las dificultades para establecer la población de sordomudos en edad escolar, pasa lo mismo con los ciegos, provoca que el avance en el conocimiento de su escolarización sea especialmente dificultoso describir su evolución. Esta situación ya fue expresada unos años antes por Antonio Carderera que en la edición de 1883 de su Diccionario 207 decía :

“(…) desgraciadamente se carece de semejante documento –una estadística-. Los gobiernos mismos se asustarían de la intensidad del mal y se apresurarían á poner remedio. Según la estadística publicada por los hermanos Guyot del Instituto de Groninga, el número de sordomudos en el globo asciende á seiscientos mil, en cuyo número no baja de ocho á nueve mil sordomudos la parte proporcional que a nuestro país corresponde, número á la verdad imponente cuando los principios de la enseñanza no han adquirido el grado suficiente de popularidad, y cuando solo se cuenta un establecimiento de esta educación especial para tantos desgraciados que la necesitan”.

El secretario del Colegio Nacional de Sordomudos y de Ciegos de Madrid, Pedro Molina 208 considera que solo el 4,14% de los sordomudos y el 1,48% de los ciegos están escolarizados en los años finales del XIX y primeros del XX entre los 14 establecimientos sostenidos por el gobierno, corporaciones públicas y caridad privada. Son datos cuya fiabilidad se puede poner en entredicho, pero al menos es de los pocos que avanza unas tasa de escolarización de estos grupos y permite la comparación con las tasas de escolarización del

207 CARDERERA, M. (1883). Diccionario de educación y Métodos de Enseñanza. Tercera Edición corregida y considerablemente aumentada. Madrid: Librería de Gregorio Hernando, en p. 600. Vol. IV de 1886.

208MOLINA MARTIN, P. (1900). Instituciones Españolas de sordomudos y de ciegos.

Consideraciones sobre lo que son y deberían ser estos centros. Madrid: Imprenta de Hernando y

cía, p. 3 y 5. En cuanto al Colegio de Sordomudos de Madrid, a 31 de marzo de 1899, figuran matriculados 71 sordomudos y 34 sordomudas, para el autor es el 0,96% de su población de sordomudos de España.

106 alumnado ordinario o general que según los cálculos de Clara Eugenia Núñez 209 se sitúan en un 57% en 1907.

Los autores que se atreven a fijar la población sordomuda en España a principios de siglo la fijan entre los 9 000 y 11 000 personas. Molina está entre éstos, dando 10 880 sordomudos y 25 000 ciegos 210. En la segunda década del siglo circula una cifra que no baja de los 15 000 para los primeros 211 . Mientras, el número de alumnos sordomudos matriculados de los últimos años del XIX y primeros del XX en los centros de los que tenemos constancia, incluido el Colegio Nacional de Madrid con 71 alumnos matriculados, alcanza según Molina unos 400-450, cantidad que deben tomarse con todas las prevenciones posibles, primero por la falta de datos de la matrícula de cada colegio y segundo porque el cálculo del colectivo sordomudo puede no ser fiable, aun así considérese como una referencia o aproximación 212. En coherencia con lo dicho considérese el comentario del que fuera director del Colegio Nacional de Sordomudos y Ciegos de Madrid, Miguel Granell213 sobre las estadísticas:

“Es bastante complejo conocer la situación de los sordomudos por las dificultades que se presentan. (…) las familias ponen reparos. No solo no contamos con la cooperación de la familia, sino que las autoridades no tienen ningún entusiasmo con los números”.

Esta ausencia de información no es por la falta de iniciativa de la administración, pero muy probable que sí por falta de diligencia, a tenor de lo que dice el secretario Molina del Colegio de Madrid, sobre una real orden de 28 de diciembre de 1903 que dispone que la Comisaria Regia forme una estadística de sordomudos y de ciegos 214. Unos años después se vuelve a

209 NÚNEZ, C.E. (2006). Educación, capítulo III, en Albert Carreras y Xavier Tafunell (coords.),

Estadísticas históricas de España. Volumen I. Siglos XIX-XX. Madrid: Fundación BBVA, p. 164.

210 MOLINA MARTIN, P. (1903). Discurso leído el 18 de octubre de 1903 en la solemnidad de

premios a los alumnos de aquel establecimiento por el profesor D. Pedro Molina Martín. Madrid:

Imprenta del Colegio Nacional de Sordo-Mudos y de Ciegos, p. 10.

211 GÓMEZ CANO, M.(1915). Los sordomudos de Madrid. Madrid: Imprenta de Huérfanos, p. 6. 212 Recuérdese el cálculo según las estadísticas internacionales sobre sordos prelocutivos que se cifraban entre el 0.07% y el 1% de la población total, referido en MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA, 1996, op. cit. p. 20.

213 GRANELL Y FORCADELL, M. (1905). Conferencia dada en el Fomento de las Artes. El día 7 de

diciembre de 1901 sobre el tema “Enseñanza se los Sordomudos en España”. Madrid: Imprenta

del Colegio nacional de Sordomudo y de Ciegos, pp. 41y 14.

214 La disposición de 28 de diciembre de 1903 no se ha encontrado y se volverá a hacer referencia a ella en próximos epígrafes.

107 hacer otro intento ministerial 215 y no parece que produjeran los efectos buscados. Ni una ni otra disposición genera la información deseada.

La administración educativa entre 1900-1902 emprende una reforma 216 de las

enseñanzas de sordomudos que tiene más incidencia en aspectos conceptuales que funcionales u operativos y que es llevada a efecto a través del Colegio Nacional de Sordomudos de Madrid y en la que se establecen las principales ideas básicas de la política educativa moderna de esas enseñanzas y que se formaliza a través de cinco disposiciones normativas 217 . La reforma se hace entre el Partido Conservador y el Liberal o entre los dos primeros ministros del nuevo departamento de Instrucción Pública y Bellas Artes, Garcia Alix 218 y Álvaro de Figueroa que llamativamente mantienen una cierta unidad en la acción y entre los indicadores más significados de esta

215 La Real orden circular de 7 de enero de 1908 de la Subsecretaria del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes solicita datos sobre sordomudos y ciegos a los Gobernadores Presidentes de las Juntas Provinciales. Gaceta de 10 de enero de 1908.

216 El término tiene un contenido multívoco. PEDRÓ y PUIG,1998, op. cit., p.44, definen la reforma de la educación como “una alteración fundamental de la políticas educativas nacionales”. Esta conceptualización diferencia este modo de las innovaciones o de los cambios desde el interior de la escuela asociados a fenómenos dinámicos de mayor duración en el tiempo. 217 Las cinco disposiciones a las que nos referimos son: 1) Real decreto de 25 de mayo de 1900 por el que se suprime la Junta de dirección y gobierno del Colegio Nacional. 2) Real decreto de 25 de mayo de 1900 nombra Comisario Regio a Matías Nieto Serrano, marqués de Guadalerzas comisario regio. 3) El Real decreto de 1 de febrero de 1901 por el que se reorganiza el Colegio Nacional de Sordomudos y de Ciegos. 4) La Real orden de 18 de septiembre de 1901 por la que se aprueba el Reglamento del Colegio Nacional de Sordomudos y de Ciegos y 5) el Real decreto de 17 de octubre de 1902 que aprueba el Reglamento de del Colegio Nacional de Sordomudos y de Ciegos.

218 El pensamiento político educativo de García Alix se plasma en el volumen titulado:

Disposiciones dictadas para la reorganización de la Enseñanza, 1900. Madrid: Imprenta del

Colegio Nacional de Sordomudos y de Ciegos, y sus consideraciones, expresada en el prologo de la obra, construyen una visión clara y coherente de su misión, objetivos e instrumentos. En la que se destacan los siguientes puntos: 1) La obra regeneradora de la educación. 2) El nuevo MIPyBA acomete la reforma obligada: “(…) a los unos les parecen mis reformas reaccionarias, y á los otros demoledoras”, pp. III y LXII. 3) “Llevar á las Cortes un proyecto de ley general de Instrucción primaria, era de antemano renunciar a la reforma “. . 4) Sobre la enseñanza privada: “(…) el incremento de una enseñanza no oficial, más mercantil que inteligente, prestaría eficaz ayuda á la obra del obstáculo y de la dificultad. Por desgracia, en nuestro país, en materia de enseñanza existen más sectarios que convencidos, p. IV. García Alix considera necesarias: a) “Punto de partida: las Escuelas Normales, prescindiendo de una reforma radical y profunda, y realizar una reforma moderada pero práctica”. b) “Habrá que robustecer el principio de inspección”. c) “Una prudente descentralización”. d) ”La enseñanza primaria de nuestro país deberá experimentar un gran aumento”. e) El pago de los maestros. “Es innegable que lo mejor hubiera sido que el Estado se hiciese cargo de las obligaciones de la primera enseñanza; pero aunque indudablemente se llegará algún día á esto, hoy, si el Ministerio de Instrucción pública lo hubiera acometido, es seguro que ante la situación de nuestro Tesoro no lo habría alcanzado…”.

108 reforma, se puede considerar lo relativo al conjunto de acciones que pretenden controlar la dirección del Colegio de Sordomudos por el Ministerio de Instrucción Pública y para tal fin se sustituye la Junta de dirección del Centro por una figura administrativa, el comisario regio, creada por Bravo Murillo como ministro de Fomento a mediados del siglo XIX 219. El Real decreto de 25 de mayo de 1900 por el que se suprime la Junta de dirección y gobierno del Colegio Nacional describe en su exposición de motivos220 la necesidad de unificar la dirección y la gestión administrativa del establecimiento a efectos de concentrar atribuciones para su unidad de acción. El comisario regio 221 asume las facultades de la suprimida Junta, además la acción es justificada a mayores porque estos centros –los de sordomudos y ciegos- “son a la vez asilos y centros de instrucción”. Esta consideración de la administración de García Alix refleja meridianamente una visión de estos centros que los entronca con la caridad y la beneficencia, muy presente a lo largo del siglo XIX y que los profesionales del Colegio de Madrid vienen rechazando con todas sus fuerzas. Desde estas fechas, el Colegio y su dirección, y de ello se encargará la política educativa de la administración y será una constante, estará bajo control del Ministerio.

Líneas más arriba se atribuía al decreto de 1 de febrero de 1901 por el que se aprueba un nuevo reglamento del Colegio de Sordomudos un planteamiento reformistas que verdaderamente no pasa de la nominalidad de conseguir una mejorar en la eficacia de las enseñanzas del Colegio y provocar una modernización sobre el reglamento precedente de 1863. Cuesta, tras el pertinente estudio del Reglamento, ver las pretendidas innovaciones o localizarlas, además de que tiene una vida efímera al ser sustituido por otra reglamentación, siete meses más tarde del ministro Álvaro de Figueroa, conde de Romanones 222 . Se atisba una concepción diferente y por tanto reformista

219 GIL DE ZÁRATE, A. (1855). De la instrucción pública en España. Madrid: Imprenta del Colegio Nacional de Sordomudos y de Ciegos, tomo II, p. 202. Gil de Zárate elogia esta medida en su momento que supone una forma de centralizar y controlar la dirección de la enseñanza primaria en Madrid.

220 En la técnica jurídica la exposición de motivos, especialmente en leyes y decretos, suele utilizarse para presentar una serie de razones que llevan al legislador o al gobierno a actuar en el sentido del articulado.

221 El comisario regio es Matías Nieto Serrano, marqués de Guadalerzas, consejero de Instrucción Pública y médico de formación, es considerado por García Alix como la persona adecuada, quizás siguiendo la tradición que indica que el mejor perfil para dirigir un Colegio como el de sordomudos y ciegos es el de médico (Juan Manuel Ballesteros lo fue así como otros inspectores generales de la segunda parte del XIX con dicha responsabilidad). El marqués tiene 91 años y las funciones que tiene que desarrollar este nonagenario son las relativas al mejor orden y regularidad en la marcha del establecimiento, proponer las reformas al ministro, decretar la admisión y baja del alumnado y ejercer las funciones que establece el reglamento.

222 El gobierno liberal de Mateo Práxedes Sagasta (6.3.1901-6.12.1902) designa ministro del ramo a Álvaro Figueroa, conde de Romanones por Real decreto de 6 de marzo de 1901, que contribuye a la reforma educativa que muchos regeneracionistas esperan y en los 20 meses que

109 en ámbitos de tanta importancia como la naturaleza de las enseñanzas de sordomudos que para la nueva administración es completa o plena. El Colegio de Sordomudos y los demás de la red son centros educativos, distintos a los del sistema de la Beneficencia y para dejar clara esta naturaleza, el nuevo Reglamento de 18 de septiembre de 1901 no permite que los alumnos internos que hayan terminado su periodo educativo se mantengan en el Colegio y además establece la expulsión para aquellos alumnos que notoriamente carezcan de aptitud (Art. 4º). Nominalmente la administración mantendrá a partir de esos años políticas educativas que defienden la naturaleza plenamente educativa de estas enseñanzas

Otra dimensión reformista que se plasma en el Reglamento de septiembre de 1901 es la presentación de un currículum idéntico para niños y niñas sordomudos. La educación que se imparta en este Colegio, y se supone que extensible a cualquier otro, tiene que ser “Completa, igual y obligatoria para todos los alumnos” (Art. 3.º), lo que no impide que el currículum sea diversificado para niños y niñas sordomudos. Del análisis de las enseñanzas fijadas en el Reglamento y de su ordenación se puede decir que resultan poco claras y definidas, si bien hace el Reglamento alusión a que el Colegio puede ordenarlas adecuadamente mediante disposición o reglamento interno.

Se mantiene como fin fundamental la oralización del alumnado y la administración sigue apostando por ésta como objetivo del sistema escolar, para lo cual se dispone de un currículo y métodos adecuados y un profesorado con la formación adecuada que debe mostrar su competencia está en el Ministerio, establece marcos legales de regulación fundamentales, con resultados diversos y una implantación que tienen otros tiempos y ritmos, además de estar sometida a la